Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

Página 26

BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA 1 de agosto de 2002

JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 1 DE MALAGA
Autos número 878/2001.
Sentencia número 295/2002.
Edicto Doña Magdalena Quesada Enciso, Secretaria delJuzgado de lo Social número uno de Málaga y su provincia.
Doy fe y testimonio: Que en los autos anotados al margen cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice literalmente:
Sentencia.-En los presentes autos de juicio verbal, seguidos entre partes: de la una, como demandante, don José Luis González Albarado, y de la otra, como demandada, Transportes Castillo 2000, Sociedad Limitada, en reclamación de cantidad.
Fallo: Que debemos estimar la demanda interpuesta por don José Luis González Albarado contra Transportes Castillo 2000, Sociedad Limitada y condenar a esta al pago de 1.196,24 euros.
Incorpórese esta sentencia al libro correspondiente, librándose testimonio para su constancia en autos.
Notifíquese esta resolución a las partes, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso de suplicación.
Así, por esta mi sentencia, juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que conste y sirva de notificación en forma a la demandada Transportes Castillo 2000, Sociedad Limitada, actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
En Málaga, a 4 de julio de 2002.
La Secretaria.
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JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 4 DE MALAGA
Edicto La Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social número cuatro de Málaga y provincia.
Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 10/02, sobre reclamación de cantidad, a instancia de don Jesús Ranea García contra don Francisco Torres Bernal, en la que, con fecha 21 de junio de 2002, se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:
Parte dispositiva I. Se despacha ejecución frente a don Francisco Torres Bernal, por importe de mil siete euros con cuarenta y un céntimos 1.007,41
euros de principal, más doscientos un euro, con cuarenta y ocho céntimos 201,48 euros, como presupuesto provisional para intereses, gastos y costas.
II. Requiérase al ejecutado para que manifieste relacionadamente los bienes y derechos suficientes para cumplir la cuantía de la ejecución, con expresión, en su caso, de los siguientes extremos: a personas que ostenten derechos de cualquier naturaleza sobre los mismos;
b si dichos bienes o derechos están sujetos a otro proceso de ejecución, con indicación de los extremos que resulten de interés a esta ejecución; c las cargas o gravámenes que pesen sobre los mismos, así como, de ser bienes inmuebles, si están ocupados, por qué persona y con qué título; y si estuviesen gravados con cargas reales, el importe del crédito garantizado y, en su caso, la parte de pago pendiente a la fecha de la notificación de esta resolución.
III. Apercíbase a la parte ejecutada de que, en el caso de no cumplir el requerimiento anterior, en el plazo de cinco días hábiles desde
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la notificación de esta resolución, se le podrá imponer un apremio pecuniario, en los términos establecidos en el artículo 239.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.
IV. Requiérase a la parte ejecutante para que designe bienes o derechos del ejecutado suficientes para el fin de la ejecución, en el plazo de cinco días hábiles desde la notificación de esta resolución.
V. Practíquese la diligencia de embargo de bienes y derechos, a cuyo efecto se comisionará al agente judicial del Servicio Común de Actos de Comunicación del Juzgado Decano de Málaga, o al que corresponda de cualquier otro servicio común o Juzgado, con asistencia del Secretario Judicial o funcionario habilitado al efecto, y servirá de mandamiento para dicho embargo testimonio de esta resolución.
VI. Interésese de los organismos y registros públicos, entidades financieras o depositarias información sobre los bienes y derechos de los que sea titular la parte ejecutada, a cuyo efecto se librarán los oficios correspondientes, sin perjuicio del resultado de los requerimientos anteriores.
VII. Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial.
Notifíquese la presente resolución a las partes con indicación de recursos.
Así lo dispone, manda y firma Ernesto Utrera Martín, MagistradoJuez del Juzgado de lo Social número cuatro de los de Málaga y provincia.
Y para que sirva de notificación a don Francisco Torres Bernal, se expide el presente en Málaga, a 21 de junio de 2002.
La Secretaria Judicial, firmado: María Jesús López Navarro.
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JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 3 DE MALAGA
Edicto Don Pedro Granda Vera, Secretario en funciones del Juzgado de lo Social número tres de los de Málaga y su provincia.
Doy fe y testimonio: Que en los autos número 198/02, se ha dictado la sentencia número 393/02 cuyo encabezamiento y fallo, copiados literalmente dicen:
En la ciudad de Málaga, a 2 de julio de 2002. Vistos, en nombre de Su Majestad el Rey, por el ilustrísimo señor don José Ramón Jurado Pousibet, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social número tres de los de Málaga y su provincia, los presentes autos, seguidos en este Juzgado con el número 198/02, a instancias de doña Alicia Villanúa Gutiérrez contra la empresa Protecgenil, Sociedad Limitada, sobre reclamación de cantidad, en los que es parte el Fogasa.
Fallo: En los autos seguidos en este Juzgado de lo Social número tres de los de Málaga con el número 198/02, a instancias de doña Alicia Villanúa Gutiérrez contra la empresa Protecgenil, Sociedad Limitada, y en los que es parte el Fogasa, sobre reclamación de cantidad, debiendo estimar parcialmente la demanda, como la estimo, debo condenar y condeno a la empresa demandada a abonar a la parte actora la cantidad de 2.045,00 euros.
Incorpórese esta sentencia al libro de sentencias, llévese testimonio de la misma a los autos de su razón para su constancia y notifíquese a las partes con la indicación de que cabe interponer contra ella recurso de suplicación ante la Sala de lo Social de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, recurso que, en caso de interponerse, habrá de anunciarse en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de la notificación, mediante escrito, comparecencia o simple anuncio al practicarse la notificación, haciendo saber a la empresa condenada que, en caso de recurrir, deberá consignar en la cuenta oficial de este Juzgado c/c abierta en la sucursal de calle Hilera, número 45 de Málaga, del BBVA con el número 2951-65, número de autos y la denominación cuenta de depósitos y consignaciones Juzgado de lo Social número tres la suma de 150,25 euros como

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data01/08/2002

Conteggio pagine36

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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