Diario Oficial El Peruano del 13/4/2024

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Source: Diario Oficial El Peruano

BOLETÍN OFICIAL

Lima, sábado 13 de abril de 2024 I EL PERUANO

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
POR ACTA DE DECISIÓN DE TITULAR
DEL 2 DE ABRIL DEL 2024, SE APROBÓ
DISOLVER Y LIQUIDAR A MLC GROUP
E.I.R.L.
NOMBRANDOSE
COMO
LIQUIDADORA A RITA STEPHANIE
LINARES SILVA, IDENTIFICADA CON DNI
N 47519364.

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
POR ACTA DE DECISIÓN DE TITULAR DEL 01
DE ABRIL DEL 2024, SE APROBÓ DISOLVER
Y LIQUIDAR A CLIMA ORIENTE E.I.R.L.
NOMBRÁNDOSE COMO LIQUIDADORA
A RITA STEPHANIE LINARES SILVA, IDENTIFICADA CON DNI N 47519364.
Lima, 4 de abril del 2024

Lima, 4 de abril del 2024
LA LIQUIDADORA

LA LIQUIDADORA
002-2278020-1

EMPRESA DE TRANSPORTES Y SERVICIOS
NUEVA AMERICA S.A.
RUC N 20160058430
JUNTA OBLIGATORIA ANUAL DE ACCIONISTAS
Se convoca a los señores accionistas a la JUNTA
OBLIGATORIA ANUAL, a celebrarse el día 25 de abril del 2,024 a horas 10.00 a.m. en el local de la sociedad sito en la Av. Tupac Amaru Km. 23.50
Carretera a Canta - Distrito de Carabayllo - Lima, a fin de tratar la siguiente:
AGENDA:

002-2278019-1

1.- Exposición y Aprobación de los Estados Financieros del ejercicio económico 2,023.

3

AVISO DE REDUCCION DE CAPITAL
De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 217 de la Ley General de Sociedades se pone en conocimiento que la Junta General de Accionistas de Compañía Inmobiliaria Santa Rita de Lima S.A.C., celebrada el 28 de octubre del 2022
acordó reducir el capital social en la suma de S/287,064.00, es decir, reducirlo de la suma de S/1447,971.00 a la suma de S/1160,907.00, por devolución de aportes, habiéndose acordado igualmente la modificación del artículo 5 del estatuto, referido al monto del capital social.
Lima, 11 de abril del 2024

2.- Aplicación de Resultados.
En caso de no contarse con el quórum reglamentario el día y hora que se señala, la Junta se celebrará en Segunda Convocatoria el 28 de abril del 2024 a la misma hora y en el mismo local.
EL DIRECTORIO

Compañía Inmobiliaria Santa Rita de Lima S.A.C.
RUC 20131179007
Oscar Zwiebach Ascher Gerente General 002-2278780-1

002-2278729-1

002-2278740-1

PERÚ
002-2278333-1

Ministerio de la Producción
DIRECCIÓN DE SUPERVISIÓN Y FISCALIZACIÓN-PA

Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho
PUBLICACIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO

COMUNICADO
SE INFORMA AL PÚBLICO EN GENERAL QUE LAS PUBLICACIONES
OFICIALES EN EL BOLETÍN OFICIAL SE RECEPCIONAN DE FORMA
PRESENCIAL Y VIRTUAL, EN EL SIGUIENTE HORARIO:
HORARIO DE RECEPCIÓN
LUNES A JUEVES DE 8:00 A 17:00 HORAS, AVISOS A 48 HORAS.
LUNES A JUEVES DE 8:00 A 13:00 HORAS, AVISO A 24 HORAS.
VIERNES DE 8:00 A 14:30 HORAS, AVISOS A PUBLICARSE EN
LA EDICIÓN DE DOMINGO Y LUNES.
VIERNES A PARTIR DE LAS 14:30 HORAS HASTA 17:00
HORAS, AVISOS A PUBLICARSE EN LA EDICIÓN DEL MARTES
EN ADELANTE.
PUBLICACIONES DE URGENCIA
LOS AVISOS A PUBLICARSE A 24 HORAS TENDRÁN UN RECARGO
DEL 20% Y SE RECIBEN HASTA LAS 13:00 HORAS DEL DÍA ANTERIOR.
SUSPENSIONES, MODIFICACIONES U OTROS
LAS
SOLICITUDES
DE
SUSPENSIÓN, REPROGRAMACIÓN, ANULACIÓN, MODIFICACIONES Y/O CAMBIOS DE LOS TEXTOS Y/O
ARTES DE LAS PUBLICACIONES OFICIALES DEL BOLETÍN OFICIAL, SE RECIBIRÁN HASTA LAS 14:00 HORAS DE LUNES A VIERNES, ADJUNTANDO UNA CARTA, OFICIO O CORREO INSTITUCIONAL
INDICANDO LA NECESIDAD DEL CLIENTE.

