Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 4/4/2007

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

AÑO XVI -

1

Ushuaia, Miércoles 04 de Abril de 2007 - Nº 2268

Nº 2268

AÑO XVI

BOLETIN OFICIAL

Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
República Argentina PODEREJECUTIVO
Dn. Hugo Omar COCCARO
Gobernador
Dr.EnriqueHoracioVALLEJOS

Sr.RaúlHoracioBERRONE

Ing.OmarDELUCA

Prof.MaríaIsabelCABRERA

Ministro Coordinador de Gabinete y Gobierno
Ministro de Economía
Ministro de Obras y Servicios Públicos
Ministro de Educación
Dr. AlejandroRubénGUIDALEVICH

Dr.MiguelLONGHITANO

Sra. Silvia Beatriz BEBAN

Sra.AnaDelfinaESPARZA

Ministro de Salud
Secretario Legal y Técnico
Secretario General de Gobierno
Secretario de Desarrollo Social
C.P.N.OscarEmilioCULLOTTA

Sra. Edith Estela DELVALLE

Secretario de la Representación Oficial del Gobierno en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Secretario Dependencia Inmediata del Gobernador
Ushuaia, Miércoles 04 de Abril de 2007
23-03-07 tivo expuestos en el exordio.
ARTICULO 2- Autorizar la exARTICULO 1- Comisionar a la tensión de una 1 orden de pasaje señora Secretaria de la Dependenaéreo por los tramos RIO GRANcia Inmediata del Gobernador, DE - BUENOS AIRES - RIO
Dña. Edit E. DEL VALLE, a la GRANDE y la liquidación y pago Ciudad Autónoma de Buenos Aide viáticos a favor de la citada funres, a partir del día veintitrés 23 cionaria.
de marzo de 2007, por razones ARTICULO 3º- El gasto que deinherentes a sus funciones.
mande el cumplimiento del presenARTICULO 2- La presente cote deberá ser imputado a las partimisión devengará gastos de pasadas presupuestarias del ejercicio jes y viáticos.
económico 2007.
ARTICULO 3- El gasto que deARTICULO 4º- De forma.
mande el cumplimiento del presente deberá ser imputado a la partida COCCARO
presupuestaria del ejercicio econóEnrique H. VALLEJOS
mico en vigencia.
ARTICULO 4- De forma.
DECRETO Nº 924
23-03-07
DECRETO Nº 922

de percibido el subsidio, deberán presentar la rendición correspondiente ante la Dirección General de la Secretaría de Contrataciones y Abastecimiento, ello por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 2- Dicho subsidio deberá ser depositado en la cuenta N 018101067 del Banco de Tierra de Fuego perteneciente al Centro de Excombatientes de Malvinas en Ushuaia, por los motivos expuestos en los considerandos.
ARTICULO 3- El gasto que demande el cumplimiento del presente, será imputado a la partida presupuestaria Nº 1.1.1.03.12.111517, del ejercicio económico financiero en vigencia.
ARTICULO 4º- Notificar a los interesados, comunicar a quien corresponda, dar al Boletín Oficial de la Provincia y archivar.

COCCARO ARTICULO 1- Otorgar un subEnrique H. VALLEJOS sidio a favor de la Asociación Civil Centro de Excombatientes de DECRETO Nº 923
23-03-07 Malvinas en Ushuaia, por la suma de PESOS CINCUENTA MIL $
ARTICULO 1º- Autorizar la Co- 50,000,00.-, en representación misión de Servicios a la Ciudad del mencionado centro el Sr. PreCOCCARO
Autónoma de Buenos Aires de la sidente Osvaldo Alberto Jacobo Enrique H. VALLEJOS
señora Ministro de Educación, HILLAR D.N.I. Nº 16.508.675 y Prof. María Isabel CABRERA de el Sr: Tesorero Sergio Javier DECRETO Nº 925
23-07-06
URDAPILLETA, a partir del día PECOT D.N.I. N 16.287.520, 25 de marzo de 2007, por los modentro de los SESENTA 60 días VISTO: El Convenio para Garan-

tizar el Cumplimiento de un ciclo Lectivo Anual Mínimo; Ley Nacional 25864 y; Resoluciones ME
N 25/07; 222/07 y 313/07; y CONSIDERANDO:
Que por el mencionado convenio, suscripto con fecha 1 de julio de 2003, las autoridades de todo el país asumieron el compromiso de brindar un ciclo mínimo de ciento ochenta 180 días de clases en los establecimientos de todas las jurisdicciones como asimismo unificar dicho ciclo para todo el territorio nacional.
Que las pautas establecidas en dicho convenio alcanzan a los establecimientos educativos en los que se imparta Educación Inicial, Educación General Básica y Educación Polimodal, o sus respectivos equivalentes.
Que al adherir la Provincia a tales pautas asumió la obligación de adoptar en su jurisdicción las medidas necesarias para completar el ciclo lectivo anual mínimo mencionado supra o, en su defecto a compensar dicho periodo cuando por cualquier circunstancia no se hubieren cumplido con normalidad.

"Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur y los Hielos Continentales, son y serán Argentinos"

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Tierra del Fuego del 4/4/2007

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Tierra del Fuego

PaysArgentine

Date04/04/2007

Page count83

Edition count3696

Première édition02/01/2002

Dernière édition17/11/2023

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