Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 8/8/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Pág. 2

BOLETIN OFICIAL
LEYES
LEY N 10.648

LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
Artículo 1º.- Ratifícase el Convenio de Ejecución del Proyecto Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos entre el Ministerio de Economía de la Nación, representado en este acto por el Dr. Sergio Tomás Massa, y la provincia de La Rioja, representada por el señor Gobernador Ricardo Clemente Quintela, respectivamente, firmado con fecha 08 de febrero de 2023.
Artículo 2º.- El Convenio Marco forma parte de la presente como Anexo.
Artículo 3º.- Comuníquese, publíquese, insértese en el Registro Oficial y archívese.
Dada en la Sala de Sesiones de la Legislatura de la Provincia, en La Rioja, 138º Período Legislativo, a seis días del mes de julio del año dos mil veintitrés. Proyecto presentado por la Función Ejecutiva.
Mirtha María Teresita Luna - Vicepresidenta 2º - Cámara de Diputados e/e de la Presidencia - Juan Manuel Ártico Secretario Legislativo ANEXO
Convenio de Ejecución del Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e inclusivos entre el Ministerio de Economía y la Provincia de La Rioja Entre el Ministerio de Economía, representado en este acto por el señor Ministro Doctor Sergio Tomás Massa, de conformidad a las facultades conferidas por Ley de Ministerios t.o. 1992-, con domicilio en Hipólito Yrigoyen Nº 250 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, denominado en adelante el Ministerio, por una parte, y por la otra, el Gobierno de la Provincia de La Rioja, representado en este acto por su señor Gobernador Ricardo Clemente Quintela, con domicilio en 25 de Mayo y San Nicolás de Bari de la ciudad de La Rioja de la Provincia de La Rioja, denominado en adelante la Provincia, en conjunto aludidos como Las Partes, con el objeto de concretar la asignación de recursos provenientes del Convenio de Préstamo BIRF Nº 9313-AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF, cuyo modelo ha sido aprobado por el Decreto Nº 843 de fecha 09 de diciembre de 2021 para la ejecución del Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos, se acuerda celebrar el presente Convenio de Ejecución:
Cláusula Primera: Definiciones. A los efectos de la interpretación del presente Convenio y para su mejor comprensión se definen los términos a que se hace referencia de la siguiente manera: a Convenio de Préstamo: Es el Convenio de Préstamo Nº 9313-AR, suscripto entre la República Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF;
b Convenio de Ejecución: Es el presente Convenio, mencionado como Convenio de Participación en el Convenio de Préstamo y el Manual de Operaciones del Proyecto; c Banco: Es el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento BIRF; d Proyecto:
Es el Proyecto de Sistemas Agroalimentarios Climáticamente Inteligentes e Inclusivos CIAF; e Subcomponente: Es el
Martes 08 de Agosto de 2023

Subcomponente Medios de vida Rurales en el marco del Componente 2 Desarrollo Agroindustrial y Fortalecimiento de los Medios de vida Rurales del Proyecto; f Organismo Ejecutor: Es el Ministro de Economía ME a través de la Dirección General de Programas y Proyectos Sectoriales y Especiales, en adelante DIPROSE u organismo que en el futuro la reemplace; g UEC: Es la DIPROSE, Unidad Ejecutora Central ubicada en el ámbito del Ministerio, responsable de la ejecución, supervisión y evaluación del Proyecto a nivel nacional; h UPE: Unidad Provincial de Ejecución, responsable de la ejecución y seguimiento de cada Subproyecto aprobado en el marco del Subcomponente; i Manual de Operaciones del Proyecto: Es el documento que establece los términos, condiciones y procedimientos que regirán la ejecución del Proyecto; j POA: Es el Plan Operativo Anual para la ejecución y el financiamiento del Proyecto; k Plan de Compromisos Ambientales y Sociales PCAS: Es el instrumento que detalla las políticas operacionales de estándares ambientales y sociales del Banco de materia de impacto ambiental y/o social que regirán la ejecución del Proyecto; I Directrices Anticorrupción:
Son las Directrices para Prevenir y Combatir el Fraude y la Corrupción en Proyectos Financiados por Préstamos del BIRF y Créditos y Donaciones de la AIF de fecha 15 de octubre de 2006 y revisadas en enero de 2011 y 1º de julio de 2016; m Regulaciones de Adquisiciones: Son las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión del BIRF de julio de 2016, revisadas en noviembre de 2017, agosto de 2018 y noviembre de 2020; y n Cuenta Provincial del Proyecto: Es la cuenta corriente en pesos destinada a las operaciones del Proyecto a nivel provincial.
Todos los términos definidos en el Convenio de Préstamo tendrán el mismo significado, a menos que del contexto surja una interpretación clara y evidentemente diferente.
Cláusula Segunda: Objetivo del Acuerdo. Las Partes se comprometen a ejecutar el Subcomponente del Proyecto de acuerdo a las disposiciones contenidas en el presente Convenio, el Convenio de Préstamo y el Manual de Operaciones del Proyecto con sus respectivos Anexos.
Cláusula Tercera: Atribuciones del Organismo Ejecutor.
El Ministerio, a través de la DIPROSE, tendrá a su cargo: a La transferencia a La Provincia de recursos, en conformidad al Convenio de Préstamo; b La dirección, supervisión, administración, control financiero, programación y seguimiento de las acciones del Proyecto; c El apoyo técnico y metodológico para la ejecución; d La centralización y consolidación del POA y de la información sobre la marcha del Proyecto; e La sistematización y divulgación de las experiencias e innovaciones; f El establecimiento de las bases y la representación en las acciones de diálogo político, articulación interinstitucional y armonización de políticas y programas; g La tramitación y administración del flujo de los recursos nacionales y externos asignados a las operaciones del Proyecto; h La suspensión y/o cancelación total o parcial de los desembolsos de recursos del Préstamo, en caso de que La Provincia incumpla seriamente alguna obligación emergente del presente Convenio; i Garantizar que la ejecución de los Subproyectos de Medios de Vida Rurales se realice en conformidad a las Directrices Anticorrupción; j Ser contraparte en las relaciones con el Banco y velar por el cumplimiento de sus recomendaciones; k Realizar la distribución por rubros de gastos y las posibles reasignaciones que a futuro se requieran, respetando los totales por fuente establecidos en el presente Convenio. l Velar por la realización de los estudios y/o evaluaciones ambientales y sociales de cada obra o actividad a ejecutarse y desarrollar e implementar los planes de gestión ambiental y social, de reasentamiento involuntario y/o de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 8/8/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date08/08/2023

Page count20

Edition count2453

Première édition02/01/1998

Dernière édition22/03/2024

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