Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 4/4/2019 - Anuncios y Avisos Legales

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Source: Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

BOLETÍN OFICIAL DEL REGISTRO MERCANTIL
Jueves 4 de abril de 2019

Pág. 1734

capital social en la cuantía necesaria, y de la facultad de excluir, en su caso, el derecho de suscripción preferente hasta un límite del veinte por ciento del capital social, dejando sin efecto la delegación conferida por la anterior Junta General.
Duodécimo.- Delegación de facultades para la ejecución y formalización de acuerdos.
I. Complemento de Convocatoria y presentación de nuevas propuestas de acuerdo: Con arreglo a lo dispuesto en el artículo 519 de la Ley de Sociedades de Capital y los artículos 28 de los Estatutos Sociales y 10 del Reglamento de la Junta General, los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán solicitar que se publique un complemento a la convocatoria de la Junta General Ordinaria, incluyendo uno o más puntos en el orden del día, siempre que los nuevos puntos vayan acompañados de una justificación o, en su caso, de una propuesta de acuerdo justificada. En ningún caso podrá ejercitarse dicho derecho respecto a la convocatoria de Juntas Generales Extraordinarias. El ejercicio de este derecho deberá efectuarse mediante notificación fehaciente, que habrá de recibirse en el domicilio social dentro de los cinco días siguientes a la publicación de la convocatoria. El complemento deberá publicarse, como mínimo, con quince días de antelación a la fecha establecida para la reunión de la Junta. La falta de publicación en plazo del complemento será causa de impugnación de la Junta. Los accionistas que representen al menos el tres por ciento del capital social podrán, en el mismo plazo señalado en el apartado anterior, presentar propuestas fundamentadas de acuerdo sobre asuntos ya incluidos o que deban incluirse en el orden del día de la Junta convocada. En la página web de la Sociedad, www.grupoacs.com, se puede obtener información más detallada sobre estos derechos.
II. Derechos de asistencia y voto. Registro de Accionistas: De conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 29 y 30 de los Estatutos Sociales y 15 y 19 del Reglamento de la Junta General, tienen derecho de asistencia a las Juntas Generales los accionistas titulares de al menos cien acciones, cuya titularidad aparezca inscrita en el correspondiente registro contable de anotaciones en cuenta con cinco días de antelación a aquél en que haya de celebrarse la Junta. Cuando el accionista ejercite su derecho de voto utilizando medios de comunicación a distancia deberá cumplirse esta condición también en el momento de su emisión.
Cada accionista tendrá derecho a tantos votos cuantas acciones posea o represente. Los propietarios o poseedores de menos de cien acciones pueden agruparse para completar dicho número, haciéndose representar, bien sea por uno de ellos, bien por otro accionista que posea por sí solo el número de acciones necesarias para formar parte de la Junta General. Adicionalmente, será requisito para asistir a la Junta General de accionistas que el accionista se provea de la correspondiente tarjeta de asistencia, el certificado expedido por la entidad encargada del registro de anotaciones en cuenta, que en cada caso corresponda o el documento que, conforme a derecho, le acredite como accionista. Aquellos accionistas que acudan personalmente o a través de su representante al lugar de celebración de la Junta General de accionistas en el día fijado para la misma, presentarán su tarjeta de asistencia o el documento que le acredite como accionista, conforme a lo previsto en la legislación vigente y en el Reglamento de la Junta General. En el lugar y día previstos para la celebración de la Junta General de accionistas, en primera o en segunda convocatoria, y desde una hora antes de la hora anunciada para el comienzo de la reunión, podrán los accionistas o quienes válidamente les representen, presentar al personal encargado del registro de accionistas sus respectivas tarjetas de asistencia o los documentos que
cve: BORME-C-2019-1401

Núm. 66

Acerca de esta edición

Boletín Oficial del Registro Mercantil del Estado del 4/4/2019 - Anuncios y Avisos Legales

TitreBoletín Oficial del Registro Mercantil del Estado - Anuncios y Avisos Legales

PaysEspagne

Date04/04/2019

Page count89

Edition count3300

Première édition03/01/2011

Dernière édition06/06/2024

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