Periódico Oficial de Puebla del día 29/07/2020 - Tercera Sección
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Source: Periódico Oficial de Puebla - Tercera Sección
Miércoles 29 de julio de 2020
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Tercera Sección
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I. a XIII.-
La interpretación y aplicación de esta constitución y de las leyes y normas del Estado será de forma igualitaria para hombres y mujeres, salvo las disposiciones expresas que determinen la aplicación diferenciada entre géneros. Lo anterior, sin perjuicio de la utilización del género masculino para la construcción gramatical del texto legal.
Artículo 13.-
I.-
a a d
e Elegir, en los municipios con población indígena, representantes ante los ayuntamientos, observando el principio de paridad de género conforme a las normas aplicables.
II. a VIII.-
Artículo 20.- Son prerrogativas de la ciudadanía del Estado:
I.-
II.- Poder ser votada en condiciones de paridad para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidaturas ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos, así como a la ciudadanía que solicite su registro de manera independiente y cumpla con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;
III.- Poder ser nombrada para cualquier empleo o comisión, teniendo las calidades que establezca la ley;
IV. y V.-
Artículo 21.- Son obligaciones de la ciudadanía del Estado:
I. a IV.-
Artículo 22.- Los derechos y prerrogativas de la ciudadanía se suspenden:
I. a VII.-
Artículo 23.- Los derechos y prerrogativas de la ciudadanía se pierden:
I. a III.-
Artículo 32.- El ejercicio del Poder Legislativo se deposita en una asamblea de Diputadas y Diputados que se denominará CONGRESO DEL ESTADO.