Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 21/2/2020

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Source: Boletín Oficial de Villa Carlos Paz

PRIMERA SECCIÓN
21 de Febrero de 2020

N: 18
ÍNDICE PRIMERA SECCIÓN
Decreto N 048/B/2020
Decreto N 049//C/2020
Decreto N 050/C/2020
Decreto N 051/C/2020
Decreto N 052/DE/2020
Decreto N 053/A/2020
Decreto N054/DE/2020
Decreto N 055/C/2020
Decreto N 056/G/2020
Resolución N 036/A/2020
Resolución N 037/A/2020
Resolución N 038/A/2020
Resolución N 039/A/2020
Resolución N 040/A/2020
Resolución N 041/A/2020
Resolución N 042/A/2020
Resolución N 043/A/2020
Resolución N 044/A/2020
Resolución N 045/A/2020
Resolución N 046/A/2020
Resolución N 047/A/2020
Resolución N 048/A/2020
Resolución N 049/A/2020
Ordenanza N 6606
Promulgada por Decreto N 098/DE/2020
Ordenanza N 6607
Promulgada por Decreto N 105/DE/2020
Ordenanza N 6608
Promulgada por Decreto N 107/DE/2020
Ordenanza N 6609
Promulgada por Decreto N 099/DE/2020
Ordenanza N 6610
Promulgada por Decreto N 108/DE/2020
Ordenanza N 6611
Promulgada por Decreto N 106/DE/2020

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DECRETO Nº 048/B/2020
Villa Carlos Paz, 20 de enero de 2020
VISTO: El informe de medición final de obra y actualización de los certificados Nº2 al Nº 4 presentado por la Inspección de la Obra: REDES COLECTORAS CLOACALES DOMICILIARIAS
Bº La Quinta 2 Sección - VILLA CARLOS PAZ, obrante a fs.
295 y 298, respectivamente, del expediente Nº 169428/2018; y CONSIDERANDO: Que en el mismo se solicita la ampliación de trabajos a ejecutar y consecuentemente del presupuesto de la obra.
Que dicha ampliación obedece a la necesidad sanitaria de conectar a los vecinos de la calle Los Lapachos hasta el punto alto cambio de cuenca.
Que la situación descripta está contemplada en la Ley Provincial de Obras Públicas Nº 8614 y modificatorias, que prevé ampliaciones de obra de hasta en un 20% sin el consentimiento de la contratista, resultando en el presente caso de 6,72%.
Que conforme a la valuación de actualización de precios efectuada corresponde reconocerla en un todo de acuerdo a la Cláusula Vigesimoprimera del Contrato Nº 1086/2018, por la suma de Pesos Cuatrocientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y dos con treinta centavos $ 484.472.30 para los certificados de obra Nº 2 hasta el Nº 4.Que el gasto será atendido con los fondos de la Partida 37.01.100.2.60.614 del Presupuesto General en vigencia.Que corresponde en consecuencia emitir el acto administrativo que sustenta a la ampliación.

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Por ello El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus atribuciones DECRETA
Artículo 1º.- Aprobar la ampliación de trabajos a ejecutar y de presupuesto de la Obra REDES COLECTORAS CLOACALES
DOMICILIARIAS Bº La Quinta 2 Sección - VILLA CARLOS
PAZ, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente, según el siguiente detalle:
1- Módulo de obra 184,40 módulos; por un monto de $
503.915,53.Artículo 2º.- El monto correspondiente a la mayor cantidad de obra a ejecutar asciende a la suma de Pesos: Quinientos tres mil novecientos quince con cincuenta y tres centavos $503.915,53, en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
Artículo 3º.- RECONOCER la actualización de precios, conforme a la Cláusula Vigesimoprimera del Contrato Nº 1086/2018 para la Obra: REDES COLECTORAS CLOACALES
DOMICILIARIAS Bº La Quinta 2 Sección - VILLA CARLOS
PAZ; en la suma de Pesos Cuatrocientos ochenta y cuatro mil cuatrocientos setenta y dos con treinta centavos $ 484.472.30
para los certificados de obra Nº 2 hasta el Nº 4 emitidos por la COOPERATIVA INTEGRAL REGIONAL DE PROVISIÓN de SERVICIOS PÚBLICOS, CONSUMO Y VIVIENDA LTADA., en un todo de acuerdo a los Considerandos del presente.
Artículo 4º.- El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, será atendido con la partida 37.01.100.2.60.614 del Presupuesto General de Gastos en vigencia.
Artículo 5º.- Previo al cumplimiento de lo establecido en el presente, dése intervención al Tribunal de Cuentas para su visación en los términos de ley. Protocolícese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: H. Daniel Gómez Gesteira, Intendente MunicipalGustavo García Setti, Sec. Des. Urbano AmbientalMónica De Girolamo, Oficial MayorDECRETO N 049/C/2020
Villa Carlos Paz, 20 de enero de 2020
VISTO: Que es intención de este Departamento Ejecutivo otorgar un incremento del canon a quienes se desempeñan bajo la modalidad de Contratos de Locación de Servicios;
Y CONSIDERANDO: Que el incremento a conceder a quienes se desempeñan bajo esta modalidad será del siete con setenta y cinco por ciento 7,75 % a partir del 1 de Diciembre de 2019, sobre la base de los valores establecidos en cada contrato.
Que respecto a la imputación de la erogación corresponde encuadrar el presente en lo establecido en el artículo 29 de la Ordenanza N 1.511.
Que corresponde en consecuencia emitir el acto que disponga sobre el particular.
Por ello, en uso de sus atribuciones:
EL INTENDENTE MUNICIPAL
DECRETA
ARTÍCULO 1º: DISPONER un incremento del siete con setenta y cinco por ciento 7,75 % en el precio de los contratos por

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de Villa Carlos Paz del 21/2/2020

TitreBoletín Oficial de Villa Carlos Paz

PaysArgentine

Date21/02/2020

Page count15

Edition count380

Première édition01/01/2015

Dernière édition26/04/2024

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