Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/12/2021 - 2º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

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Año del Bicentenario de la Constitución de Córdoba AÑO CVIII - TOMO DCLXXXIV - Nº 251
CORDOBA, R.A., LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

JUDICIALES

del año 2018. 5 Costas a cargo de los actores. 6 Regular provisoriamente los honorarios de los Dres. José María Gonella y Nadine Beni en conjunto y proporción de ley, en la suma de pesos cincuenta y ocho mil novecientos treinta con veinte centavos $ 58.930,20, a cargo de los actores y hasta tanto se determine la base económica definitiva. Y los honorarios profesionales del Dr. Alejandro Darío Actis, regularlos en la suma de pesos once mil setecientos ochenta y seis con cuatro centavos $ 11.786,04. A dicho importe debe adicionársele el IVA, en caso de corresponder. PROTOCOLICESE, HÁGASE
SABER Y DÉSE COPIA. Fdo. Guiguet Valeria Cecilia, jueza de primera instancia.10 días - Nº 352882 - s/c - 03/01/2022 - BOE

El señor Juez de 1 Inst. Civil, Comercial y Flia.
1A. NOM de Villa Dolores, secretaría N 1 a cargo del Dr. Rodriguez, Gustavo José, en autos:
SUCESORES DE SUAREZ, PEDRO MARTIN
Y OTRO USUCAPION, Expte. 1243587, ha dictado la siguiente resolución: SENTENCIA
NUMERO 142. VILLA DOLORES, 01/12/2021. Y
VISTOS: Y CONSIDERANDO: RESUELVO:
1 Hacer lugar a la demanda instaurada en todas su partes y, en consecuencia, declarar adquirido por prescripción veinteñal, a Pedro Martín Suarez, hoy su sucesión, D.N.I. N 11.205.436, C.U.I.T/L. N 20-11205436-8, argentino, nacido el 15 de Junio de 1954, casado con la Sra. Mirta Isabel Cuchmeruk, con domicilio en calle Guasmara N 857, Villa Las Rosas, Departamento San Javier, Provincia de Córdoba, en proporción del cien por ciento 100%, el derecho real de dominio artículos 1887 -inc. ay 1941 del C.C.C., sobre el inmueble que se describe como: Lote ubicado en el Departamento San Javier, Pedanía Las Rosas, designado como LOTE 251-7088, Nomenclatura Catastral Depto: 029, Ped: 05, Hoja:
251, Parcela: 7088, constituido por un polígono irregular de 13 vértices y lados con las siguientes dimensiones: Partiendo de vértice A con ángulo de 7010 con rumbo SO hasta el vértice B mide 92,39 m lado A-B, lindando con Calle Pública.
Sigue vértice B con ángulo de 10950 hasta el vértice C mide 212,66 m lado B-C, lindando con Calle Vecinal Ocupada por sucesores de Gaspar Gutierrez. A continuación, vértice C con
ángulo de 26419 hasta el vértice D mide 17,81
m lado C-D, vértice D con ángulo de 10405
hasta el vértice E mide 103,11 m lado D-E, lindando con Calle Vecinal Ocupada por Florencia Cintia Groenewold. Luego vértice E con ángulo de 6447 hasta el vértice F mide 9,24 m lado E-F, vértice F con ángulo de 20648 hasta el vértice G mide 13,99 m lado F-G, vértice G con ángulo de 17816 hasta el vértice H mide 32,51
m lado G-H, vértice H con ángulo de 19735
hasta el vértice I mide 13,61 m lado H-I, vértice I con ángulo de 16640 hasta el vértice J
mide 11,44 m lado I-J, lindando con Rosa Ladi Estela Guardia y Morado, Nilda Raquel Guardia y Morado, Carlos Eduardo Guardia y Morado, Julia Morado de Guardia.Continúa vértice J con ángulo de 8625 hasta el vértice K mide 83,86
m lado J-K, lindando con Parcela sin designación de Jorge Carlos Maldonado y Walter Ariel Maldonado. Finalmente, vértice K con ángulo de 17007 hasta el vértice L mide 194,88 m lado K-L, vértice L con ángulo de 26436 hasta el vértice M mide 31,98 m lado L-M, vértice M con ángulo de 9623 hasta el vértice A mide 79,32 m lado M-A, lindando con Ocupación de Suc. De Vicente Botini - Parc. S/Desig. cerrándose así el polígono. La superficie es de 2 Ha 3410,11 m2..Del Plano de Mensura del inmueble objeto del presente fs. 02, realizado por el Agrimensor Nacional Carlos M. U. Granada, Matricula Prof.
1261/1, visado y debidamente aprobado por la Dirección General de Catastro de la Provincia de Córdoba, para juicio de usucapión con fecha 07
de Julio de 2006, bajo Expte. N 0033-07.965/06
y del informe N 6303 fs. 89/90 se desprende:
1. Que consultados los registros obrantes en la repartición no surgen afectados derechos fiscales de propiedad. 2. Que conforme surge de la información suministrada por el Departamento Interior de esta Repartición a fs.5/15, de los informes acompañados por el Distrito Catastral N 11 de la ciudad de Villa Dolores a fs.23 y 52/62 y del emitido por la Sección Información y Referenciación a fs.51, con la presente acción de usucapión se afectan en forma parcial, tres fracciones de terreno que se designan como sigue: Lotes a y b, provenientes de la subdivisión privada de una mayor superficie del inmueble descripto al punto de inventario N 35, inscriptos
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

