Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 8/9/2023
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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz
N: 251
EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- DISPONER un incremento del doce por ciento 12 % en el valor nominal de los importes que perciben los beneficiarios del Programa Municipal de Becas Corazón de mi Ciudad, a partir del 1 de Septiembre de 2.023; del diez por ciento 10 %, a partir del 1 de Octubre de 2.023; del diez por ciento 10
%, a partir del 1 de Noviembre de 2.023 y del veinte por ciento 20 %, a partir del 1 de Diciembre de 2.023, calculado sobre los valores del mes inmediato anterior.
ARTÍCULO 2º.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán atendidos con las Partidas correspondientes del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
ARTICULO 3º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo.: Lic. Ma. Alejandra ROLDÁN, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. BOHN, Secretaria LegislativaEsteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorPromulgada por Decreto Nº 630/DE/2023
Villa Carlos Paz, 04 de septiembre de 2023
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Ma. Soledad ZACARÍAS, Secretaria de Coordinación de Gabinete y Promoción Humana Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorORDENANZA Nº 7003
VILLA CARLOS PAZ, 31 de agosto de 2023.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- MODIFICAR el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 6981 el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: INSTITÚYASE el Premio Anual al Salón de Artes Plásticas de Villa Carlos Paz auspiciado por el Concejo de Representantes y organizado por el Departamento de Cultura de la Dirección de Cultura de la Municipalidad de Villa Carlos Paz, según detalle:
Primer Premio: Adquisición Concejo de Representantes:
$ 300.000 y Certificado.
Segundo Premio: Plaqueta y Certificado.
Tercer Premio: Plaqueta y Certificado. ARTÍCULO 2º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.Fdo.: Lic. Ma. Alejandra ROLDÁN, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. BOHN, Secretaria LegislativaEsteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Lic. Carla LIVELLI, Sec. Desarrollo Urbano Comunitario y Gestión Ambiental
Ramón C. MONTENEGRO, Oficial MayorPromulga por Decreto Nº 635/DE/2023
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PRIMERA SECCIÓN
08 de septiembre de 2023
Villa Carlos Paz, 05 de septiembre de 2023
Fdo: Esteban A. AVILÉS, Intendente Municipal Sebastián BOLDRINI, Sec.de Turismo e Innovación, Cultura y Deportes
Ramón C. MONTENEGRO, Oficial Mayor-