Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 12/1/2021
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Martes, 12 de enero de 2021
Página 8
un puesto de trabajo que requiera un determinado nivel de cualificación y se regirá por lo dispuesto en al artículo 11.2 del Estatuto de los Trabajadores, en la redacción dada al mismo por el apartado 2 del artículo 2 de la Ley 3/2012 de 6 de julio.
Se podrá celebrar con trabajadores mayores de dieciséis y menores de veinticinco años que carezcan de la cualificación profesional reconocida por el sistema de formación profesional para el empleo o del sistema educativo requerido para concertar un contrato en prácticas. Del mismo modo podrán celebrarse con menores de 30 años hasta que la tasa de desempleo se sitúe por debajo del 15 %.
La duración del contrato no podrá ser inferior a seis meses, ni superior a tres años, pudiéndose prorrogar por periodos de seis meses hasta alcanzar el tope de tres años. Los salarios para este tipo de contrato durante el tiempo de vigencia del mismo serán el 85 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional vigente en cada momento. El citado salario retribuye el tiempo efectivamente trabajado.
No se podrán celebrar contratos para la formación y el aprendizaje cuando el puesto de trabajo correspondiente al contrato haya sido desempeñado con anterioridad por el trabajador en la misma empresa por tiempo superior a doce meses.
El tiempo dedicado a la formación teórica dependerá de las características del oficio o puesto de trabajo a desempeñar y del número de horas establecido para el módulo formativo adecuado a dicho puesto u oficio, sin que, en ningún caso, pueda ser inferior al 15 por 100 de la jornada máxima prevista en el convenio colectivo o, en su defecto, de la jornada máxima legal.
Contrato a tiempo parcial En caso de que la empresa opte por la contratación a tiempo parcial, se estará a lo regulado en el artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores y las normas que lo desarrollen.
Artículo 8. Periodo de prueba El ingreso de los trabajadores se considerará a título de prueba, la duración del periodo de prueba no podrá exceder de dos meses para los técnicos titulados, y de quince días para los demás trabajadores.
Artículo 9. Ceses en la empresa El trabajador que desee cesar de forma voluntaria deberá comunicarlo por escrito con quince días de antelación, de no hacerlo se le descontarán los días de falta de preaviso en la proporción correspondiente.
Artículo 10. Plantillas Todas las empresas, en atención a su estructura y a sus necesidades asistenciales y productivas, deberán tener fijada una plantilla de los puestos de trabajo necesarios para el desarrollo de su actividad.
En las empresas con más de ocho trabajadores/as, dicha plantilla deberá estar integrada al menos en un cincuenta por ciento de la totalidad de la plantilla, sujeta a contratación laboral, por personal fijo.
Para las empresas con más de quince trabajadores/as, dicha plantilla deberá estar integrada al menos en un ochenta por ciento de personal fijo. A los efectos del cómputo de la plantilla, no se tendrán en cuenta el personal vinculados a la empresa por contratos de prácticas ni de interinidad o sustitución, donde sí se computará a la persona sustituida.
Las empresas informarán sobre la fijación de las plantillas y sus modificaciones a los/as representantes del personal, debiéndose respetar en todo caso la previsión contenida en el párrafo anterior.
Cuando los/as representantes de personal lo soliciten, el empresario/a facilitará, como máximo una vez al año, un escalafón general del personal de la empresa, debiendo figurar en el
CVE: 20210112-00035-2021 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
Número 6