Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2023 - 4º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

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1983/2023 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
CONCESIONES, LICITACIONES, SERVICIOS PÚBLICOS Y
CONTRATACIONES EN GENERAL

cepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO 3º.- CITESE, EMPPLACESE, PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. MARIA DANIELA FIGUEROA Jefatura de Area requerimientos de la Direccion de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 999/18. R.G. 2187/21. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 484824 - s/c - 05/10/2023 - BOE

DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS.
RESOLUCIÓN DJGD 000421/2023. Córdoba, 25 de septiembre 2023. VISTO: Que la citación del deudor debidamente diligenciadas en el marco del proceso de Ejecución Fiscal Administrativa con Control Judicial - ley 9024 y sus modificatorias al contribuyente demandado en el expediente judicial Nº 10701010, en los autos caratulados DIRECCION GENERAL DE RENTAS C/
SUCESION INDIVISA DE LORENZATO EDUARDO ALFREDO - PROCEDIMIENTO DE EJECUCION FISCAL ADMINISTRATIVA - EE no se han podido practicar en virtud de las constancias incorporadas en autos.Y CONSIDERANDO: Que resulta imperioso resguardar los derechos del Fisco de la Provincia de Córdoba; lo preceptuado por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O.
2021 por decreto 290/2021, y la ley 9024 con sus modificatorias, en orden a la necesidad de proceder a la notificación de la demanda y/u otros proveídos por los medios legalmente predispuestos con el alcance determinado por la normativa aplicable.Que como regla el Artículo 4 de la ley 9024, establece que, resultando infructuosos los medios de notificación previstos en el mismo, sin más trámite se citará por edictos que se publicarán durante un 1 día únicamente en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba.Que de acuerdo al criterio emanado del Juzgado, Secretaria Común de Ejecuciones Fiscales de Córdoba, se ha dispuesto que la publicación sea realizada por cinco 5 días en el Boletín Oficial de acuerdo a lo previsto por el Artículo 152 y 165 CPCyC
de Cba, que regulan la notificación a personas inciertas.Que el artículo 165 del Código de Procedimiento Civil y Comercial de la Provincia de Córdoba establece que la citación o el emplazamiento se practicarán por edictos cuando no fuere conocido el domicilio de la parte que haya de ser citada o fuera incierto, los que se publicarán cinco veces, en tanto que el emplazamiento será por veinte días y correrá desde el último día de su publicación. POR ELLO atento las facultades y funciones acordadas por los artículos 19, 22 y 23 del Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2021 por decreto 290/2021, RG 2164/19 y Dcto. 567/21. EL DIRECTOR DE JURISDICCION DE GESTION COACTIVA
DE LA DEUDA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS. R E S U E L
V E: ARTÍCULO 1º.-HACER SABER al Contribuyente SUCESION INDIVISA
DE LORENZATO EDUARDO ALFREDO CUIT 20-12846887-1, que en el/la JUZGADO MULTIPLE - SEC.C.C.C.Y FLIA - CURA BROCHERO de la ciudad de CURA BROCHERO, sito en Pérez Bulnes 211 SECRETARIA AGUIRRE
Silvana De Las Mercedes, se ha dictado la siguiente resolución: CURA BROCHERO, 15/05/2023. Por presentado, por parte en el carácter invocado, y con el domicilio constituido. Por iniciada demanda ejecutiva fiscal. Cítese y emplácese a los sucesores de Eduardo Alfredo Lorenzato, por edictos a publicarse
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

