Boletín Oficial de la República Argentina del 20/09/2012 - Primera Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

Primera Sección
Jueves 20 de septiembre de 2012

Que respecto de los traslados derivados de las medidas que se adoptan mediante el presente acto, en el punto a del artículo 8 de la Convención Colectiva de Trabajo - Laudo Nº 15/91 t.o.
Resolución S.T. Nº925/10 se establece que los agentes están obligados a la prestación personal del servicio, con eficiencia, eficacia e idoneidad en las condiciones y modalidades que resultan del convenio y en las que pudiera determinar la Administración Federal de Ingresos Públicos, en ejercicio de sus facultades.
Que la normativa convencional prevé el derecho del agente a percibir determinados conceptos que tienen en vista compensar al mismo de los menoscabos que pudiere sufrir como consecuencia del traslado, tales como la indemnización por tal concepto, compensación por residencia, pasajes para el agente y grupo familiar, compensación por desarraigo y reintegro de gastos.
Que las facultades que tiene este Organismo como empleador con relación a la organización, dirección y modificación de las formas y modalidades de trabajo resultan amplias.
Que, en numerosos fallos la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha expresado que debe reconocerse a la administración una razonable amplitud de criterio en el ejercicio de sus facultades discrecionales, sin que las decisiones atinentes a la política administrativa constituyan una materia justiciable, en tanto las medidas adoptadas no impliquen respecto de los agentes una descalificación o medida disciplinaria encubierta, supuesto que no se verifica en la especie, por lo que no es necesaria la especificación de razones pormenorizadas en los actos discrecionales de este tipo y sobre esta base cabe concluir que no procede requerir a la autoridad administrativa la explicación de las necesidades funcionales que la llevaron a modificar el puesto de trabajo del agente en cuestión, toda vez que pertenecen a su exclusiva potestad y su sola invocación satisface de modo suficiente la necesidad de fundamentación.
Que, asimismo las cuestiones de política administrativa, necesidades funcionales y la ponderación de las aptitudes personales de los agentes para la función son facultades propias de la Administración con fundamento suficiente en el ejercicio de las facultades discrecionales de las que le confiere como empleador el mismo laudo y convenio colectivo; así en los casos en que el organismo ejerce las facultades que son propias de un empleador, se debe estar, en primer lugar a lo previsto en el laudo y/o convenio colectivo que resulta de aplicación que son las normas de orden público laboral y en segundo lugar a las de orden común, es decir la Ley de Contrato de Trabajo, modificatorias y complementarias.
Que a las facultades discrecionales otorgadas expresamente por el ordenamiento vigente cabe reconocerles una razonable amplitud para la apreciación de los distintos factores de hecho y decisión correspondientes fallo 311:2130, considerando 5.
Que de lo antes expuesto surge que las medidas que se adoptan se inscriben dentro del plexo de facultades normales de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadran en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.
Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.
Que por lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 4 y 6 del Decreto Nº618/97, procede disponer en consecuencia.
Por ello, EL ADMINISTRADOR FEDERAL
DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Dar por finalizadas las funciones que le fueran asignadas oportunamente a la Abogada María Gabriela DE CASTRO Legajo Nº32.413/42 en el carácter de Directora de la Dirección Regional Oeste.
ARTICULO 2 El Director Interino de la Dirección Regional Norte Contador Público Fabio Marcelo NAVEIRA Legajo Nº35.379/98 pasará a desempeñarse en idéntico carácter en la Dirección Regional Oeste.
ARTICULO 3 Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y archívese. RICARDO ECHEGARAY, Administrador Federal.
e. 20/09/2012 Nº97681/12 v. 20/09/2012

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS
SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
Disposición Nº330/2012
S/finalización de funciones y designación de Jefaturas Interinas en jurisdicción de la Dirección General Impositiva.
Bs. As., 18/9/2012
VISTO las presentes actuaciones, y CONSIDERANDO:
Que por las mismas, la Subdirección General de Operaciones Impositivas Metropolitanas gestiona dar por finalizadas funciones y designar a diversos agentes en el carácter de Jefes Interinos de Unidades de Estructura en el ámbito de su jurisdicción.
Que el artículo 6, inciso 1 b del Decreto Nº618/97, otorga al Administrador Federal la facultad de organizar y reglamentar el funcionamiento interno del Organismo en sus aspectos estructurales, funcionales y de administración de personal, siendo competencia del mismo la evaluación de la oportunidad, mérito o conveniencia del ejercicio de dichas atribuciones y/o facultades discrecionales.
Que dichas potestades poseen una particular relevancia institucional en el caso de la Administración Federal de Ingresos Públicos, en sazón de la función estratégica del servicio Art. 4 C.N.
que se le ha encomendado por imperativo legal Decretos Nros. 1156/96, 618/97 y 1399/01, consistente en la gestión de las políticas tributarias, fiscales y aduaneras del Estado Nacional.
Que la medida respeta la estabilidad que gozan los agentes de que se trata como personal permanente de este Organismo, atento a que de acuerdo a lo que prescribe el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo - Laudo Nº15/91 t.o. Resolución S.T. Nº925/10, la estabilidad implica la posibilidad cierta de conservar el empleo y nivel alcanzado en el escalafón, calidad que en el presente acto se mantiene estrictamente.

