Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/2/2022

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

2 de febrero de 2022

B.O.P. DE CADIZ NUM. 22

El Programa de Implementación y Gestión de las colonias de gatos callejeros método C.E.S.: captura, esterilización y suelta, mejora la vida de estos animales, así como su relación con las personas que viven cerca de ellos y disminuye el tamaño de las colonias.

Como alternativa a la captura y sacrificio de los animales, se propone un proyecto de gestión de colonias basado en el control sanitario de los animales y en su esterilización, así como en el cuidado y saneamiento del entorno a cargo de organizaciones y entidades cívicas y voluntarios sin afán de lucro.

Resulta preciso incorporar a través del presente Programa de Implementación que se propone, la figura del gato feral o gato callejero, con la consiguiente autorización de colonias estables y controladas de gatos bajo supervisión municipal, en colaboración, previos los convenios oportunos con Asociaciones Protectoras de Animales existentes en la actualidad, con la posibilidad de incorporar a cuantas otras se creen en la Localidad y voluntarios que deseen incorporarse al programa.

OBJETIVOS DEL PROGRAMA:
1. Gestionar las poblaciones de gatos callejeros en el término municipal de Los Barrios, con el fin de reducirlas.
2. Mejorar considerablemente las condiciones sanitarias y de bienestar de los gatos callejeros.
3. Facilitar, en los casos que sea posible, su adopción.
4. Informar, mediar y favorecer la convivencia con los ciudadanos de Los Barrios.

RESPONSABLES DE LAS COLONIAS:

El Ayuntamiento establecerá convenios de colaboración con las asociaciones de protección y defensa de los animales, que deseen colaborar en el Proyecto de control y gestión de colonias felinas, en el término municipal de Los Barrios.

Se elaborará un registro de las personas y asociaciones protectoras de animales responsables, a cargo del Ayuntamiento de Los Barrios. El listado de las personas autorizadas como colaboradoras será puesto en conocimiento de la Policía Local.

El Ayuntamiento de Los Barrios emitirá los carnets que sirvan para identificar a los colaboradores autorizados.

Se otorgará un carnet nominativo a los voluntarios que controlen las colonias, los cuales firmarán un documento de compromiso, de cumplir con las especificaciones contenidas en el Programa de control y gestión de colonias felinas, así como con las directrices que en relación al mismo marque el Ayuntamiento.

Los responsables y cuidadores se formarán sobre los procedimientos a seguir.

Se responsabilizarán de la colonia y de sus funciones, que como mínimo serán:
. Rellenar y actualizar la ficha de la colonias . Alimentar únicamente con pienso seco . Retirar los recipientes una vez hayan comido . Vigilancia para detectar los animales enfermos, nuevos o desaparecidos . Promover la adopción.
. Organizar las capturas para la esterilización.
. Presentar una memoria anual.

La Policía Local y el Servicio de Vigilancia Medioambiental, podrán denunciar a las personas no autorizadas que alimenten a los gatos en la vía pública, en base a lo establecido en la Ordenanza Municipal Reguladora de la Tenencia y Protección de Animales.

PLAN DE GESTIÓN:

a Censo de la colonia.

b Alimentación controlada:
- Las colonias serán alimentadas siempre con pienso seco y agua, en cantidad proporcionada, usando recipientes adecuados y con la máxima higiene posible.
- Los comederos no podrán situarse cerca de los colegios, centro de salud, monumentos o zonas sensibles por razones de salubridad, higiene o paisaje urbano.
- Tendrán siembre agua limpia a su disposición en recipientes adecuados.
- Queda prohibida la alimentación de gatos fuera del ámbito de los criterios del Plan de Control de las colonias felinas.

c Cuidado del entorno:
- Las colonias se instalarán en los lugares consensuados entre el Ayuntamiento y las personas y asociaciones protectoras de animales responsables.
- En la medida de lo posible se intentará respetar las zonas de estancia habitual de los animales.
- En lugares donde la colonia no sea deseada o genere molestias con los vecinos próximos, se intentará la mediación con los afectados a través de la información y el conocimiento de la gestión de la colonia.
- No se permitirá la ubicación de éstas próximas a centros médicos, centros educativos o similares, en general en zonas sensibles por razones de salubridad, higiene o paisaje urbano.
- Se realizarán limpiezas periódicas de la zona y se retirará la basura originada por los gatos.
- Se realizarán las operaciones de desinfección de forma periódica, bien por el Ayuntamiento de forma directa o por empresa contratada.

d Esterilización método C.E.S.:
- La captura del animal se realizará mediante jaulas trampas o mecanismos que no sean agresivos ni causen daño.
- La actuación veterinaria consistirá en la exploración del animal, su desparasitación, esterilización y postoperatorio necesario antes de soltar al animal en su emplazamiento original, siendo dichas actuaciones realizadas en Clínicas Veterinarias autorizadas.
- Se cumplimentará en la ficha del animal la intervención veterinaria:
. Comprobación de la ausencia de chip en caso de tenerlo se contactará con su propietario y se tomarán las medidas oportunas.
. Esterilización.
. Marcaje en la oreja . Desparasitación interna y externa.

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SEÑALIZACIÓN:

El Ayuntamiento elaborará un registro de aquellos lugares donde se permitirá la existencia de colonias. El área de las colonias será señalizada mediante cartel informativo, a determinar por el Ayuntamiento, donde se prohíba molestar a los animales de la colonia y alimentarles con comida que no sea la establecida, dado que puede producir malos olores y plagas.

