Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/05/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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Las Malvinas son argentinas AÑO CIX - TOMO DCLXXXIX - Nº 95
CORDOBA, R.A. MARTES 10 DE MAYO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

a. Asesorar al Tribunal Superior en el control de legalidad de la actividad administrativa;
b. Asesorar al Administrador General en el control de legalidad de la actividad administrativa;
c. Asesorar a la Secretaria General en el control de legalidad de la actividad administrativa;
d. Contralor de legalidad de los acuerdos y acuerdos reglamentarios previo a su firma y protocolización;
e. Dictaminar en los recursos jerárquicos planteados contra actos administrativos dictados por la Administración General o sus áreas dependientes;
f. Dictaminar en los recursos de reconsideración planteados contra los actos administrativos dictados por el Tribunal Superior;
g. Instruir los procedimientos disciplinarios del personal del Poder Judicial, de conformidad con el régimen normativo vigente;
h. Dictaminar en el procedimiento por irregularidades disciplinarias de peritos;
i. Coordinar la defensa en juicio del Poder Judicial;
j. Juramentos. Confección de actas.
k. Cumplir las demás funciones, tareas y acciones que le sean delegadas por el Tribunal Superior de Justicia, la Presidencia y/o el Administrador General.
3. MODIFICAR el artículo octavo del Acuerdo Reglamentario 916 serie A del 04/12/2007, que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 8. Dependen de la Administración General: los Directores de las Áreas de Administración, de Recursos Humanos, de Servicios Judiciales, de Modernización, de Logística Informática, de Infraestructura y de Archivo, los diferentes Jefes de cada una de las Sub Áreas, como así también otras Oficinas de apoyo no especificadas.

5. DEROGAR los artículos primero, segundo y tercero del Acuerdo Reglamentario 1186 serie A del 20/02/2014.
6. MODIFICAR el artículo tercero del Acuerdo Reglamentario 65 serie A del 25/10/1983 y modificatorios, que quedará redactado de la siguiente manera: Con las funciones previstas por las leyes y los reglamentos que dicte el Tribunal Superior de Justicia actuarán las siguientes Relatorías de Sala: a Relatoría de Sala Civil y Comercial; b Relatoría de Sala Penal; c Relatoría de Sala Laboral; d Relatoría de Sala Contencioso Administrativa y e Relatoría Electoral y de Competencia Originaria.
7. ENCOMENDAR a la Secretaría Legal y Técnica la confección y publicación de un texto ordenado de los acuerdos reglamentarios que por el presente se modifican, hasta tanto se apruebe el Digesto Justicia Córdoba.
8. PROTOCOLÍCESE y publíquese en el Boletín Oficial Electrónico.
Notifíquese a la Secretaría Legal y Técnica. Comuníquese a las Salas del Tribunal Superior, a las Áreas administrativas, a la Fiscalía General, a la Federación de Colegios de Abogados, a los Colegios de Abogados, a la Asociación de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial y a la Asociación Gremial de Empleados del Poder Judicial de Córdoba.
Con lo que terminó el acto que previa lectura y ratificación de su contenido, firman el señor Presidente y los señores Vocales con la asistencia del señor Administrador General, Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI.FDO.: SEBASTIAN CRUZ LOPEZ PEÑA, PRESIDENTE - DOMINGO JUAN SESIN, VOCAL - AIDA L. TARDITTI, VOCAL - MARIA MARTA CACERES DE BOLLATI, VO-

4. DEROGAR el artículo noveno del Acuerdo Reglamentario 916 serie A del 04/12/2007.

CAL - LUIS EUGENIO ANGULO, VOCAL - LUIS MARÍA SOSA LANZA CASTELLI, ADMINISTRADOR GENERAL

Acuerdo Reglamentario N 1759 - Serie:A
En la ciudad de Córdoba, 06/05/2022, con la Presidencia de su Titular Dr. Sebastián Cruz LOPEZ PEÑA, se reunieron para resolver los Señores Vocales del Tribunal Superior de Justicia, Dres. Aída Lucía TARDITTI, María Marta CÁCERES de BOLLATI y Luis Eugenio ANGULO, con la asistencia del Señor Administrador General, Dr. Luis María SOSA LANZA CASTELLI y ACORDARON:

Y CONSIDERANDO:

1.- Que por Ley n 10628 B.O.P. 14.6.19 la Provincia de Córdoba adhirió a la Ley Micaela de capacitación obligatoria en género para todas las personas
dar cumplimiento con lo establecido por la Ley 10628 de adhesión a la Ley nacional 27499, que fuera aprobado por Acuerdo 923/2019, serie A.

3.- Que, a la fecha, han sido dictadas las primeras dos etapas del plan de capacitación aprobado, a saber: una primera etapa correspondiente a los cursos Juzgar con perspectiva de género, destinado exclusivamente a funcionarios/as y magistrados/as; y el curso Introducción a la perspectiva de género diseñado para empleados/as del Poder Judicial; y una segunda etapa correspondiente al curso Violencia de Género contra las Mujeres.
Modalidad Doméstica destinado a magistradas/os, funcionarias/os y empleadas/os del Poder Judicial.
Cabe destacar el amplio compromiso que la temática ha suscitado en la comunidad judicial de Córdoba ya que al 30/11/2021 -según informa la Oficina de la Mujer TSJ Córdobamás del ochenta y ocho por ciento 88%
del personal judicial ha cumplido con la capacitación obligatoria. Ello, excede notablemente lo que reportan otras comunidades judiciales respecto de
que integran los tres poderes del Estado, N 27499, que establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública, en todos los niveles y jerarquías en los poderes Judicial, Ejecutivo y Legislativo.

2.- El Convenio Marco de colaboración recíproca entre el Poder Judicial de Córdoba -Tribunal Superior de Justiciay el Gobierno de la Provincia de Córdoba -Ministerio de Justicia y Derechos Humanoscon la finalidad de
sus agentes.
4.- Que, en esta instancia de implementación, dado el nivel de formación del personal del Poder Judicial de Córdoba, resulta necesario dictar una actualización.

El nuevo material titulado Introducción a conceptos y perspectivas sobre identidad de género expresión de género y orientación sexual lo diseñó la OM CSJN en base a los materiales del Taller virtual sobre
Y VISTO: Lo resuelto por el Acuerdo Reglamentario 1610 serie A del 07/02/2020 que dispuso -entre otras cuestiones-: TOMAR RAZÓN del contenido curricular del Plan de Capacitación Ley Micaela para integrantes del Poder Judicial de la Provincia de Córdoba que como ANEXO ÚNICO
forma parte integrante del presente cfr. artículo 1 del Reglamento citado.

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 10/05/2022 - 1º Sección

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PaysArgentine

Date10/05/2022

Page count10

Edition count4159

Première édition01/02/2006

Dernière édition12/06/2024

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