Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2003
Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.
Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga
Número 147
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE MÁLAGA 1 de agosto de 2003
definirán las áreas que presenten comportamientos que deban tenerse en cuenta en el planeamiento de desarrollo.
CSe deberá incluir en el planeamiento de desarrollo las características de la red de abastecimiento y saneamiento, diseñándose con especial atención debido al escaso desnivel y la baja cota de la parcela, para asegurar que las aguas fecales no se estanquen, ni puedan rebosar por algún sumidero.
El Ayuntamiento establecerá las condiciones en las que deban incorporarse a la red de saneamiento municipal los afluentes procedentes del nuevo área residencial, con el fin de que los caudales evacuados puedan ser asimilados en las condiciones adecuadas por la actual depuradora. Alternativamente se considerará la implantación de una estación depuradora de aguas residuales.
DSe respetará la vegetación de ribera del cauce que limita con la parcela en su flanco oeste, y se potenciará un cordón de vegetación paralela o soto de entre 5 y 10 metros a la ya existente con especies arbóreas de ribera autóctonas o fácilmente adaptables, sin perjuicio de las autorizaciones que otorgue la Confederación Hidrográfica del Sur.
Segundo Corresponde como órgano sustantivo, a la Delegación Provincial de la Consejería de Obras Públicas y Transportes, la vigilancia del cumplimiento de las medidas correctoras, de control y desarrollo ambiental de la actuación, conferidas en la documentación urbanística y en el Estudio de Impacto Ambiental.
Esta Delegación Provincial podrá solicitar información, en cualquier momento, de los aspectos ambientales de la actuación y efectuar las comprobaciones necesarias para garantizar su cumplimiento.
Málaga, 18 de noviembre de 2002.
El Delegado Provincial, firmado: Ignacio Trillo Huertas.
6 5 7 9 /0 3
D
ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga de orden de inicio del expediente de deslinde del monte "Sierra Blanca" núm. 85 del CUP de la provincia de Málaga y código de la Junta de Andalucía MA-10007-JA. Expediente 387/03.
La excelentísima Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, y en uso de las competencias que le vienen atribuidas por el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, que establece la estructura general básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 5 de junio de 2003, ha acordado el inicio de deslinde parcial, expediente 387/03, del monte público "Sierra Blanca" cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.º Se proceda a iniciar el deslinde del monte Sierra Blanca, código de la Junta MA-10007-JA, cuya titularidad la ostenta la Comunidad Autónoma de Andalucía, en el término municipal de Ojén, provincia de Málaga.
2.º Encargar la redacción de la memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al departamento correspondiente.
Contra este acto de tramite que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento artículo 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que se consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
Málaga, 7 de julio de 2003.
El Delegado Provincial, firmado: Juan Ignacio Trillo Huertas.
9 0 1 2 /0 3
D
Página 5
ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga de orden de inicio del expediente de deslinde del monte "Sierra de Agua y Jarales", código de la Junta de Andalucía MA-30013-JA.
Expediente 389/03.
La excelentísima Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desar rolla, y en uso de las competencias que le vienen atribuidas por el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, que esta blece la estructura general básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 5 de junio de 2003, ha acordado el inicio de deslinde, expediente 389/03, del monte público "Sierra de Agua y Jarales" cuya parte dispositiva es la siguiente:
1.º Se proceda a iniciar el deslinde del monte Sierra de Agua y Jarales, código de la Junta MA-30013-JA, cuya titularidad la ostenta el Ayuntamiento de Casarabonela, en el mismo término municipal, provincia de Málaga.
2.º Encargar la redacción de la memoria a la que alude el artículo 36 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía, al Departamento correspondiente.
Contra este acto de tramite que no impide continuar el procedimiento, no cabe recurso en vía administrativa pudiéndose oponer al mismo en los recursos procedentes frente a la resolución que ponga fin al procedimiento artículo 107 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. No obstante, se pueden efectuar las alegaciones que consideren oportunas o mejor convengan a su derecho, siendo tenidas en cuenta por el órgano competente al redactar la correspondiente propuesta de resolución.
Málaga, 7 de julio de 2003.
El Delegado Provincial, firmado: Juan Ignacio Trillo Huertas.
9 0 1 3 /0 3
D
ANUNCIO de la Delegación Provincial de Málaga de orden de ini cio y operaciones materiales del expediente de amojonamiento parcial del monte "Las Majadas de Ronda", núm. 32 del CUP
de la provincia de Málaga y código de la Junta de Andalucía MA-70006-AY. Expediente 408/03.
La excelentísima Consejera de Medio Ambiente, en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 43 de la Ley 2/1992, de 15 de junio, Forestal de Andalucía y los artículos 59 y 63 del Reglamento Forestal de Andalucía que la desarrolla, y en uso de las competencias que le vienen atribuidas por el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, que establece la estructura general básica de la Consejería de Medio Ambiente, mediante Resolución de fecha 9 de junio de 2003 ha resuelto el inicio del amojonamiento parcial del monte público Las Majadas de Ronda cuya parte dispositiva es la siguiente:
Se proceda a iniciar el amojonamiento parcial del monte Las Majadas de Ronda, código de la Junta MA-70006-AY, y en concreto su perímetro exterior comprendido entre los piquetes del 1 al 43, ambos inclusive, y los enclavados A, B, C y D, cuya titularidad la ostenta el Ayuntamiento de Ronda, sito en el término municipal de Cortes de la Frontera, provincia de Málaga.
Se anuncia por el presente texto que las operaciones materiales de amojonamiento comenzarán el próximo día 22 de octubre de 2003, a las 11:00 de la mañana, en el aparcamiento de la "Venta de las Cañillas".
Se emplaza a los colindantes y a las personas que acrediten interés legítimo para que asistan a dichos actos, en el que solamente podrán estimarse aquellas reclamaciones que versen sobre la práctica del amojonamiento, sin que en ningún caso puedan referirse al deslinde a tenor de lo dispuesto en el artículo 145 del Decreto 485/1962, de 22 de febrero, del Reglamento de Montes.
Lo que se hace público para general conocimiento.