Periódico Oficial del Estado de México del día 30/01/2009 (Sección Novena)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

GACETA

30 de enero de 2009

CEL GOBIERNO

Página 2

Infraestructura Social Municipal para el Ejercicio Fiscal 2009, así como las asignaciones presupuestales resultantes de la aplicación de dicha metodología.

$2,924638,737.00 DOS
MIL NOVECIENTOS VEINTICUATRO MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO
MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE PESOS 00/100 M.N..

Segundo.-

El total de recursos que conforman este Fondo asciende a la cantidad de
Tercero.-

Las aportaciones de este Fondo deberán ser utilizadas en las obras y acciones señaladas en el Artículo 33
del Capítulo V de la Ley de Coordinación Fiscal y conforme a la normatividad aplicable que al efecto emita la Secretaría de Finanzas.

Cuarto.-

La fórmula aplicada para la distribución de este Fondo entre los municipios es la indicada en el Artículo 34, de acuerdo a lo que establece el Articulo 35, ambos de la Ley de Coordinación Fiscal y es la siguiente suma ponderada, que representa la Masa Carencial Municipal MCM:

Fórmula:

3

IGP; = P i i R1 + P i 21 2 +

P1313 3 + P i413 4 13;5135

En donde:
1

2 1, = Brecha respecto a la norma de pobreza extrema de la necesidad básica
w
para el hogar en estudio.

= Ponderador asociado a la necesidad básica,"
= Hogar en estudio.
P13, Esta fórmula representa el indice Global de Pobreza de un hogar, IGPi, el cual se conforma con las brechas 13, =
0.46
16, , de las necesidades básicas a las que se refiere la Fracción II;
sus correspondientes ponderadores son:
PR y Pi 132 = 0.1250, p, = 0.2386, 34 = 0.0608, j3s = 0.1 140.

Las necesidades básicas, en el orden en el que aparecen en la fórmula anterior, son las siguientes:
w , = Ingreso per cápita del hogar.
N, 2 = Nivel educativo promedio por hogar.
w3 = Disponibilidad de espacio de la vivienda.
w4 = Disponibilidad de drenaje.
ws = Disponibilidad de electricidad-combustible para cocinar.
Para cada hogar se estiman las cinco brechas respecto a las normas de pobreza extrema que corresponden a cada una de las necesidades básicas, con base en la siguiente fórmula:
Pi =

Z, - wX

Z,
En donde:
Z, = Norma establecida para la necesidad básica Xi = Valor observado en cada hogar para la necesidad básica Los resultados de cada una de estas brechas se ubican dentro de un intervalo de -0.5 a I Cada brecha se multiplica por los ponderadores establecidos en la Fracción I de este Artículo para, una vez sumadas, obtener el Indice Global de Pobreza del hogar, que se encuentra en el mismo intervalo. Cabe señalar que para los cálculos subsecuentes, sólo se consideran a los hogares cuyo valor se ubique entre 0 y I, que son aquellos en situación de pobreza extrema.
V. El valor del IGP del hogar se eleva al cuadrado para atribuir mayor peso a los hogares más pobres. Después se multiplica por el tamaño del hogar, con lo cual se incorpora el factor poblacional. Con lo anterior se conforma la Masa Carencial del Hogar, determinada por la siguiente fórmula:

MCH I = IGPJ 2 Ti En donde:
MCHi = Masa Carencial del Hogar
j.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 30/01/2009 (Sección Novena)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Novena)

PaysMexique

Date30/01/2009

Page count8

Edition count67

Première édition27/02/2004

Dernière édition19/12/2018

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