005-2275076-1

GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES

La Dirección de Supervisión y Fiscalización de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción, sito en Calle Uno Oeste N 060 Urbanización Córpac, San Isidro, Lima;
considerando que se han agotado todas las formas de notificar de manera personal al interesado de dicho acto administrativo, conforme al numeral 23.1.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley N 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N 004-2019-JUS - Cuando se hubiese practicado infructuosamente cualquier otra modalidad, sea porque la persona a quien deba notificarse haya desaparecido, sea equivocado el domicilio aportado por el administrado o se encuentre en el extranjero sin haber dejado representante legal, pese al requerimiento efectuado a través del Consulado respectivo, se procede a notificar:
Expediente PAS N 0799-2023-PRODUCE/DSF-PA. Cédula de Notificación N
00002257-2023-PRODUCE/DSF-PA con Acta de Notificación y Aviso N 0000621. Cédula de Notificación N 00002952-2023-PRODUCE/DSF-PA. Administrado: PASCUALA TTITO
QUISPE identificada con DNI N 24679423. Asunto: Inicio de Procedimiento Administrativo Sancionador. Durante las actividades de fiscalización llevadas a cabo por fiscalizadores acreditados por el Ministerio de Producción, en forma conjunta con personal de la Comisaría de Protección de Carreteras de Repartición en el Punto Fijo de Control Km 48 Repartición, La Joya, Arequipa, el día 30/03/2021 a las 21:30 horas, se intervino al vehículo minivan blanco de placa X8H-953, de propiedad al momento de ocurridos los hechos de la señora PASCUALA
TTITO QUISPE, la cual era conducida por el señor TAUROPACACIO CCOLQQUE TTITO, quien se trasladaba con dirección a la Ciudad de Arequipa, realizándose con su autorización la revisión de los equipajes que llevaba, constatando dentro del mismo una caja de cartón con el recurso hidrobiológico camarón de río en estado fresco conservado con hielo, en una cantidad de 3 kg, el cual se encontraba declarado en veda, según la Resolución Ministerial N 418-2020-PRODUCE;
por lo que, la señora PASCUALA TTITO QUISPE, habría transportado recursos hidrobiológicos declarados en veda. Incurriendo la citada señora en la presunta infracción tipificada en el numeral 75 del artículo 134 del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N 012-2001-PE, modificado por Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE. Fecha de Infracción: 30/03/2021. Posible Sanción: según norma vigente al momento de la infracción:
Código 75 del Cuadro de Sanciones anexo al Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas, aprobado por D.S. N 017-2017-PRODUCE, modificado por D.S. N 006-2018-PRODUCE. Corresponde: Código 75 MULTA y DECOMISO del total del recurso o producto hidrobiológico. La multa será aplicada según las fórmulas de cálculo señaladas en los artículos 33, 35, 36 y 37 del Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE y modificatorias.
La administrada podrá acceder al respectivo expediente, según corresponda; por lo que, se le concede un plazo de cinco 5 días hábiles para presentar sus descargos conforme a ley, contados a partir del día hábil siguiente de la presente publicación, ante la Dirección de Supervisión y Fiscalización de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; o en su defecto se acoja al régimen de incentivos establecido en el artículo 41 del Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE. Asimismo, en caso de que corresponda la Aplicación del Decreto Supremo N 017-2017-PRODUCE y su modificatoria, éste será considerado en el Informe Final de Instrucción correspondiente.
LINCOL ROLLER POLO BORDONABE
Director de Supervisión y Fiscalización de Pesca y Acuicultura 005-2278375-1

Acerca de esta edición

Diario Oficial El Peruano del 13/4/2024

TitreDiario Oficial El Peruano

PaysPérou

Date13/04/2024

Page count16

Edition count2745

Première édition01/01/2016

Dernière édition26/05/2024

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