Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/11/2016

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2016 - Año Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la República Argentina Memoria, Verdad y Justicia.-

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
Correo Argentino RIO
GALLEGOS

OFICIAL

FRANQUEO A PAGAR
CUENTA Nº 07-0034

AÑO LXI Nº 5090

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
Río Gallegos, 15 de Noviembre de 2016.-

Dra. ALICIA MARGARITA KIRCHNER
Gobernadora Dr. FERNANDO MIGUEL BASANTA
Ministro de Gobierno Lic. JUAN FRANCO DONNINI
Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura Sra. CLAUDIA ALEJANDRA MARTINEZ
Ministra de la Secretaría General de la Gobernación Sr. LEONARDO DARIO ALVAREZ
Ministro de la Producción, Comercio e Industria Lic. MARCELA PAOLA VESSVESSIAN
Ministra de Desarrollo Social Odont. MARIA ROCIO GARCIA
Ministra de Salud y Ambiente Prof. ROBERTO LUIS BORSELLI
Presidente Consejo Provincial de Educación Dra. ANGELINA MARIA ESTHER ABBONA
Fiscal de Estado
lidades, a fin de evaluar y fortalecer la continuidad, calidad, y contenidos en el proceso de enseñanza, ello en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Capítulo II Fines y Objetivos de la Política Educativa Provincial de la Ley 3305.
Artículo 2.- CRÉASE una Mesa de Trabajo integrada por tres 3 representantes del Consejo Provincial de Educación, que serán designados por el Poder Ejecutivo Provincial, y cinco 5 Legisladores representantes del Poder Legislativo, que serán designados por dicho Honorable Cuerpo garantizando la representatividad de las minorías parlamentarias.
Serán invitados a integrar la misma, representantes de los docentes, padres de alumnos, centros de estudiantes, cámaras empresariales, representantes de las distintas Iglesias y distintos organismos comprometidos con la temática.
Artículo 3.- La Mesa de Trabajo creada en el artículo precedente, deberá convocar a reuniones públicas ampliamente difundidas en todo el ámbito de la Provincia, garantizando la participación efectiva de todas las jurisdicciones Municipales y Comisiones de Fomento para concertar las bases y lineamientos del acuerdo.
La Mesa de Trabajo deberá emitir su reglamento interno de funcionamiento.
Artículo 4.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 13 de Octubre de 2016.-

LEYES
LEY Nº 3497
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
FIESTA PROVINCIAL DEPORTIVA
DE PESCA DEL SALMÓN
EN LAGO CARDIEL
Artículo 1.- ESTABLÉCESE como Fiesta Provincial de la Pesca Deportiva del Salmón en Lago Cardiel, a la Fiesta del Salmón que se lleva a cabo en conmemoración a los festejos del Aniversario de la localidad de Gobernador Gregores en los días de Semana Santa.
Artículo 2.- INSTITÚYESE como Capital Provincial de la Fiesta de la Pesca Deportiva del Salmón en Lago Cardiel, a la localidad de Gobernador Gregores, provincia de Santa Cruz.
Artículo 3.- El Departamento Ejecutivo Municipal de Gobernador Gregores, designará la Comisión a cargo de dicho evento y los días a llevarse a cabo.
Artículo 4.- INCLÚYESE a la Fiesta Provincial de la Pesca Deportiva del Salmón en Lago Cardiel, en el cronograma de Fiestas de la Provincia de Santa Cruz.
Artículo 5.- La Autoridad de Aplicación será la Secretaría de Estado de Turismo de la Provincia de Santa Cruz.
Artículo 6.- La Fiesta Provincial de la Pesca Deportiva del Salmón, podrá ser organizada y financiada por Instituciones Oficiales u Organizaciones No Gubernamentales, pudiendo recibir subsidios de organismos municipales, provinciales o nacionales, así como aportes del sector privado.
Artículo 7.- COMUNIQUESE al Poder Ejecutivo Provincial, dése al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.DADA EN SALA DE SESIONES: RÍO GALLEGOS; 13 de Octubre de 2016.JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 2155
RIO GALLEGOS, 04 de Noviembre de 2016.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de octubre del año 2016; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se ESTABLECE como Fiesta Provincial de la Pesca Deportiva del Salmón en Lago Cardiel a la Fiesta del Salmón que se lleva a cabo en conmemoración del aniversario de la localidad de Gobernador Gregores cfr. Artículo 1;
Que el Artículo 5 establece que la Secretaría de Estado y Turismo de la Provincia de Santa Cruz será la
ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
b.o. nº 5090 DE 12 PAGINAS

autoridad de aplicación del texto sancionado;
Que teniendo en cuenta las competencias de dicho organismo y la mayor experiencia del municipio en la organización del evento, podrá la autoridad de aplicación celebrar con la comuna los convenios y acuerdos que resulten necesarios para la realización del festejo;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 1355/16, emitida por la Secretaría legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1.- PROMÚLGASE bajo el N 3497 la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de octubre del año 2016, mediante la cual se ESTABLECE como Fiesta Provincial de la Pesca Deportiva del Salmón en Lago Cardiel a la Fiesta del Salmón que se lleva a cabo en conmemoración del aniversario de la localidad de Gobernador Gregores, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Producción, Comercio e Industria. Artículo 3.- Cúmplase, Comuníquese, Publíquese, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Dra. KIRCHNER - Sr. Leonardo Dario Alvarez _________
LEY Nº 3498
El Poder Legislativo de la Provincia de Santa Cruz Sanciona con Fuerza de:
LEY
ACUERDO SOCIAL EDUCATIVO
Artículo 1.- CONVÓCASE a la celebración de un Acuerdo Social Educativo entre todos los actores que participan e intervienen en la Educación Pública y Privada Provincial en sus distintos niveles y moda-

JOSE RAMON BODLOVIC
Vicepresidente 1º Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz PABLO ENRIQUE NOGUERA
Secretario General Honorable Cámara de Diputados Provincia de Santa Cruz DECRETO Nº 2156
RIO GALLEGOS, 04 de Noviembre de 2016.VISTO:
La Ley sancionada por la Honorable Cámara de Diputados en Sesión Ordinaria de fecha 13 de octubre del año 2016; y CONSIDERANDO:
Que mediante la citada ley, se CONVOCA a la celebración de un Acuerdo Social Educativo entre todos los actores que participan e intervienen en la Educación Pública y Privada Provincial en sus distintos niveles y modalidades, a fin de evaluar y fortalecer la continuidad, calidad y contenidos en el proceso de enseñanza, ello en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el Capítulo II Fines y Objetivos de la Política Educativa Provincial de la Ley 3305;
Que de acuerdo a las atribuciones conferidas por los Artículos 106 y 119 de la Constitución Provincial, corresponde a este Poder Ejecutivo proceder a su promulgación;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-N 1349/16, emitida por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA:
Artículo 1º.- PROMÚLGASE bajo el N 3498
la Ley sancionada por la Honorable Cámara de Di-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 15/11/2016

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date15/11/2016

Page count12

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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