Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 26/2/2020

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
26 de Febrero de 2020

N: 19
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Ordenanza Nº 6612
Promulgada por Decreto 121/DE/2020
Decreto Nº 058/DE/2020
Decreto Nº 059/B/2020
Decreto Nº 060/B/2020
Decreto Nº 061/C/2020
Decreto Nº 062/DE/2020
Decreto Nº 063/DE/2020
Decreto Nº 064/DE/2020
Decreto Nº 065/G/2020
Decreto Nº 066/B/2020
Decreto Nº 067/B/2020
Decreto Nº 068/DE/2020
Decreto Nº 069/C/2020
Decreto Nº 070/C/2020

DECRETOS del DEPARTAMENTO EJECUTIVO
Página 1
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ORDENANZAS
ORDENANZA Nº 6612
VILLA CARLOS PAZ, 21 de febrero de 2020.EL CONCEJO DE REPRESENTANTES
DEL MUNICIPIO DE VILLA CARLOS PAZ
Sanciona con fuerza de ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Las Cooperativas de Provisión de Servicios Públicos de Villa Carlos Paz deberán abstenerse de celebrar convenios con Personas Jurídicas Públicas y/o Privadas que tengan por objeto el suministro del servicio de agua corriente o potable y/o realización de obras de infraestructura para la provisión del servicio de agua y/o establecer cuadros tarifarios para el sistema de provisión de agua dentro del Ejido de Villa Carlos Paz.ARTÍCULO 2º.- Las Cooperativas de Provisión de Servicios Públicos de Villa Carlos Paz deberán abstenerse de celebrar convenios con Personas Jurídicas Públicas Municipios y Comunas y Privadas que tengan por objeto distribuir y/o servir agua potable y/o corriente a otras poblaciones proveniente de la Planta potabilizadora de agua de propiedad del Municipio emplazada en la Localidad de Cuesta Blanca y/o de plantas de reservorios y/o purificadoras de propiedad del municipio que se encuentren dentro o fuera del Ejido Municipal de Villa Carlos Paz.
ARTÍCULO 3º.- Requerir al Departamento Ejecutivo Municipal que lleve adelante todas las medidas administrativas y judiciales para el cumplimiento de la presente ordenanza.-

DECRETO Nº 058/DE/2020
Villa Carlos Paz, 27 de enero de 2020
VISTO: El Expediente Nº 183900/20 presentado por el Sr.
Alberto Armando del Cura, en su carácter de Director Provincial del Gobierno de Jujuy en Córdoba, mediante el cual solicita autorización para el uso del espacio público, para llevar a cabo acciones promocionales durante los días 28 y 29 de enero próximo; y CONSIDERANDO: Que la misma consiste en la instalación de un stand para realizar acciones promocionales de los Carnavales de Jujuy 2020 e información referida a la oferta turística de dicha provincia a vecinos y turistas que nos visitan.Que conforme a las facultades conferidas por la Ordenanza N 5753, corresponde dictar el acto administrativo que disponga sobre el particular.Por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º: AUTORIZAR con carácter precario a la Casa de Jujuy en Córdoba del Gobierno de la Provincia de Jujuy, a realizar una acción promocional consistente en la instalación de un gazebo promocional de los Carnavales de Jujuy 2020, los días 28
y 29 de enero de 2020, en la Plaza de los Artesanos de nuestra Ciudad, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.Artículo 2º: EXIMIR en forma total del pago de los tributos correspondientes al uso del espacio público, de conformidad al artículo 23 de la Ordenanza Tarifaria, artículo 89 inc. G de la Ordenanza N 1408 y modificatorias respectivas, así como los derechos según Ordenanza N 4225.Artículo 3º: La Secretaría de Turismo, Deporte y Cultura, la Dirección de Seguridad, la Dirección de Servicios Públicos y el peticionante tomarán conocimiento de lo dispuesto en el presente.Artículo 4º: Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal Darío Zeino, Sec .Gobierno y Coordinación - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor-

ARTÍCULO 4º.- La presente Ordenanza tendrá vigencia a partir de su promulgación.-

DECRETO N 059/B/2020
Villa Carlos Paz, 27 de enero de 2020

ARTÍCULO 5º.- GIRAR al Departamento Ejecutivo Municipal para su promulgación.-

VISTO: La Ordenanza Nº 6464, Decreto Nº 100/DE/2019
mediante la cual se aprueba el modelo de contrato para el MANTENIMIENTO Y LIMPIEZA DE ESPACIOS VERDES DE LA
CIUDAD DE VILLA CARLOS PAZ; y
Fdo: Ma. Soledad Zacarías, Pte. del Concejo de RepresentantesSandra L. Bohn, Secretaria LegislativaH.Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal - Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental Mónica De Girolamo, Of. MayorPROMULGADA POR DECRETO 121/DE/2020
Villa Carlos Paz, 21 de febrero de 2020
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente Municipal
Gustavo García Setti, Sec. Des. Urbano Ambiental - Mónica De Girolamo, Oficial Mayor-

1

CONSIDERANDO: Que mediante contrato Nº 283/19, la COOPERATIVA DE TRABAJO 17 DE JULIO LIMITADA ejecuta los servicios desde el 01 de Febrero de 2019 hasta el 31 de Enero de 2020.Que las partes acuerdan prorrogar dicho contrato por el término de 60 días contados a partir del 01 de Febrero de 2020, debido a la necesidad de otorgar continuidad a las tareas de Mantenimiento y Limpieza de los Espacios Verdes de acuerdo a las especificaciones establecidas en el Anexo I, dentro del ejido municipal.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 26/2/2020

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date26/02/2020

Page count11

Edition count380

Première édition01/01/2015

Dernière édition26/04/2024

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