Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/10/2010

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

2010 - AÑO HOMENAJE AL BICENTENARIO DE LA REVOLUCION DE MAYO

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
Ministerio de la Secretaría General de la Gobernación
BOLETIN
CORREO
ARGENTINO
RIO
G ALLEG OS

FRANQU EO A PAG AR
CUEN TA Nº 07-0034

AÑO LV Nº 4436

DECRETOS DEL
PODER EJECUTIVO

Sr. DANIEL ROMAN PERALTA
G ober nador Dr. PAB LO G ERARDO G ONZALEZ
Mini stro de la Jef a tura de G abine te de Minist ros Sr. CARLOS ALB ERTO B ARRETO
Mini stro d e G obi erno Ingº. G USTAVO ERNESTO MARTINEZ
Min istro de la Secr etaría G ene ral de la G oberna ción C.P. DIEG O LEONARDO ROB LES
Minist ro de Econ omía y Obr as Públi cas Sr. HORACIO MATIAS MAZU
Mini stro de Asunt os Soci ales Ingº. JAIME HORACIO ALVAREZ
Mini stro d e la Producc ión Prof . ROB ERTO LUIS BORSELLI
Pr es id en t e de l Co nse jo Pro vin cia l d e E duc aci ón Dr. CARLOS J AVIER RAMOS
Fiscal de Estado
RIO GALLEGOS, 23 de Junio de 2010.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- SUSTITUIR, el Anexo II - Aporte Económico No Reintegrable del Decreto Nº 2278/07
por el ANEXO II que forma parte integrante del presente, en el cual se divide por Zonas y Departamentos Provinciales, con los montos correspondientes actuali zados.Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3º.- PASE al Consejo Agrario Provincial a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.Sr. PERALTA-C.P. Diego Leonardo Robles ANEXO II
APORTE ECONOMICO NO REINTEGRABLE
Zona Norte Departamentos: Lago Buenos Aires - Deseado.-

DIREC CION GEN ERAL BOLETIN OFICIAL E IMPRENTA
RENE AUGUSTO C ARCAMO
DIRECTOR GENERAL

PUBLICACION BISEMANAL Martes y Jueves
DECRETO Nº 1466

VIS T O:
El Expediente CAP-Nº 484.954/07, iniciado por el Consejo Agrario Provincial, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONS IDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 2278/07, se creó el Programa de Fomento para Captación de Aguas Subterráneas con Fines Productivos en la Provincia de Santa Cruz y se aprobó la reglamentación que figura como ANEXO A en forma conjunta con sus Anexos Complementarios II III IV V VI
VII VIII IX X XI, en el marco de la Ley Nº 1451 de Aguas Públicas Provinciales No Marítimas;
Que debido a las grandes extensiones territoriales de la Provincia de Santa Cruz, hace que sus suelos sean heterogéneos y con distintos grados de complejidad para llevar adelante las perforaciones tendientes de aguas subterráneas;
Que el aumento en el precio del combustible hace que varíe drásticamente el valor de los costos operativos, ya que la mayoría de las empresas prestatarias de los servicios de perforación es que se encuentran inscriptas en la Dirección Provincial de Recursos Hídricos tienen como asiento permanente la ciudad de Río Gallegos y deben trasladarse por todo el vasto territorio provincial;
Que por las razones expu estas resulta necesario determinar el monto de las erogaciones resultando imprescindible modificar y adecuar las pautas fijadas en el Anexo II - Aporte Económico No Reintegrable, el cual integra el ANEXO A del Decreto antes aludido;
Por ello y atento al Dictamen AL-Nº 126/10, emitido por Asesoría Letrada;

OFICIAL

PERFORACIÓN ENTUBADA EN CUATRO
PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS QUINIENTOS CINCUENTA $ 550.-
PERFORACIÓN ENTUBADA EN SEIS PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS SETECIENTOSTREINTA Y CINCO $ 735.PERFORACIÓN ENTUBADA EN
OCHO PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS NOVECIENTOS DIECIOCHO $ 918.-
Zona Centro Departamentos: Magallanes - Río Chico Corpen Aike - Lago Argentino Corpen Aike: Hasta la margen Norte del Río Santa Cruz Lago Argentino: Hasta la margen Norte del Río Santa Cruz y margen Norte del Lago Argentino PERFORACIÓN ENTUBADA EN
CUATRO PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS CUATROCIENTOS SETENTAY DOS $ 472.-
PERFORACIÓN ENTUBADA EN SEIS
PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS SEISCIENTOS TREINTA $ 630.-
PERFORACIÓN ENTUBADA EN OCHO PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS SETECIENTOS OCHENTAY SIETE $ 787.-
Zona Sur Departamentos: Lago Argentino, Corpen Aike y Ger Aike.Lago Argentino: Hasta la margen Sur del Río Santa Cruz Corpen Aike: Hasta la margen Sur del Río Santa Cruz PERFORACIÓN ENTUBADA EN CUATRO PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS CUATROCIENTOS NUEVE $ 409.-
PERFORACIÓN ENTUBADA EN SEIS PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS QUINIENTOS CUARENTAY SEIS $ 546.-
PERFORACIÓN ENTUBADA EN OCHO PULGADAS DE DIAMETRO
PESOS SEISCIENTOS OCHENTAY DOS $ 682.-

ES COPIA FIEL DEL ORIGINAL
B.O. Nº 4436 DE 20S PAGINAS

RIO GALLEGOS, 19 de Octubre de 2010.-

DECRETO Nº 1481

RIO GALLEGOS, 28 de Junio de 2010.VIS T O:
El Expediente MEOP-Nº 413.843/10, elevado por el Ministerio de Economía y Obras Públicas; y CONS IDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar el Convenio de Complementación de Servicios suscripto con fecha 26 de febrero del año 2010, entre la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derech os Hu manos , represent ada p or el s eñ or Subdirector Nacional, Doctor Miguel Ángel GALLARDO por una parte y por la otra el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas, Contador Público Diego Leonardo ROBLES, el cual forma parte integrante del presente;
Que el objeto del mismo es establecer lineamientos para la liquidación, percepción, depósito y rendición del impuesto a los sellos por parte de los encargados de los Registros Seccionales de la Propiedad del Automotor y con competencia exclusiva en motovehículos;
Por ello y atento al Dictamen CAJ-Nº 110/10, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 6 y a Nota SLyT-Nº 887/10, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 11;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A:
Artículo 1º.- RATIFICAR en todos sus términos el Conv enio de Comp lemen taci ón d e Servicios suscripto con fecha 26 de febrero del año 2010, entre la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, dependiente del Ministerio de Justicia, Seguridad y Derech os Hu manos , represent ada p or el s eñ or Subdirector Nacional, Doctor Miguel Ángel GALLARDO por una parte, y por la otra el Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Ministro de Economía y Obras Públicas, Contador Público Diego Leonardo ROBLES, el cual forma parte integrante del presente.Artículo 2.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía y Obras Públicas.Artículo 3.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, al Ministerio de Economía y Obras Públicas quien remitirá copia del presente ante quien correspo nda a sus efectos, tomen cono cimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.Sr. PERALTA-C.P. Diego Leonardo Robles ________
DECRETO Nº 1482
RIO GALLEGOS, 28 de Junio de 2010.VIS T O:
El Expediente MEOP-Nº 413.842/10, elevado por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz del 19/10/2010

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz

PaysArgentine

Date19/10/2010

Page count20

Edition count1654

Première édition19/02/2002

Dernière édition21/03/2023

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