Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2024 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CXI - TOMO DCCIX - Nº 2
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 3 DE ENERO DE 2024
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

TRIBUNAL DE CUENTAS
Resolución N 242
Córdoba, 29 de diciembre de 2023
VISTO: El dictado del Decreto N 2444 de fecha 28 de diciembre del año 2023.
Y CONSIDERANDO:
Que, mediante el citado decreto, el Poder Ejecutivo Provincial ha dispuesto receso administrativo desde el día 02 y hasta el día de 31 de enero del año 2024, declarando a su vez inhábiles a los fines del procedimiento administrativo los días comprendidos en dicho período.

Que, dicha medida alcanza a todas las áreas de la Administración Central, determinando la mecánica de trabajo de las mismas.
Que, ante tal disposición corresponde reglar sobre el funcionamiento de este Organismo durante el mencionado período.
Que, es necesario disponer el otorgamiento de la licencia anual ordinaria al personal de la Institución, autorizando a la Presidencia de este Organismo a organizar el esquema de funcionamiento de las guardias necesarias para atender los requerimientos de las jurisdicciones y el cumplimiento de las funciones que le asisten.

Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la ley Orgánica Nº 10.930;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA, EN SESIÓN PLENARIA DE LA FECHA;
RESUELVE:

hasta el 31 de enero del año 2024, ambas inclusive, en el ámbito de este Tribunal de Cuentas.
II. DISPONER el otorgamiento de las licencias anuales ordinarias del personal, conforme las normas que las regulan, y teniendo presente lo establecido en el artículo precedente, la que deberá materializarse a partir del día 02 de enero del año 2024, con excepción del personal que resulte necesario afectar a guardias mínimas y especialmente a las áreas dependientes de la Secretaría de Fiscalización Legal.
III. AUTORIZAR que por Presidencia se establezcan las guardias necesarias para atender los requerimientos de las jurisdicciones y el cumplimiento de las funciones de este Tribunal de Cuentas.
IV. DECLARAR inhábil a los efectos de los plazos relacionados con los Procedimientos Administrativos de Rendición de Cuentas y de Determinación de Responsabilidad, el periodo establecido en el receso administrativo dispuesto en el artículo I.
V. DISPONER durante el mencionado receso, que el horario de funcionamiento de este Organismo se extenderá desde las 08:00 hs. hasta las 14:00 hs., sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo III.

VI. PROTOCOLÍCESE, hágase saber y publíquese en el Boletín Oficial.

FDO. MARÍA FERNANDA LEIVA, VOCAL SILVINA RIVERO, VOCAL LUCIA-

I. ADHERIR a lo dispuesto por el artículo 1 del Decreto N
2444/2023, disponiendo a tal efecto receso administrativo desde el 02

NA A. SIGNORINI, SECRETARIA DE FISCALIZACIÓN LEGAL BELTRAN CORVALAN, PRESIDENTE.

Resolución N 244
Córdoba, 29 de diciembre de 2023
VISTO: Los plazos constitucionales y legales impuestos a este Tribunal para informar la Cuenta de Inversión anual.
Y CONSIDERANDO:
Que, a fin de cumplimentar con los mismos se hace necesario adoptar medidas tendientes a organizar los flujos de documentación y trámites que inciden en las cifras de la Cuenta de Inversión que a este Organismo compete verificar.
Que, es necesario fijar fechas topes con fines ordenatorios, para el ingreso o reingreso de expedientes que deben ser aprobados o intervenidos, como también recomendar se extremen los recaudos para dar cumplimiento a los plazos así determinados.

Que, por otro lados, entendiendo el criterio asumido por la mayoría del cuerpo para establecer la fecha límite para el ingreso7 egreso de expedientes al Tribunal de Cuentas, la Vocal por la Minoría, Cra. Silvina Rivero no comparte dicha alternativa, ante el gran volumen de actuaciones que se suceden ante un cierre financiero, conforme el marco de la experiencia de años anteriores, considerando oportuno establecer el cierre el día 02/02/24.
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

Por ello, y las facultades previstas en el art. 23, correlativos y concordantes de la Ley N 10.930;
EL TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA
EN SESIÓN PLENARIA DE LA FECHA;
RESUELVE POR MAYORÍA:
I. ESTABLECER el día 15 de enero del año 2024 como fecha límite para reingresar a este Tribunal expedientes con trámite de intervención preventiva devueltos por objeciones o deficiencias subsanables que inciden en el ejercicio 2023.

II. ESTABLECER el día 17 de enero del año 2024 como fecha límite
para la presentación de las rendiciones de cuentas de Fondos Permanentes correspondientes al ejercicio 2023.
III. ESTABLECER el día 16 de febrero del año 2024, como fecha límite para presentar a este Tribunal los Documentos Únicos de Ejecución de Erogaciones Tipo DAC Documentos de Ajuste Contable emitidos durante el ejercicio 2023 por débitos practicados en las cuentas oficiales.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 03/01/2024 - 1º Sección

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PaysArgentine

Date03/01/2024

Page count7

Edition count4151

Première édition01/02/2006

Dernière édition30/05/2024

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