Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/11/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Avila

BOP

Nº 223 19 de noviembre de 2018

CUARTA. CRITERIO PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIA.
4.1. ANTIGEDAD
Los conductores que se hubieran dedicado profesionalmente a la prestación de servicio de taxi en régimen de trabajador asalariado, tendrán preferencia para el otorgamiento de las licencias.
El cómputo de la antigedad se realizará sumándose los distintos períodos prestados en el ejercicio de la profesión, siempre y cuando entre un periodo y el siguiente no haya transcurrido un tiempo igual o superior a seis meses, iniciándose el cómputo cuando concurra el requisito de estar de alta en la Seguridad Social como asalariado de una Licencia Municipal . Así mismo si se produjese una suspensión de la vigencia del permiso de conducción, el tiempo de suspensión no se computará como antigedad.
La antigedad continuada a la que hace referencia el párrafo anterior quedará interrumpida cuando se abandone la profesión de conductor asalariado de autotaxis por u periodo igual o superior a seis meses ciento ochenta y tres días. En estos supuestos, el cómputo de antigedad se iniciará nuevamente a partir de la siguiente contratación, sin que en ningún caso sea computable a efectos de la antigedad continuada, los períodos anteriores que se hayan visto interrumpidos.
Estar empadronado en este municipio. Se valorará la antigedad.
Personas que se encuentren en paro. Se tendrá en cuenta la antigedad en el paro.
En caso de quedar vacante la licencia ofertada, se volverá a convocar un nuevo procedimiento de adjudicación.
QUINTO. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES Y DOCUMENTACIÓN ADJUNTA.
Las solicitudes se presentaran en el Ayuntamiento, en la Plaza Constitución 1 en horario de lunes a viernes de 10.00 a 14.00 horas.
El plazo será de veinte días, a contar desde el día siguiente del anuncio en el Boletín Oficial de la provincia de Las Palmas, que contendrá la presente Convocatoria y dará inicio al procedimiento de otorgamiento de las licencias de taxi.
Las solicitudes podrán presentarse también en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La presentación de una solicitud supone la aceptación incondicionada de las bases de la presente Convocatoria. Las solicitudes se presentarán en un sobre cerrado, firmado por el solicitante y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda Solicitud de Licencia de Taxi.
SEXTO. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Impreso de solicitud debidamente cumplimentado.
Documentos que acrediten la personalidad de la persona física interesada, y una dirección de correo electrónico en el que efectuar las notificaciones en su caso.
Documentos que acrediten la representación.
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Boletín Oficial de la Pcia. de Avila del 19/11/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Avila

PaeseSpagna

Data19/11/2018

Conteggio pagine24

Numero di edizioni3629

Prima edizione04/01/2010

Ultima edizione21/06/2024

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