Gaceta Oficial de Venezuela del 19/01/2022 - Ordinaria

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Source: Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

AÑO CXLIX - MES IV

Caracas, miércoles 19 de enero de 2022

Número 42.300

SUMARIO

CONSIDERANDO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto Nº 4.635, mediante el cual se crea el Despacho del Viceministro o de la Viceministra para la Preservación de la Vida y la Biodiversidad, en el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo.

Que la República Bolivariana de Venezuela, en coherencia con su modelo político, económico y social, regido por el Plan de Desarrollo Nacional, enmarcado en la Ley del Plan de la Patria 2019-2025, ha asumido la responsabilidad de la prevención y reducción de las causas que originan el cambio climático, así como la mitigación de sus efectos adversos,
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
PARA RELACIONES EXTERIORES
Resolución mediante la cual se aprueba la Estructura para la Ejecución Financiera del Presupuesto de Egresos correspondiente al Ejercicio Económico Financiero 2022 de este Ministerio, la cual estará constituida por la Unidad Administradora Central y las Unidades Administradoras Desconcentradas que en ella se indican.
MINISTERIO DEL PODER POPULAR
DE PESCA Y ACUICULTURA
INSOPESCA
Providencias mediante las cuales se delega a la ciudadana y al ciudadano que en ellas se mencionan, para ejercer las atribuciones y irma de los actos y documentos que en ellas se especiican.
MINISTERIO PÚBLICO
Resoluciones mediante las cuales se designa a las ciudadanas y al ciudadano que en ellas se mencionan, como Fiscales Auxiliares Interinos, en las Fiscalías del Ministerio Público de las Circunscripciones Judiciales que en ellas se especiican.
Resoluciones mediante las cuales se traslada a la ciudadana y al ciudadano que en ellas se mencionan, a las Fiscalías que en ellas se indican, de este Organismo.
Resolución mediante la cual se designa al ciudadano Wilmer Escorcia Pedrozo, como Subdirector en la Dirección de Delitos Comunes, adscrita a la Dirección General de Actuación Procesal, de este Organismo.

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA
Decreto N.4.635

CONSIDERANDO
Que es necesario articular con eficacia y eficiencia las acciones del Estado de manera de ejercer las competencias conferidas en materia de cambio climático, en función de seguir construyendo la Revolución Bolivariana, como lo dicta el Plan de la Patria, DECRETO
Artículo 1. Se crea el Despacho del Viceministro o de la Viceministra para la Preservación de la Vida y la Biodiversidad, en el Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo.
Artículo 2. Conforme lo dispuesto en el artículo precedente, el ámbito competencial y material del Viceministro o de la Viceministra para la Preservación de la Vida y la Biodiversidad, queda definido según se indica a continuación:
Es de la competencia del Despacho del Viceministro o de la Viceministra para la Preservación de la Vida y la Biodiversidad del Ministerio del Poder Popular para el Ecosocialismo: Promover el conocimiento, innovación, participación, sensibilización, así como los planes, programas y proyectos, destinados a la preservación de los ecosistemas y la preservación de la especie humana frente al Cambio Climático, como política del Estado venezolano, para dar cumplimiento a los compromisos internacionales y fortalecer los valores axiológicos de la Revolución Bolivariana, hacia la transición del modelo ecosocialista, en el marco de los planes de desarrollo económico y social y la ley Constitucional del Plan de la Patria. Así como cualquier otra que le confieran las leyes, demás normativa y el ordenamiento jurídico vigente.

19 de enero de 2022

NICOLÁS MADURO MOROS
Presidente de la República Bolivariana de Venezuela Con el supremo compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y calidad revolucionaria en la construcción del socialismo y la refundación de la nación venezolana, basado en principios humanistas, sustentados en condiciones morales y éticas que persiguen el desarrollo de la patria y del colectivo, por mandato del pueblo, de conformidad con lo establecido en el artículo 226 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los numerales 2, 11 y 20 del artículo 236 ejusdem, concatenado con los artículos 15, 16, 46, 61 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley Orgánica de la Administración Pública, en Consejo de Ministros, CONSIDERANDO
Que el cambio climático constituye una de las cinco presiones principales que impulsan la pérdida de la biodiversidad en el mundo junto con la de hábitats, la sobreexplotación, la contaminación y las especies exóticas invasoras, razón por la cual las medidas o acciones dirigidas a conservar y usar de modo sostenible la diversidad biológica deben tener en cuenta las necesidades de adaptación al mismo.

Artículo 3. Queda encargado de la ejecución de este Decreto el Ministro del Poder Popular para el Ecosocialismo y el Ministro del Poder Popular de Planificación.
Artículo 4. Este Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.
Dado en Caracas, a los diecinueve días del mes de enero de dos mil veintidós. Años 211 de la Independencia, 162 de la Federación y 22 de la Revolución Bolivariana.
Ejecútese, L.S.

NICOLÁS MADURO MOROS

Acerca de esta edición

Gaceta Oficial de Venezuela del 19/01/2022 - Ordinaria

TitreGaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela - Ordinaria

PaysVenezuela, République Bolivarienne du

Date19/01/2022

Page count16

Edition count317

Première édition02/01/2013

Dernière édition22/05/2023

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