Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/03/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 59
CORDOBA, R.A. LUNES 21 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

fundamentales.
Que atendiendo a las experiencias recogidas en el desarrollo del Programa creado por la Resolución N 497/2010 y su formato de escolarización diferente, integrados a los formatos existentes, que garantizan a los jóvenes el acceso a los bienes culturales, se considera valioso replicar la oferta formativa en el ámbito de la formación profesional.
Por ello, y facultades que le son propias
mento que como Anexo I, compuesto de una 1 foja se acompaña al presente instrumento legal.

EL MINISTRO DE EDUCACIÓN
RESUELVE:

ART. 5. ESTABLECER que la presente propuesta se aplicará en las Sedes del Programa P.I.T en las escuelas técnicas que se detallan en el ANEXO II compuesto de una 1 foja.

ART. 1. APROBAR la implementación de la propuesta formativa de Educación Secundaria con Formación Profesional de 4 Años Nivel I-II-III
y IV para jóvenes de catorce 14 a diecisiete 17 años de edad que han abandonado o no iniciaron la escuela secundaria, con la finalidad que lo mismos puedan completar la Educación Secundaria obligatoria, conforme se detalla en el Anexo I compuesto de una 1 foja, en el marco del Programa de Inclusión y Terminalidad de la Educación Secundaria para Jóvenes de 14 a 17 años aprobado por Resolución N 497/2010
ART. 2. ESTABLECER como condiciones para inscribirse e iniciar el Nivel I:
Edad mínima de catorce 14 años y edad máxima de diecisiete 17 años, cumplidas ambas al treinta 30 de junio del año calendario correspondiente a cada ciclo lectivo.
Acreditar el nivel de Educación Primaria completo.
No haber estado matriculado durante el año inmediato anterior, a su ingreso en la escuela secundaria con Formación Profesional y/o se haya visto interrumpida su trayectoria escolar por razones culturales, salud, traslado y/u otras.

ART. 3. APROBAR la propuesta curricular desarrollada en el docu-

ART. 4. OTORGARel título de Bachillercon Formación Profesional Especializadoen , según se corresponde con la Formación Profesional que se implementa en cada Sede que se detalla en el ANEXO II, compuesto de una 1 foja.

ART.6. AUTORIZAR la transformación del Plan de Estudios que se implementa con el Programa de Inclusión y Terminalidad de Educación Secundaria y Formación Laboral para Jóvenes de 14 a 17 Años, Bachiller en Ciencias Sociales y Humanidades, Resolución C.F.E. N 344/11 N
668/11 y Resolución M.E. 497/10 64/16, a la nueva propuesta que se implementara en forma gradual, continua y correlativa según el Plan de Estudio que determina la presente Resolución para la Educación Secundaria con Formación Profesional.
ART.7. IMPLEMENTAR en los Grupos secciones divisiones la modalidad de Pluricurso en los Niveles I, II, III y IV, con acreditación de saberes en la Formación General para los estudiantes con trayectorias previas de nivel secundario obligatorio conforme a un análisis de dichas trayectorias por parte de los Equipos Directivos y Coordinación de Sede.
Deberá quedar incorporada dicha documentación, al legajo personal del estudiante. La Formación Profesional será graduada y correlativa.
ART.8. PROTOCOLÍCESE, comuníquese,publíqueseen el Oficial y archívese.

Boletín
FDO.: WALTER GRAHOVAC, MINISTRO DE EDUCACIÓN
ANEXOS

Resolución N 189
Córdoba, 15 de marzo de 2022
VISTO: La Resolución Ministerial N 136/2014 por la que se puso en marcha el Programa Avanzado ProA de nivel Secundario en Educación en Tecnologías de la Información y la Comunicación;
Y CONSIDERANDO:
Que el citado dispositivo legal estáorientado a brindar mejores oportunidades de acceso a la educación secundaria y generar mejores condiciones para la enseñanza y el aprendizaje con una propuesta que aborda el

Que el Art.4 del Decreto N125/09 faculta a este Ministerio para aprobar en definitiva los planes de estudio; como así también para incluir nuevas orientaciones.
Que mediante Resolución Ministerial N 86/2022, se dispuso -entre otras medidasampliar el Programa Avanzado ProA de nivel secundario en Educación en Tecnologías de la Información y la Comunicación con una nueva propuesta de Educación Secundaria con Formación Profesional.

uso intensivo de las TIC.
Que el avance de la ciencia y la tecnología proponen nuevas relaciones con el conocimiento y su construcción lo que supone un desafío para la educación que debe brindar oportunidades para hacer efectivo el derecho a la educación de las y los estudiantes, con una formación relevante que garantice trayectorias escolares continuas y completas Resolución CFE 84/09-Resol. CFE 93/09.

Que la demanda del mundo del trabajo, impulsa la necesidad de generar nuevas propuestas formativas que contemplen esos requerimientos, en ámbitos como el turismo, la hotelería, como así también en las ciencias de la administración y gestión.
Por ello, lo dispuesto por la Ley Nacional de Educación N 26206, la Ley de Educación Técnico Profesional N 26058, La Ley Provincial de Educación N
9870, las Resoluciones Ministeriales 136/14, 883/16, 190/18 y 86/22;

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/03/2022 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date21/03/2022

Page count15

Edition count4148

Première édition01/02/2006

Dernière édition25/05/2024

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