BOLETIN OFICIAL Nº 32.485

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Que al estar receptada en la normativa legal y convencional vigente, la asignación y finalización de funciones forma parte de la actividad habitual de este Organismo y en tal sentido ha sido respaldada por vasta jurisprudencia administrativa y judicial.
Que la Procuración del Tesoro de la Nación tiene dicho al respecto que El derecho a la estabilidad en el empleo público, no se extiende a la función que desempeñe el agente, por consiguiente, no existe en principio por parte de aquél, derecho al desempeño de una tarea determinada, pudiendo atribuírsele distintas funciones. No obstante, las que se le asignen deben guardar relación, indefectiblemente, con las tareas propias del nivel escalafonario por él alcanzado, constituyendo tal modificación de funciones, una facultad del superior jerárquico Dict. PTN, 259:244.
Que en ese orden el Alto Cuerpo Asesor se expidió en reiteradas oportunidades en el sentido de que la estabilidad del empleado no implica, en principio y dentro de ciertos límites, que no puedan variarse las modalidades de la prestación de los servicios, con la eventual incidencia que puedan tener en las retribuciones no permanentes.
Que de lo antes expuesto surge que la medida que se adopta se inscribe dentro del plexo de facultades normales, de organización que posee esta Administración Federal y que, por consiguiente, encuadra en el ámbito de discrecionalidad propia de la función.
Que la presente medida cuenta con la conformidad de la Dirección General Impositiva.
Que en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Disposición Nº487/07 AFIP, procede disponer en consecuencia.
Por ello, LA SUBDIRECTORA GENERAL
DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS
DISPONE:
ARTICULO 1 Dar por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a los agentes que más abajo se detallan, en el carácter de Jefes de la Unidad de Estructura que en cada caso se indica, en jurisdicción de la Dirección Regional Oeste:
NOMBRES Y APELLIDO
Cont. Púb. Juan Alberto GONZALEZ
Legajo Nº28.661/54
Cont. Púb. María del Carmen BORRESCIO
Legajo Nº24.866/84

UNIDAD DE ESTRUCTURA
AGENCIA Nº14
DIVISION REVISION Y RECURSOS

ARTICULO 2 Dar por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a los agentes que más abajo se detallan, en el carácter de Jefes Interinos de la Unidad de Estructura que en cada caso se indica, en jurisdicción de la Dirección Regional Oeste:
NOMBRES Y APELLIDO
Cont. Púb. Gabriela Mara BELLEDI
Legajo Nº34.210/07
Cont. Púb. Viviana Leonor KOVAL
Legajo Nº36.509/54
Cont. Púb. Santiago GONZALEZ
Legajo Nº27.451/09
Cont. Púb. Ernesto Luis SERBER Legajo Nº22.508/86
Cont. Púb. Roberto Horacio VIEU
Legajo Nº38.875/42
Cont. Púb. Zulma Beatriz WILDE de SCHMIDT
Legajo Nº21.798/97
Abog. María Laura MICHEL ESQUIU de CANDIA
Legajo Nº27.709/71
Lic. Claudio César CRESPI
Legajo Nº39.587/58
Antonio José TOSCANO
Legajo Nº31.593/23

UNIDAD DE ESTRUCTURA
AGENCIA Nº15
DIVISION FISCALIZACION Nº1
DIVISION FISCALIZACION Nº3
DIVISION FISCALIZACION Nº5
DIVISION GESTIONES Y DEVOLUCIONES
DIVISION INVESTIGACION
DIVISION JURIDICA
SECCION ADMINISTRATIVA
SECCION INFORMATICA

ARTICULO 3 Dar por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a los agentes que más abajo se detallan, en el carácter de Supervisores Interinos de los Equipos que en cada caso se indica, en el ámbito de la Dirección Regional Oeste:
NOMBRES Y APELLIDO
Cont. Púb. Alfredo Eduardo MENICUCCI
Legajo Nº33.092/86
Cont. Púb. Juan Pablo MACKEPRANG
Legajo Nº32.549/59
Cont. Púb. Rosana Mabel NUDEL
Legajo Nº29.976/69
Cont. Púb. Enrique Albano RECART
Legajo Nº26.271/97
Cont. Púb. María Asunción SOBRADO FERNANDEZ
Legajo Nº32.620/45

EQUIPO
2 A DIVISION FISCALIZACION Nº2
2 B DIVISION FISCALIZACION Nº2
3 B DIVISION FISCALIZACION Nº3
3 C DIVISION FISCALIZACION Nº3
D DIVISION INVESTIGACION

ARTICULO 4 Dar por finalizadas las funciones que les fueran asignadas oportunamente a los agentes que más abajo se detallan, en el carácter de Jefes Interinos de la Unidad de Estructura que en cada caso se indica, en jurisdicción de la Dirección Regional Norte:
NOMBRES Y APELLIDO
Cont. Púb. Marcela Marta LANZON
Legajo Nº29.704/45
Cont. Púb. Marcela Andrea LANZA
Legajo Nº32.537/14
Cont. Púb. Hernán BARANDA
Legajo Nº40.677/65
Cont. Púb. Sergio Daniel LENCINA
Legajo Nº37.946/15
Abog. Roxana Nora VISCA BONELLI
Legajo Nº30.228/69

UNIDAD DE ESTRUCTURA
DIVISION GESTIONES Y DEVOLUCIONES
DIVISION INVESTIGACION
SECCION RECAUDACION - AGENCIA Nº66
SECCION ADMINISTRATIVA
SECCION PENAL TRIBUTARIO

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 20/09/2012 - Primera Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Primera Sección

PaysArgentine

Date20/09/2012

Page count36

Edition count9364

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