ASPECTOS SOCIALES:
- La implantación de este nuevo modelo de gestión de las colonias de gatos debe ir acompañada de una estrategia global de comunicación y diálogo con los ciudadanos.
Se pretende una implicación de todas las partes interesadas vecinos, asociaciones protectoras, instituciones, policía, veterinarios, etc con el fin de trabajar conjuntamente, sumando esfuerzos y buscando sinergias que faciliten la convivencia pacífica y respetuosa de la información y la participación de la gestión y protección animal.
- Se creará una Mesa o Consejo de tenencia responsable. Su carácter deliberante la convierte en el pilar fundamental de la estrategia de gestión de colonias. En las reuniones de la Mesa se debatirán las prioridades y necesidades del plan, se podrá intercambiar información y se evaluará la buena marcha del plan, así como la posibilidad de modificarlo para adaptarlo a las nuevas situaciones que se presenten.
- Mediación. Los colaboradores y asociaciones protectoras realizarán la labor de mediación y educación necesaria para alcanzar la situación de equilibrio y tolerancia con la ciudadanía. Cuando existan diferencias entre los cuidadores de las colonias y vecinos, el Ayuntamiento podrá designar un mediador con la finalidad de llegar a un acuerdo entre las partes. En caso de desacuerdo entre los cuidadores y los vecinos, el Ayuntamiento adoptará la medida que estime conveniente.

11/01/22.. EL ALCALDE. Fdo.: Miguel Fermín Alconchel Jiménez.
Nº 5.039


AYUNTAMIENTO DE ALGECIRAS
DECRETO DE ALCALDÍA-PRESIDENCIA

CONSIDERANDO el cumplimiento del deber de la Administración Tributaria de poner a disposición de los contribuyentes la información necesaria para el cumplimiento de las obligaciones tributarias y fiscales recogida en los artículos 34 y 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria y 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, procede fijar con antelación suficiente los plazos de pago en periodo voluntario de cobranza de los tributos de cobro periódico y de notificación colectiva.

RESULTANDO ser muy conveniente, por parte del Ayuntamiento, el fijar con la suficiente antelación los plazos de cobranza que en período voluntario se van a otorgar a los contribuyentes para el pago de los tributos, cuyo cobro se exija mediante padrón de forma periódica, ya que, por una parte, obliga a la propia Administración a cumplir unos determinados plazos en los cuales deben estar confeccionados los expedientes y tramitados de forma completa, incluyendo su aprobación, remisión y publicación en el B.O.P., en los casos en los que sea preciso, y, por otra parte, aporta una garantía a los contribuyentes, que conocen en todo momento y con suficiente antelación, en qué momento van a tener que hacer frente a los pagos de tributos y exacciones que se les exijan desde el Ayuntamiento.

RESULTANDO que con el calendario fiscal se incide en la distribución temporal de los ingresos, regulando los flujos de entrada, al tiempo de diluir la presión fiscal a lo largo del ejercicio.

CONSIDERANDO que al ser un acto que tiene por destinatario a una pluralidad indeterminada de personas, a tenor de lo dispuesto en los artículos 39.1 y 2 y 45.1 y 3 de la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, debe de publicarse, para su general conocimiento, en el Boletín Oficial de la Provincia.

VISTA la propuesta de Calendario Tributario Unificado para el ejercicio 2022 elevada por el Servicio Provincial de Recaudación de la Excma. Diputación de Cádiz con fecha 23 de diciembre de 2021.

VISTA la propuesta de Calendario Tributario Unificado para el ejercicio 2022 elevada por la Tesorería Municipal de fecha 10 de enero de 2022.

VISTO el Informe de la Tesorería Municipal de fecha 10 de enero de 2022.

CONSIDERANDO que esta Alcaldía es el órgano municipal competente, a tenor de lo dispuesto en el artículo 21.1.f de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Esta Alcaldía, en el ejercicio de sus competencias legalmente atribuidas, y previa fiscalización de conformidad de la Intervención Municipal, tiene a bien dictar la siguiente RESOLUCIÓN:

PRIMERO.-Aprobar el siguiente CALENDARIO DEL CONTRIBUYENTE
PARA EL EJERCICIO 2022:
PERIODICIDAD RECIBO
PERÍODO DE COBRANZA
CONCEPTO TRIBUTARIO: IBI URBANA
SEMESTRAL 1º PLAZO DEL 01 DE MAYO AL 20 DE JULIO
SEMESTRAL 2º PLAZO DEL 01 DE SEPTIEMBRE AL 20 DE NOVIEMBRE
CONCEPTO TRIBUTARIO: IBI CARACTERÍSTICAS ESPECIALES
SEMESTRAL 1º PLAZO DEL 01 DE MAYO AL 20 DE JULIO
SEMESTRAL 2º PLAZO DEL 01 DE SEPTIEMBRE AL 20 DE NOVIEMBRE
CONCEPTO TRIBUTARIO: IBI RÚSTICA
ANUAL
DEL 01 DE SEPTIEMBRE AL 20 DE NOVIEMBRE
CONCEPTO TRIBUTARIO: IAE
ANUAL
DEL 01 DE SEPTIEMBRE AL 20 DE NOVIEMBRE
CONCEPTO TRIBUTARIO: IVTM
ANUAL
DEL 01 DE ABRIL AL 20 DE JULIO

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 2/2/2022

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date02/02/2022

Page count7

Edition count6017

Première édition02/01/2001

Dernière édition15/05/2024

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