en el Registro General de la Provincia a nombre de Rosalía Ramirez de Guardia, bajo el Dominio N 23, F 14 vta., T 1 del año 1924 y Lote c.
inscripto a nombre de Rosa Ladi Estela Guardia y Morado, Nilda Raquel Guardia y Morado, Carlos Eduardo Guardia y Morado y Julia Morado de Guardia, bajo el Dominio N 829, F 1213., T 5
del año 1988. 3. Que a los fines impositivos, de conformidad con los informes de la Delegación de fs. 23 y 52/62, con el inmueble objeto de la presente acción se afectan los siguientes empadronamientos: Cuentas N 2902-0146132/2 y N
2902-0146133/1, ambas a nombre de Rosalía Ramirez de Guardia, con domicilio tributario en calle México N 224 de la ciudad de Villa Dolores y Cuenta N 2902-2342395/5, a nombre de Carlos Lino Altamirano, con domicilio en calle pública s/n de la localidad de Villa Las Rosas, empadronamiento que surge por Declaración Jurada - Expte.0033-041315/00.- Finalmente en cuanto a la parcela afectada designada como Lote c, el mismo de conformidad con lo informado por la citada Delegación, carece de empadronamiento tributario.- 2 A mérito de lo dispuesto por el artículo 1905 del C.C.C., fijar como fecha en la que se produjo la adquisición del derecho real en el día el día 16 de Julio de 2012 . - 3 Ordenar la publicación de edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por el término de diez 10 días a intervalos regulares dentro de un período de treinta 30 días arts. 790 y 783 del C. de P.C.
- 4 Ordenar la cancelación de anotación de litis ordenadas por este Juzgado y para estos autos, al D 54, D 55 y D 56 de fecha 17/01/2019, a cuyo fin ofíciese. - 5 Ordenar la inscripción del presente decisorio en el Registro General de la Propiedad de la Provincia de Córdoba art. 789
del C. de P.C y cumplidas las demás formalidades de ley, oportunamente, oficiar a los fines de la inscripción preventiva. - 6 Imponer las costas por el orden causado artículo 130 -in finedel C.P.C.C.. - 7 Diferir la regulación de los honorarios de los letrados intervinientes para cuando sea así solicitado y exista base determinada para ello artículo 26 - contrario sensude la ley 9459. - Protocolícese, hágase saber y dése copia.- Fdo. : CUNEO, Sandra Elizabeth JUEZ/A
DE 1RA. INSTANCIA.
10 días - Nº 353100 - s/c - 06/01/2022 - BOE

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 06/12/2021 - 2º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 2º Sección (Judiciales)

PaysArgentine

Date06/12/2021

Page count56

Edition count3612

Première édition01/02/2006

Dernière édition18/05/2024

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