Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/02/2022 - 1º Sección

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Source: Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

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AÑO CIX - TOMO DCLXXXVI - Nº 43
CORDOBA, R.A. JUEVES 24 DE FEBRERO DE 2022
BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA

LEGISLACIÓN Y NORMATIVAS

lo dispuesto en los artículos 184 10 y siguientes de la Resolución Normativa N 1/2017 y sus modificatorias de la Dirección General de Rentas.
ARTÍCULO 3.- HÁGASE SABER a la firma LEMPERT S.A. 3070726341-1 que deberá informar los cambios en las condiciones que determinaron su inscripción en el RECOR dentro de los VEINTE 20 días hábiles administrativos de acaecidos o conocidos, de conformidad a lo previsto en el apartado 3.1 del Anexo I de la Resolución N 02/2021 de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4.- HÁGASE SABER a la firma LEMPERT S.A. 3070726341-1 que deberá cumplimentar con el proceso de validación anual antes del día 15 del mes siguiente al que se cumple un nuevo año de la notificación de la presente Resolución, de conformidad a lo dispuesto en el Capítulo III, Punto 3.1 del Anexo I de la Resolución N 02/2021 de esta Secretaría.

ARTÍCULO 5.- DISPONER que a los fines de acceder al Programa de Promoción de Empleo a la Economía del Conocimiento creado por artículo 4 de la ley 10.649 y su modificatoria, la firma LEMPERT S.A.
30-70726341-1 deberá, oportunamente, dar cumplimiento a las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución Conjunta N 01/2022, emanada de este Ministerio de Ciencia y Tecnología, en su carácter de Autoridad de Aplicación y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar.
ARTÍCULO 6.- COMUNÍQUESE, Notifíquese, Publíquese en el Boletín Oficial, y archívese.
FDO: SEDEVICH FONS FEDERICO IVAN, SECRETARIO DE NUEVAS TECNOLOGÍAS
Y ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO - MINISTERIO DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA

Resolución N 10
Córdoba, 21 de febrero de 2022

CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, se creó el Registro de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba RECOR, en el que deben inscribirse quienes, cumpliendo los requisitos, estén inscriptos previamente en el Registro Nacional y se encuentren gozando de los beneficios estipulados en la Ley Nacional Nº 27.506
y deseen acceder a los beneficios creados por la precitada Ley.
Que por medio del Decreto Nº 193/2021, se aprobó la Reglamentación de la Ley Nº 10.649 y su modificatoria, y se dispuso que el Ministerio de Ciencia y Tecnología, a través de esta Secretaría de Nuevas Tecnologías y Economía del Conocimiento, o el organismo que en el futuro lo sustituya en sus competencias, fuera la Autoridad de Aplicación del precitado régimen de promoción.
Que, con fecha 17/01/2022, la firma DICSYS S.A. 30-71037057-1
presentó la solicitud de inscripción en el RECOR, mediante la presentación del formulario y la documentación respaldatoria N de Expediente 0279012219/2022 de conformidad a lo dispuesto en el Anexo I de la Resolución N02/2021 de esta Secretaría;
Que la firma DICSYS S.A. 30-71037057-1 está inscripta ante la Dirección General de Rentas en el impuesto sobre los Ingresos Brutos, según informa la Constancia de Ingresos Brutos que se adjunta al expediente.
Que la empresa desarrolla la actividad promovida Software y servicios informáticos y digitales, con los Códigos NAES N 620104 y 620300, denominados: Servicios de consultores en informática y suministros de programas de informática y Servicios de consultores en tecnología de la información, respectivamente.

los requisitos y demás formalidades establecidas en la normativa vigente, conforme surge del Informe de admisibilidad y procedencia.
Que, en consecuencia, habiendo cumplimentado los requisitos exigidos por la normativa aplicable al Régimen, corresponde inscribir a la firma DICSYS S.A. 30-71037057-1 en el RECOR creado por Ley Nº 10.649 y su modificatoria N 10.722.

Que, en virtud de tal inscripción, la empresa accederá a los beneficios promocionales contemplados en el Artículo 3 de la Ley N 10.649 y su modificatoria 10.722, Reglamentada por Decreto N 193/2021.
Que la firma desarrolla las actividades promovidas en la totalidad del inmueble empadronado ante la D.G.R. con la Cuenta N 110123920911, lo que detenta a través de Contrato de Locación con vencimiento el día 31
de julio de 2.022. El beneficio otorgado en el presente inciso entrará en vigencia a partir del 1 de enero del año siguiente a esta resolución.

Que a los fines de la exención del impuesto a los Sellos la firma beneficiaria deberá acreditar que los contratos y/o instrumentos que se celebren, sean con motivo de la ejecución, explotación y/o desarrollo de las actividades promovidas desde la fecha de la inscripción en el RECOR.

Que los beneficios que por este instrumento se otorgan entrarán en vigencia de conformidad y con las limitaciones establecidas en los artículos 1 a 6 del Decreto N 193/2021.
Que a los fines de acceder al Programa de Promoción de Empleo a la Economía del Conocimiento creado por artículo 4 de la ley 10.649 y su modificatoria, la firma DICSYS S.A. 30-71037057-1 deberá, oportunamente, dar cumplimiento a las Bases y Condiciones aprobadas mediante Resolución Conjunta N 01/2022, emanada de este Ministerio de Ciencia y Tecnología, en su carácter de Autoridad de Aplicación y el Ministerio de Promoción del Empleo y de la Economía Familiar.

Que se ha agregado en autos Resolución N 026/2022 de la Secretaría de Industria por la cual se dispuso dejar sin efecto, a partir del 01 de marzo de 2022, los beneficios otorgados a la firma DICSYS S.A. 30-71037057-

Que la firma se encuentra en situación regular ante el organismo recaudador provincial, habiéndose verificado en el día de la fecha, conforme los ordenado en el artículo 6 de la Resolución Nº 126/16, del Ministerio de Finanzas.

Que la Dirección de Jurisdicción Economías del Conocimiento, dependiente de esta Secretaría, en mérito a lo normado en el Anexo I de la Resolución N 02/2021 de esta Secretaría, examinó el cumplimiento de
1 en el marco del Régimen de Promoción Industrial de la Provincia de Córdoba Ley N 9.727, ello en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto 193/2021.
Que la presente resolución se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Artículo 9 de la Ley N 10.649 y su modificatoria N10.722 y el Decreto N 193/2021.
Por todo ello, las actuaciones cumplidas e Informe agregado;

VISTO: la solicitud de inscripción en el Registro de Beneficiarios del Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento de la Provincia de Córdoba RECOR, efectuada por la firma DICSYS S.A..

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 24/02/2022 - 1º Sección

TitreBoletín Oficial de la Pcia. de Córdoba - 1º Sección (Legislación - Normativas)

PaysArgentine

Date24/02/2022

Page count6

Edition count4164

Première édition01/02/2006

Dernière édition24/06/2024

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