Periódico Oficial del Estado de México del día 23/06/2020 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

medidas de seguridad e higiene relacionadas con la emergencia sanitaria decretada por la pandemia de COVID-19, y al mismo tiempo, garantizar, junto con los patrones, un traslado seguro a quienes utilicen el servicio público de transporte de pasajeros, por lo que deberán difundir entre sus empleados las estrategias emanadas de la Secretaria de Movilidad para tal efecto, y b. La Secretaría del Trabajo supervisará los ajustes a los mismos o el mismo empleador podrá informarlo a través del programa de autoverificación.
QUINTO.- La Secretaría del Trabajo, en el ejercicio de sus atribuciones, coordinará acciones con la finalidad de vigilar la continuidad de las actividades en los centros laborales, observando las medidas aplicables con motivo de la epidemia provocada por el virus SARS-CoV2 causante de la enfermedad COVID-19, favoreciendo en todo momento un esquema seguro, gradual y ordenado, lo anterior, en el entendido de que promoverá el teletrabajo con la finalidad de optimizar actividades y tareas, que permitan reforzar la mitigación y evitar el contagio.
La colaboración entre servidores públicos e integrantes de los sectores productivos, deberá facilitar información que resulte útil para la aplicación de medidas correctivas ante la epidemia provocada por el virus SARS-CoV2 causante de la enfermedad COVID-19.
SEXTO.- La Secretaría de Movilidad, con la información que al efecto le proporcionen las Secretarías del Trabajo y de Desarrollo Económico, emitirá, realizará, aplicará y dará seguimiento a las acciones que, de acuerdo con sus atribuciones, considere necesarias y suficientes para procurar la seguridad e integridad en el traslado de las personas que lleven a cabo alguna de las actividades esenciales en las mismas, permitiendo el acceso y disponibilidad de medios de transporte público, seguros, higiénicos, de calidad, libres de violencia y discriminación, en el trayecto de su casa al lugar de trabajo y viceversa, por el periodo que dure la epidemia provocada por el virus SARS-CoV2 causante de la enfermedad COVID-19; las cuales, de manera enunciativa más no limitativa, podrán ser estudios técnicos, emisión de autorizaciones, modificación de autorizaciones, difusión de las acciones implementadas, entre otras.
SÉPTIMO.- Los Titulares de las Secretarías del Trabajo, de Desarrollo Económico y de Movilidad, deberán designar un responsable operativo, quienes emitirán, realizarán, aplicarán y darán seguimiento a las acciones y medidas necesarias para el cumplimiento del presente Acuerdo.
Asimismo, se deberá entablar una relación multilateral de remisión de información recíproca, que contribuya al cumplimiento de las actividades de cada una de las Dependencias en el marco del presente Acuerdo; información que también podrá ser utilizada por cualquiera de éstas, para la adecuación o creación de los servicios y programas que les competan, en pro de los trabajadores y de las empresas.
OCTAVO.- Las actividades que se lleven a cabo para dar cumplimiento a la presente instrucción, son originadas como medida adicional y como refuerzo a las medidas establecidas por las autoridades competentes, con motivo de la epidemia provocada por el virus SARS-CoV2 causante de la enfermedad COVID-19; por lo que dichas medidas, deberán tener el carácter de provisionales y no generarán ningún tipo de derechos adquiridos, ni tampoco expectativas de derecho para quienes les resulte aplicable.
NOVENO.- Las funciones de verificación para el cumplimiento del presente Acuerdo, así como las sanciones que correspondan, se llevarán a cabo de conformidad con las disposiciones aplicables.
DÉCIMO.- Todos aquellos casos no previstos en el presente Acuerdo, así como las dudas o aclaraciones respecto de casos concretos que pudieran surgir en la aplicación del presente Acuerdo,

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 23/06/2020 (Sección Tercera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PaysMexique

Date23/06/2020

Page count8

Edition count3227

Première édition05/01/2000

Dernière édition16/02/2024

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