Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVII - Nº 56
CORDOBA, R.A. MIÉRCOLES 16 DE MARZO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

debiendo tal circunstancia ser informada al ERSeP para su conocimiento y adopción de toda acción asociada que pudiera corresponder.

FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICEPRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL

ARTÍCULO 9º: PROTOCOLÍCESE, hágase saber, dese copia y publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia Córdoba.-

ANEXOS

Resolución General N 8
Córdoba, 09 de marzo de 2022
Ref: Expediente Nº 0521- 062842/2021
Y VISTO: El expediente N 0521-062842/2021, por el que tramita la aprobación de la Memoria Anual y el Balance General del ERSeP correspondientes al período dos mil veintiuno, elaborados a tenor del artículo 28
inciso b de la Ley N 8835 Carta del Ciudadano-.
Y CONSIDERANDO:
I Que la Ley N 8835 -Carta del Ciudadanoprevé la creación del Ente Regulador de los Servicios Públicos, con carácter de ente autárquico, personería jurídica de derecho público, con capacidad para actuar pública y privadamente, individualidad financiera y patrimonio propio, dentro del ámbito del Poder ejecutivo.

Que en este sentido el artículo 28 del plexo normativo citado, establece dentro de las atribuciones del Directorio del ERSeP, a saber, Atribuciones.
El Directorio del ERSeP tendrá las siguientes atribuciones: b Elaborar anualmente la memoria y balance..
Que en esta inteligencia la Orden de Servicio ERSeP N 07/2001 establece en su artículo 1 a saber, El ejercicio económico-financiero del ERSeP cerrará el 31 de diciembre de cada año, debiendo el Directorio elaborar la memoria y balance correspondientes dentro de los noventa 90 días corridos de la fecha de cierre del ejercicio. La memoria y balance serán publicados en el Boletín Oficial de la Provincia, juntamente con la resolución del Directorio que los apruebe. Dichos instrumentos serán comunicados al Tribunal de Cuentas de la Provincia a sus efectos, poniéndose a su disposición los comprobantes que respalden sus constancias..

II Que del expediente de referencia surgen; las presentaciones correspondientes a cada uno de los sectores del ERSeP expresando las actividades que desarrollaron durante el curso del año 2021, Memo donde se eleva el Balance General al 31 de diciembre de 2021 emitido por la Jefa de Administración y Economía del ERSeP.
Que conforme las constancias de autos, se observa un acabado cumpli-

BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CORDOBA

miento de todas las normativas aplicables a la temática expuesta, resultando correcto la valoración de la Memoria Anual y el Balance General del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP a los efectos de su aprobación.
III Que en virtud del art. 1 de la Resolución General ERSeP Número Uno de fecha 8/05/2001 modificada por Resolución General ERSeP Nº 06/04, el Directorio del ERSeP dictará Resoluciones Generales en los casos de disposiciones de alcance general y de aplicación interna y externa, operativas, reglamentarias o interpretativas de la Ley de su creación o de los marcos regulatorios de los servicios públicos y concesiones de obra pública bajo su control, como también cuando se tratara de pautas de aplicación general atinentes a su funcionamiento y organización
Por lo expuesto, normas citadas, las disposiciones emanadas de los artículos 21 y siguientes de la Ley Nº 8835 - Carta del Ciudadano-, lo dictaminado por la Asesoría Letrada bajo el n 09/2022, el Directorio del ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS E.R.Se.P., RESUELVE:
Artículo 1º: APRUÉBASE la Memoria Anual y el Balance General del Ente Regulador de los Servicios Públicos ERSeP correspondientes al periodo transcurrido entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año dos mil veintiuno, instrumentos que, como Anexos I y II se incorporan a la presente resolución.
Artículo 2: PROTOCOLÍCESE, publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia con sus anexos y comuníquese al Tribunal de Cuentas de la Provincia a sus efectos, poniéndose a su disposición los comprobantes que respaldan sus constancias. Dese copias y archívese.
FDO.: MARIO AGENOR BLANCO, PRESIDENTE - JOSÉ LUIS SCARLATTO, VICEPRESIDENTE - LUIS ANTONIO SANCHEZ, VOCAL - WALTER SCAVINO, VOCAL
- FACUNDO CARLOS CORTES, VOCAL - DANIEL ALEJANDRO JUEZ, VOCAL
ANEXOS

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 16/03/2022 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date16/03/2022

Page count12

Edition count4146

Première édition01/02/2006

Dernière édition23/05/2024

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