Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/03/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 59
CORDOBA, R.A. LUNES 21 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

Resolución N 315
Córdoba, 20 de diciembre de 2021
VISTO: El expediente Nº 0008-260671/2021.
Y CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones se gestiona, mediante el procedimiento de selección de subasta electrónica inversa, la contratación del servicio de asistencia y relevamientos físicos para la elaboración de Informes Socio Ambientales, con destino a la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de este Ministerio de Finanzas, a ejecutar en plazo de doce 12 meses o hasta completar la cantidad de cuarenta y tres mil horas 43.000 horas, lo que ocurra primero, con fecha probable de inicio el día 1 de enero de 2022.
Que la presente contratación encuadra en las previsiones del Artículo 2
de la Resolución N 294/2021 de la Secretaría General de la Gobernación.
Que a tales fines se procedió a efectuar el llamado a participar del mencionado procedimiento de selección, con información a los proveedores de las condiciones de contratación, a través de su publicación en el Boletín Oficial y en el Portal Web Oficial de Compras y Contrataciones, conforme lo establece el Artículo 8 Punto 8.2.2.2.1 del Decreto N 305/14
reglamentario de la Ley N 10.155.
Que finalizada la subasta y efectuado el periodo de lance en el lapso establecido en el llamado, electrónicamente se generó un Acta de Prelación, en los términos del Artículo 8.2.2.4.1, con detalle de la oferta recibida, con el nombre y demás datos del proveedor oferente que participó en dicha subasta e importe ofertado, de la cual surge que la única firma que se presentó al proceso de contratación es IMAGEN Y VERIFICACIÓN S.R.L.

Que a fs. 20 se incorpora Constancia de Notificación cursada a la firma oferente, por medio de la cual se le notifica que ha quedado en el primer lugar en el orden del Acta de Prelación Final para la subasta en curso y se la emplaza a los fines de que presente la documentación requerida para considerar firme la oferta económica realizada.
Que el oferente seleccionado ha incorporado la documentación exigida en los pliegos, en cumplimiento de las bases y condiciones allí establecidas.
Que habiendo tomado noticia del trámite la Unidad Requirente, esta entiende como cumplidas las especificaciones técnicas pretendidas.
Que a fs. 27 el Área Contrataciones de la Dirección General de Coordinación Operativa de este Ministerio, dictamina que corresponde adjudicar la Subasta Electrónica Inversa Cotización N 2021/000057 a la firma IMAGEN Y VERIFICACIÓN S.R.L.

Por ello, atento a las actuaciones cumplidas, lo prescripto por los artículos 6 inciso b 8, 21, 23 y 11 de la Ley Nº 10.155 este último en concordancia con el artículo 40 de la Ley N 10.723 las disposiciones del Decreto N 305/14 reglamentario de la Ley N 10.155 y sus modificatorios-, la Orden de Compra Nº 2021/000139 confeccionada por la Jefatura de Área Administración, lo dictaminado por el Área Contrataciones al N 47/2021
ambos de la Dirección General de Coordinación Operativa y de acuerdo con lo dictaminado por la Dirección de Jurisdicción de Asuntos Legales al N 628/2021, EL MINISTRO DE FINANZAS
RESUELVE:
Artículo 1º ADJUDICAR la Subasta Electrónica Inversa Cotización N 2021/000057, realizada con el objeto de la contratación del servicio de asistencia y relevamientos físicos para la elaboración de Informes Socio Ambientales, con destino a la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas dependiente de este Ministerio de Finanzas, a favor de la firma IMAGEN Y VERIFICACIÓN S.R.L. C.U.I.T. N
30-71491562-9, a un valor unitario por hora de pesos un mil doscientos $ 1.200.-, lo que hace un total por cuarenta y tres mil 43.000 horas de pesos cincuenta y un millones seiscientos mil $ 51.600.000,00.- IVA incluido, de conformidad con las Condiciones de Contratación Generales y Particularesy Pliego de Especificaciones Técnicas, los que como Anexos I y II, con cinco 5 fojas útiles cada uno, forman parte integrante de la presente Resolución, con fecha probable de inicio a partir del 1 de enero de 2022 a ejecutar como plazo máximo en doce 12 meses o hasta completar la totalidad de dichas horas, lo que ocurra primero.
Artículo 2º IMPUTAR el egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolución, por la suma total de PESOS CINCUENTA Y UN MILLONES SEISCIENTOS MIL $ 51.600.000,00.-, a Jurisdicción 1.15 Ministerio de Finanzas-, como Importe Futuro.
Artículo 3º PROTOCOLÍCESE, dése intervención al Tribunal de Cuentas, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
FDO.: OSVALDO E. GIORDANO, MINISTRO DE FINANZAS
ANEXO

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Resolución N 183
Córdoba 14 de marzo de 2022
VISTO: La Ley de Educación Nacional 26206, y La Ley de Educación Provincial 9870, que establecen la obligatoriedad de la educación secundaria y la Resolución Ministerial N 497/2010.
Y CONSIDERANDO:
Que por la resolución citada se creó el Programa de Inclusión y TerBOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

minalidad de la Educación Secundaria para Jóvenes de 14 a 17 años que abandonaron o no iniciaron la escuela secundaria.
Que la Resolución del Consejo Federal de Educación Nº 409/21, dispuso una nueva trayectoria formativa propia de la modalidad de Educación Técnico Profesional cuyo diseño, desde la perspectiva de la Formación Profesional, integra a ella los núcleos de aprendizaje prioritarios de la Educación Secundaria para el cumplimiento del nivel obligatorio establecido por Ley.
Que las autoridades educativas deben garantizar el derecho a la educación obligatoria, el ingreso, permanencia y egreso de los estudiantes con trayectorias relevantes a fin que logren adquirir aprendizajes y contenidos
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 21/03/2022 - 1º Sección

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PaysArgentine

Date21/03/2022

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Dernière édition07/06/2024

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