Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2003

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Página 6

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 1 de agosto de 2003

Contra el presente acto de tramite que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento artículo 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, siendo tenidas en cuenta por el órgano compe tente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
Málaga, 7 de julio de 2003
El Delegado Provincial, firmado: Juan Ignacio Trillo Huertas.
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DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL sobre el proyecto de construcción de complejo de golf e instalaciones complementarias de hoteles y clubs social en la finca Las Lomas de Antequera, promovida por Pytesa, en el término municipal de Antequera.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1.2 de la Ley 6/2001, de 8 de mayo de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, se formula la Declaración de Impacto Ambiental sobre el proyecto construcción de complejo de golf e instalaciones de hoteles y clubs social, situada en Las Lomas de Antequera, promovido por PYTESA, en el término municipal de Antequera.
1. OBJETO DE LA DECLARACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL
La Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, establece en su artículo 1.2 la necesidad de someter al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental las actuaciones públicas y privadas que se lleven a cabo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, que se hallen comprendidas en el Anexo Segundo de la Ley 6/2001.
Dado que la actuación comprende un proyecto de infraestructuras de complejo hotelero fuera de las zonas urbanas sobre un suelo clasificado por el vigente PGOU de Antequera como Suelo No Urbanizable de Protección Especial Montes Adehesados y construcciones asociadas, se encuentra incluido en el epígrafe b del Grupo 7 del Anexo Segundo de la Ley 6/2001.
En los Anexos de la presente Declaración, se incluye lo siguiente:
En el Anexo I se resume el contenido de los informes previos solicitados a Administraciones y or ganismos que pueden aportar información relevante. En el Anexo II, se describen las características básicas de la actuación. En el Anexo III, se resume la información y valoración ambiental aportada por el Estudio de Impacto Ambiental y por los anexos e informes complementarios. En el Anexo IV se adjunta mapa con los límites de las cuencas de las lagunas de La Caja y El Viso.
2. TRAMITACIÓN
La actuación ha sido tramitada de acuerdo con lo establecido en la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, y el Real Decreto 1131/1988, por el que se aprueba el Reglamento para ejecución del R.D.L. 1302/1986, y según lo establecido en la Ley 7/1994 de Protección Ambiental de Andalucía y en el capítulo IV del Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por el Decreto 292/1995, que regula el procedimiento general.
Con fecha 25-11-02, se recibe el escrito n.º 52.318 de la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes, con el proyecto para la construcción de dos campos de golf, dos hoteles y club social en la finca Las Lomas, en el término municipal de Antequera, que se tramita ante esa Delegación Provincial, por el trámite establecido en el art. 16.3 del R.D. Legislativo 1/1992; para que se proceda a su tramitación de acuerdo con lo establecido en el Reglamento de Informe Ambiental.

Número 147

A la vista de la documentación recibida, esta Delegación Pr ovincial remitió un escrito a la Delegación Provincial de Obras Públicas y Transportes, indicando que la actividad propuesta se encuentra incluida en el Anexo II de la Ley 6/2001, de 8 de mayo, de modificación del Real Decreto legislativo 1302/1986, de 28 de junio, de Evaluación de Impacto Ambiental, y que debe someterse al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental.
Con fecha 11-03-03, se recibe la documentación requerida para iniciar el procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental, remitida por el Ayuntamiento con su escrito n.º 880. Con el mismo escrito se recibió el certificado de Aprobación Inicial de fecha 20-12-02, y del trámite de exposición pública del proyecto y del Estudio de Impacto Ambiental, realizada en el Boletín Oficial de la Provincia n.º 18 de fecha 28-01-03, sin que se hayan producido alegaciones en el plazo de determinado.
Analizada la documentación recibida, se observa que no se han completado y/o considerados determinados aspectos relativos a la cantidad y calidad del agua, a medidas correctoras y protectoras, y a determinados aspectos del Estudio de Impacto Ambiental, lo que se puso en conocimiento del órgano sustantivo mediante el escrito n.º 4812 de fecha 20-03-03 de esta Delegación Provincial. La documentación complementaria al Estudio de Impacto Ambiental se recibió en esta Delegación Provincial con fecha 20-05-03, completando los aspectos referidos.
3. CONSIDERACIONES AL PROYECTO
3.1. En la documentación aportada se asegura la inexistencia de retornos de riego, por otra parte de agua tratada y se hace referencia al diseño del drenaje de los campos de golf. Asimismo se plantea de manera general, un sistema de tratamiento de las aguas de riego mediante ósmosis inversa, y se calcula el consumo de las zonas a regar.
3.2. Analizado el mapa presentado con la Documentación Complementaria al Estudio de Impacto Ambiental de fecha 14-05-03, se observa que la delimitación realizada a las cuencas hidrográficas de las lagunas de la Caja y del Viso no se ajusta en su totalidad a la delimitación realizada por esta Consejería por lo que deberá modificarse el límite de las cuencas hidrográficas según lo indicado en el Anexo IV de esta Declaración de Impacto Ambiental.
Declaración de Impacto Ambiental De conformidad con el procedimiento establecido en el Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por el Real Decreto 1131/1988, y por el Decreto 292/1995, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 4 del mismo Decreto, se formula la siguiente Declaración de Impacto Ambiental:
Primero Se estima viable, a los solos efectos ambientales, y sin perjuicio de las autorizaciones, concesiones, licencias, informes u otros requisitos que sean exigibles con arreglo a la normativa de aplicación vigente , el proyecto de Construcción de Complejo de Golf e instalaciones de hotel y club social en la finca Las Lomas, sobre un suelo clasificado por el vigente PGOU de Antequera como Suelo No Urbanizable de Protección Especial Montes Adehesados, promovido por el Ayuntamiento de Antequera, condicionada al cumplimiento de las medidas protectoras y correctoras previstas en el Estudio de Impacto Ambiental, y a las siguientes determinaciones:
A. MEDIDAS PREVIAS
A.1. La actuación constará de dos campos de golf de 18 hoyos, reduciendo el campo de golf proyectado inicialmente para 36 hoyos, que será de 18 hoyos, eliminandose de la actuación las zonas de recarga de las lagunas del Altiplano de las Lagunillas.
A.2. Se mantendrán las características agrícolas de la finca, no alterando sustancialmente sus condiciones naturales actuales de forestación y cultivo, respetando la actual forestación sin tala de árboles ni

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2003

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data01/08/2003

Conteggio pagine36

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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