Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2002

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga

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BOLETIN OFICIALDE LAPROVINCIADE MALAGA 1 de agosto de 2002

ofrecido supere el 30% del valor de tasación o, siendo inferior, cubra, al menos, la cantidad por la que se haya despachado la ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas. Si la mejor postura no cumpliera estos requisitos, el tribunal, oídas las partes, resolverá sobre la aprobación del remate a la vista de las circunstancias del caso y teniendo en cuenta especialmente la conducta del deudor en relación con el cumplimiento de la obligación por la que se procede, las posibilidades de lograr la satisfacción del acreedor mediante la realización de otros bienes, el sacrificio patrimonial que la aprobación del remate suponga para el deudor y el beneficio que de ella obtenga el acreedor.
Cuando el tribunal deniegue la aprobación del remate, se procederá con arreglo a lo dispuesto legalmente.
Sexta: En cualquier momento anterior a la aprobación del remate o de la adjudicación al acreedor podrá el deudor liberar su bien pagando íntegramente lo que se deba a la ejecutante por principal, intereses y costas.
Notifíquese el señalamiento del lugar, día y hora para la subasta al ejecutado, con la suficiente antelación, en el domicilio que conste en el título ejecutivo.
Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, a través de edictos a publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Málaga para con el ejecutado, haciéndoles saber que contra la misma pueden interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de su notificación. Expóngase el edicto en el tablón de anuncios de este Juzgado de lo Social, y remítase un ejemplar del mismo al Excelentísimo Ayuntamiento de Málaga para su fijación en el tablón de anuncios del mismo, acompañado de atento oficio remisorio, en el que se insertará a la devolución de dicho ejemplar con diligencia acreditativa de su exposición al público, con la debida antelación a la fecha fijada para la celebración de la subasta.
Sirva la notificación de la presente resolución a las partes, de requerimiento en forma a fin de que soliciten, si a su derecho conviniese, la publicación de los edictos por los medios públicos y privados distintos a los ya acordados, haciéndoles saber que cada parte estará obligada al pago de las gastos derivados de las medidas que, para la publicidad de la subasta, hubieran solicitado, sin perjuicio de incluir en la liquidación de costas los gastos, que por este concepto, soporte la ejecutante.
Así lo propongo a su señoría ilustrísima, y firmo, doy fe.
Conforme: El Magistrado-Juez. El Secretario.
Notifíquese el señalamiento del lugar, día y hora para la subasta al ejecutado don José Manuel Avila Etchart, con la suficiente antelación, en el domicilio que conste en el título ejecutivo.
En Málaga, a 4 de julio de 2002.
El Secretario Judicial firma ilegible.
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JUZGADO DE LO SOCIAL
NUM. 2 DE MALAGA
Autos número 1194/00.
Ejecución número 208/91.
Ejecutante: Doña María Dolores Fernández-Arango Pérez.
Ejecutado: Don José Manuel Avila Etchart.
Don Antonio Espinosa Merelo, Secretario del Juzgado de lo Social número dos de los de Málaga y su provincia.
Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido ante este Juzgado de lo Social con el número 208/91, a instancias de doña María Dolores Fernández-Arango Pérez contra don José Manuel Avila Etchart, sobre cantidad, se ha acordado sacar a pública subasta el bien inmueble que, con su precio de tasación, se describe a continuación:
Propuesta de providencia Secretario señor Espinosa Merelo.-En Málaga, a 4 de junio de 2002.
Visto el estado que mantienen las presentes actuaciones, se acuerda sacar a pública subasta el bien embargado en las presentes actua-

Número 147

ciones como propiedad de la parte demandada, el cual se describirá en los edictos correspondientes, que se fijarán en los lugares legalmente previstos.
La subasta tendrá lugar en la sede de este Juzgado de lo Social, sito en la calle Compositor Lehmberg Ruiz, número 28, de Málaga, el próximo día 7 de octubre de 2002, a las 12:00 horas, bajo las siguientes condiciones:
Bien que sale a subasta Parcela de terreno, situada en la hacienda San Manuel, partido de Las Chapas, sita Monte de Alicate, término de Marbella Málaga.
Linda al norte con carretera de la urbanización; al sur, con igual linde que al norte, este y oeste, con la finca principal de procedencia. Ocupa una extensión superficial de mil metros cuadrados, le corresponde número 143 en el plano de parcelación de la finca matriz. Sobre dicha parcela se ha construido un chalet de una sola planta con una superficie construida de ciento treinta metros cuadrados.
Justipreciada en 270.455,45 euros.
Primera. Que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble que se subasta está de manifiesto en la Secretaría.
Segunda. Que se entenderá que todo licitador acepta como bastante la titulación existente o que no existan títulos.
Tercera. Que las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiese, al crédito de la actora continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquéllos, si el remate se adjudicase a su favor.
Cuarta. Que el bien se saca a subasta sin suplir previamente la falta de títulos de propiedad, debiendo estar a lo prevenido en al regla 5. del artículo 140 del Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria.
Quinta. Para tomar parte en la subasta los licitadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
- Identificarse de forma suficiente.
- Declarar que conocen las condiciones generales y particulares de la subasta.
- Presentar resguardo de que han depositado en la cuenta de depósitos y consignaciones o de que han prestado aval bancario por el 30
por 100 del valor de tasación del bien. Cuando el licitador realice el depósito con cantidades recibidas en todo o parte de un tercero, se hará constar así en el resguardo a los efectos de lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 652 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
- La ejecutante sólo podrá tomar parte en la subasta cuando existan licitadores, pudiendo mejorar las posturas que se hiciesen, sin necesidad de consignar cantidad alguna.
- Sólo la ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero. La cesión se verificará mediante comparecencia ante el tribunal, con asistencia del cesionario, quien deberá aceptarla, y todo ello, previa o simultáneamente al pago del precio del remate.
La misma facultad tendrá la ejecutante en los casos en que se solicite la adjudicación del bien embargado, con arreglo a lo previsto en la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Sexta. Desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado y con las condiciones establecidas anteriormente.
Los sobres se conservarán cerrados por el Secretario Judicial y serán abiertos al inicio del acto de la subasta. Las posturas que se contengan se harán públicas con las demás, surtiendo los mismos efectos que las que se realicen oralmente.
Séptima. Para tomar parte en la subasta los postores deberán depositar, previamente, el 30 por 100 del valor que se haya dado al bien, con arreglo a lo establecido en el artículo 666 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Por el mero hecho de participar en la subasta se entenderá que los postores aceptan como suficiente la titulación que consta en autos o

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Boletín Oficial de la Pcia. de Málaga del 1/8/2002

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga

PaeseSpagna

Data01/08/2002

Conteggio pagine36

Numero di edizioni6054

Prima edizione15/01/2001

Ultima edizione19/03/2026

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