Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/7/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2021: A 100 Años de las Huelgas Obreras de la Patagonia.- Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXVI Nº 5575

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETO DEL
PODER EJECUTIVO

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Jefe de Gabinete de Ministros Sr. LEANDRO EDUARDO ZULIANI
Ministro de Gobierno Dr. LISANDRO GABRIEL DE LA TORRE
Ministro de Seguridad Lic. IGNACIO PERINCIOLI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Lic. SILVINA DEL VALLE CORDOBA
Ministra de la Producción, Comercio e Industria Dra. BARBARA DOLORES WEINZETTEL
Ministra de Desarrollo Social Dr. CLAUDIO JOSE GARCIA
Ministro de Salud y Ambiente Sr. TEODORO SEGUNDO CAMINO
Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Lic. MARIA CECILIA VELAZQUEZ
Presidente Consejo Provincial de Educación Dr. FERNANDO PABLO TANARRO
Fiscal de Estado
DECRETO N 0271
RÍO GALLEGOS, 12 de Marzo de 2021.V I S T O:
El Expediente MDS-Nº 202.689/20, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial Nº 3562 establece el objeto de promover e implementar políticas Públicas en materia de Derechos Humanos y el estudio e investigación de los mismos en la historia provincial, para la difusión y conocimiento público;
Que la vitalidad de efectivizar este tipo de acciones públicas radica en revalorizar y destacar la importancia a la memoria, verdad, justicia y la necesidad de establecer garantías para la no repetición de graves violaciones a los derechos humanos;
Que resulta un imperativo legal la mantención y reconstrucción de la Historia Argentina, mediante la promoción educativa de los hechos que sucedieron durante la práctica sistemática del terrorismo de Estado;
Que por la presente se cumple con las obligaciones de respeto, garantía y adecuación del derecho interno, correspondientes a todos los Estados Provinciales que conforman el Estado Nacional, conforme los artículos 1.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, 2.1 y 2.2 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 2.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales;
Que conforme exhaustivos instrumentos supranacionales se conciben a la verdad y la memoria como derechos inalienables de conocer acerca de los acontecimientos sucedidos en el pasado en relación con la perpetración de crímenes aberrantes y de las circunstancias y los motivos que llevaron a cometerlos mediante violaciones masivas o sistemáticas;
Que además, se trata de instrumentaciones armónicas con normas consuetudinarias, de carácter inderogables, imprescriptibles, que hace uso de conformaciones donde se representa tanto a la sociedad como a los espacios intergubernamentales para la lucha contra la impunidad y la reivindicación histórica;
Que la Provincia de Santa Cruz considera de suma importancia las políticas de Estado que tengan como principal objetivo el resguardo educacional social y moral de todos los derechos de las santacruceñas y santacruceños, implementando y llevando adelante las acciones políticas públicas promoviendo y consagrando las prerrogativas que les asiste a todas las personas por su condición de tal, entendiendo ésta como un verdadero derecho humano y que es el órgano máximo provincial quien debe velar para que ello se consagre y se revalorice, como estandarte primordial y garantizando que los mismos sean intangibles a lo largo de la historia argentina, manteniéndolo con herramientas estatales y a través de un Estado promotor y presente, para que los Derechos Humanos perduren prolongadamente en el tiempo y no se permita que aquella historia nefasta se vuelva a repetir para ningún argentino que habite el suelo del territorio nacional;
Que la Ley N 3652 en su Artículo 8º determina que el Poder Ejecutivo reglamentará dicha ley en un término de noventa 90 días a partir de la promulgación de la misma;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALJ-Nº 178/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y
Judiciales, obrante a fojas 209 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 197/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 213;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- ESTABLÉCESE La Comisión Provincial de la Memoria, funcionará en el ámbito de la Secretaría de Estado de Derechos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia de Santa Cruz, siendo esta última, la encargada de impulsar y asistir su funcionamiento y actuación, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos de la presente.Artículo 2.- ENCOMIÉNDASE a la Secretaría de Estado de Derechos Humanos a que en el plazo de ciento ochenta 180 días coordine los procedimientos necesarios para asegurar la incorporación de los as integrantes de la Comisión Provincial de la Memoria.Artículo 3.- ESTABLÉCESE que la Comisión Provincial de la Memoria podrá sesionar con la designación mínima de los representantes previstos en los incisos a b, f, g y h del artículo 4º de la Ley N 3652 debiendo efectuar las gestiones necesarias para lograr su conformación total.En el caso de que no lograrse la designación total de losas representantes señalados por el Artículo 4.- La Comisión Provincial de la Memoria pondrá a consideración de la Secretaría de Estado de Derechos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social la propuesta presupuestaria anual necesaria para su funcionamiento.DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 5.- En la primera sesión oficial de la Comisión Provincial de la Memoria se incluirá en el orden del día la directiva de comenzar con la redacción del reglamento interno que regirá su funcionamiento a partir de su aprobación.Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.Artículo 7º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 5575 DE 14 PAGINAS

Dra. KIRCHNER - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel
RÍO GALLEGOS, 13 de Julio de 2021.-

DECRETOS
SINTETIZADOS
DECRETO N 0264
RÍO GALLEGOS, 11 de Marzo de 2021.Expediente SPSE-Nº 88.688/20.CONCEDASE a partir del día 1º de abril del año 2021, el beneficio de Compensación por Desarraigo establecido mediante Decreto Nº 0638/20, a favor del Presidente de Servicios Públicos Sociedad del Estado, señor Nelson GLEADELL Clase 1964 - D.N.I Nº 16.461.012.________
DECRETO N 0265
RÍO GALLEGOS 11 de Marzo de 2021.Expediente MEFI-Nº 409.159/21.ELIMÍNASE a partir del día 1º de marzo del año 2021, en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura - SAF: 510, una 1 Categoría 24 Personal Administrativo y CRÉASE en la JURISDICCION: Ministerio de la Producción, Comercio e Industria SAF: 12, una 1 Categoría 24, de igual agrupamiento Presupuestario, de acuerdo a las facultades conferidas por la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.TRANSFIÉRASE a partir del día 1º de marzo del año 2021, a la JURISDICCIÓN: Ministerio de la Producción, Comercio e Industria SAF: 12, a la agente Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo - Categoría 24, señora Andrea Alejandra FERNANDEZ D.N.I N 28.055.452, proveniente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura - SAF: 510.________
DECRETO N 0266
RÍO GALLEGOS, 12 de Marzo de 2021.Expediente MTEySS-N 525.283/21.RATIFÍCASE en todas sus partes del Convenio Especifico suscripto en fecha 17 de febrero de 2021 entre la Administradora de Trabajo Local de la Provincia de Santa Cruz representada por el señor Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, Teodoro Segundo CAMINO y la Superintendencia de Riesgos de Trabajo SRT representada por su Gerente General el Licenciado Marcelo Néstor DOMINGUEZ, el cual como ANEXO I forma parte integrante del presente.__________
DECRETO N 0267
RÍO GALLEGOS, 12 de Marzo de 2021.Expediente LOAS-Nº 44.158/21.PASE A PLANTA PERMANENTE a partir del día

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 13/7/2021

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date13/07/2021

Page count14

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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