AÑO CX - TOMO DCCV - Nº 187
CORDOBA, R.A. VIERNES 29 DE SEPTIEMBRE DE 2023
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

en el Boletín Oficial, para que dentro del plazo de veinte días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Líbrese sin más trámite mandamiento de ejecución y embargo por la cantidad reclamada con más el 30%, en que se estiman provisoriamente, intereses y costas. Cítese de remate a los accionados con las prevenciones de ley para que dentro del plazo de tres días posteriores al vencimiento de aquél comparendo opongan legítimas excepciones, bajo apercibimiento de llevar adelante la ejecución.. Téngase presente la reserva solicitada. Notifíquese. Texto Firmado digitalmente por: AGUIRRE Silvana De Las Mercedes - SECRETARIO/A JUZGADO 1RA. INSTANCIA.- ARTÍCULO 2º.- NOTIFICAR al contribuyente o quien resulte actualmente titular de las obligaciones tributarias donde el Fisco de la Provincia de Córdoba demanda por el cobro del impuesto MULTIOBJETO, Número de Cuenta/Dominio/Rol-Inscripción: JXP416 - 280305185721 - 280328523691 - AC156PZ , LIQUIDACIÓN JUDICIAL N 500015462022 , por la suma de CIENTO DOCE
MIL OCHOCIENTOS UN CON VEINTITRES CENTAVOS $ 112.801,23 por los períodos: JXP416: 2020/1-2020/10-2020/11-2020/12-2020/2-2020/3-2020/42020/5-2020/6-2020/7-2020/8-2020/9; 280305185721: 2020/1-2020/102020/11-2020/12-2020/2-2020/3-2020/4-2020/5-2020/6-2020/7-2020/82020/9-2021/1-2021/2-2021/3-2021/4-2021/5-2021/6; 280328523691:
2019/1-2019/10-2019/11-2019/12-2019/2-2019/3-2019/4-2019/5-2019/6-2019/72019/8-2019/9-2020/1-2020/10-2020/11-2020/12-2020/2-2020/3-2020/4-2020/5-2020/6-2020/7-2020/8-2020/9-2021/1-2021/2-2021/3-2021/4-2021/5-2021/6;
AC156PZ: 2020/1-2020/10-2020/11-2020/12-2020/2-2020/3-2020/4-2020/52020/6-2020/7-2020/8-2020/9-2021/1-2021/2-2021/3-2021/4-2021/5-2021/6-, para que en el término de veinte 20 días a partir de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial, cancele la deuda reclamada, con más los intereses y costas previstos por el Código Tributario Provincial ley 6006 T.O. 2021 por decreto 290/2021 y ley 9024 con sus modificatorias, o acredite el pago o, en su caso, oponga excepciones admisibles, bajo apercibimiento de quedar expedita la ejecución, de conformidad a lo dispuesto por ley 9024 y sus modificatorias y proseguir dicha ejecución hasta el completo pago de lo adeudado. ARTÍCULO
3º.- CITESE, EMPPLACESE, PROTOCOLÍCESE, PUBLÍQUESE en el BOLETÍN OFICIAL y ARCHÍVESE. Fdo: AB. MARIA DANIELA FIGUEROA Jefatura de Area requerimientos de la Direccion de Jurisdiccion de Gestion Coactiva de la Deuda. Dto 999/18. R.G. 2187/21. Dirección General de Rentas. Ciudad de Córdoba. Provincia de Córdoba.
5 días - Nº 484825 - s/c - 05/10/2023 - BOE

MINISTERIO DE GOBIERNO Y SEGURIDAD
Expte. Digital N 0423-064914/2023. A los fines previstos en el artículo 40 del Decreto 2259/75, modificado por Decreto 1531/88, la Esc. Gral. De Gobierno ha FIJADO AUDIENCIA para el día 18 de octubre de 2023, a las 11:00 hs, en el Salón Auditorio del Centro Cívico - Rosario Santa Fe N 650, Planta Baja, Córdoba. CITESE bajo apercibimiento de ley, a los aspirantes a cubrir Registros Notariales mediante edictos que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el plazo de tres 3 días. Córdoba, 28 de setiembre de 2023. firmado Cecilia LARREY -Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales del Ministerio de Gobierno y Seguridad 3 días - Nº 484854 - s/c - 03/10/2023 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 30/09/2023 - 4º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 4º Sección (Concesiones - Licitaciones)

PaysArgentine

Date30/09/2023

Page count51

Edition count3969

Première édition01/02/2006

Dernière édition11/05/2024

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