Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 21/7/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja

Viernes 21 de Julio de 2023

BOLETIN OFICIAL

Argentina, Bolsas y Mercados Argentinos S.A., Mercado Abierto Electrónico S.A., Caja de Valores S.A. en adelante CVSA y/o el Boletín Oficial de la República Argentina.
Que, a través del Artículo 3 de la Ley 10.486, se dispone que las operaciones de crédito público podrán estar garantizadas de cualquier forma y con cualquier tipo de activo o recurso de la Provincia, actual o futuro, que determine la Función Ejecutiva Provincial, quedando autorizada para ello a instrumentar la garantía en la forma y/o mediante la celebración de los actos que resulten convenientes para dicho fin.
Que, mediante Resolución N 965 del 16 de junio de 2023
este Ministerio aprobó la emisión de los Títulos de Deuda Clase I y los Títulos de Deuda Clase II en conjunto, los Títulos de Deuda, por hasta la suma de valor nominal Sesenta Millones de Dólares Estadounidenses USS 60.000.000, en las condiciones financieras particulares allí descriptas y se aprobó el modelo de Prospecto de Emisión.
Que, en el marco de lo dispuesto por la Ley 25.917 la Resolución denominada RESOL-2023-149-APN-SHMEC de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, de fecha 5 de julio de 2023, autorizó a la Provincia de La Rioja a emitir los Títulos de Deuda por la suma de valor nominal de hasta Dólares Estadounidenses Sesenta Millones US$ 60.000.000.
Que, con relación a la constitución de la Garantía, mediante oferta de fecha 7 de julio de 2023, Parque Eólico Arauco S.A.P.E.M. en adelante, PEA ofreció a Banco de Valores S.A., y este último aceptó en fecha 13 de julio de 2023, la constitución de un contrato de cesión fiduciaria con fines de garantía para asegurar el pago íntegro y puntual de los Títulos de Deuda de la Provincia.
En este sentido, la Provincia suscribirá con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación una carta de aceptación y reconocimiento reconociendo la celebración de la referida cesión fiduciaria y aceptando la totalidad de los términos y condiciones de dicho contrato.
Que, la Función Ejecutiva Provincial, mediante Decreto N
1.233 de fecha 14 de julio ppdo., encargó la Cartera del Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas -mientras dure la ausencia de su titularal suscripto, en su condición de Ministro de Trabajo, Empleo e Industria.
Por ello, EL MINISTRO DE HACIENDA Y FINANZAS PÚBLICAS
RESUELVE:
1º.- Aprobar la emisión de los Títulos de Deuda, en el marco del Prospecto de Emisión de fecha 13 de julio de 2023, por la suma total de Dólares Estadounidenses Cincuenta y Cinco Millones Cinco Mil Trescientos Cuarenta y Cuatro US$ 55.005.344,00, de conformidad con los términos y condiciones generales que se detallan a continuación:
a. Garantía: Los Títulos de Deuda estarán garantizados en todo momento y hasta la total cancelación de todos los montos debidos bajo los mismos, mediante la cesión fiduciaria con fines de garantía de los flujos y derechos bajo el Acuerdo Arauco Solar I
celebrado entre PEA y la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico SA CAMMESA el 23 de enero de 2023.
b. Forma: Los Títulos de Deuda estarán representados por un certificado global que será depositado en CVSA. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley N 20.643 y sus posteriores modificaciones.
c. Listado y Negociación: Se negociarán en el MAE y se listarán en BYMA.
d. Precio de Emisión: 100% del valor nominal.
e. Entidad Depositaria: Caja de Valores S.A.
f. Destino de los Fondos: El producido de la colocación de los Títulos de Deuda será destinado a financiar la construcción y desarrollo del parque solar fotovoltaico Arauco I y de corresponder, demás proyectos de energías renovables de PEA.

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g. Intereses: Se pagarán semestralmente por período vencido a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación y devengarán una tasa fija expresada en un porcentaje nominal anual.
h. Denominación Mínima y Unidad Mínima de Negociación: Será de valor nominal Dólares Estadounidenses Uno V/N USS 1,00 y la unidad mínima de negociación será de Dólares Estadounidenses Uno US$ 1 y múltiplos de Dólares Estadounidenses Uno US$ 1,00 por encima de dicho monto.
i. Rescate: Los Títulos de Deuda podrán ser rescatados de conformidad con lo que se dispone en el Prospecto de Emisión.
j. Montos Adicionales: Todos los pagos respecto del capital y de los intereses por y en nombre de la Emisora, con respecto a los Títulos de Deuda, no estarán alcanzados por, y serán efectuados sin, deducciones o retenciones por impuestos, derechos, tributos o cargas gubernamentales de cualquier naturaleza aplicados, gravados, cobrados, retenidos o implementados por, o dentro de la República Argentina o por cualquier autoridad de la misma o en la misma que tenga facultades para gravar, a menos que dicha retención o deducción sea requerida por ley. En tal caso, la Emisora pagará aquellos montos adicionales que serán recibidos por los tenedores de los Títulos de Deuda como si los hubieran recibido de no haberse requerido dicha retención o deducción.
k. Legislación y Jurisdicción: Los Títulos de Deuda se regirán e interpretarán de acuerdo con las leyes de la República Argentina, y se encontrarán sometidos a la jurisdicción de los Tribunales de la Provincia de La Rioja o aquellos que, según la normativa provincial, resulten competentes.
1. Organizador y Colocador: Balanz Capital Valores S.A.U.
m. Agentes Colocadores: Balanz Capital Valores S.A.U., Nación Bursátil S.A., Parakeet Capital S.A. y Banco Santander Argentina S.A.
n. Agente de Liquidación: Balanz Capital Valores S.A.U.
o. Agente de Cálculo: La Provincia de La Rioja.
2.- Aprobar la emisión de los Títulos de Deuda Clase I, en el marco del Prospecto de Emisión de fecha 13 de julio de 2023, por la suma total de Dólares Estadounidenses Seis Millones USS 6.000.000,00, de conformidad con los términos y condiciones particulares que se detallan a continuación:
a. Moneda de emisión: Dólares Estadounidenses.
b. Monto nominal total de emisión: Dólares Estadounidenses Seis Millones U$S 6.000.000,00.
c. Suscripción e Integración: Pesos Argentinos al Tipo de Cambio Inicial conforme dicho término se define en el Prospecto de Emisión.
d. Tipo de Cambio Inicial: Pesos Doscientos Sesenta y Siete con Cinco Mil Ochocientos Treinta y Tres Diez Milesmos $
267,5833 por cada Dólar Estadounidense US$ 1,00.
e. Moneda de Pago: Pesos Argentinos al Tipo de Cambio Aplicable conforme dicho término se define en el Prospecto de Emisión.
f. Fecha de Emisión y Liquidación: El 20 de julio de 2023.
g. Fecha de Vencimiento Clase I: Será el 20 de enero de 2027 o, de no ser día hábil, el día hábil inmediatamente posterior.
h. Amortización: El capital adeudado bajo los Títulos de Deuda Clase I será repagado en dos cuotas iguales a partir de los 24
meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación en las siguientes fechas: el 20 de julio de 2025 y la segunda y última cuota en la Fecha de Vencimiento de la Clase I, es decir, el 20 de enero de 2027.
i. Intereses: Los Títulos de Deuda Clase I devengarán intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa de interés fija del Cuatro con Cincuenta Centésimos 4,50% Por Ciento nominal anual.
i. Fechas de Pago de Intereses: Los intereses de los Títulos de Deuda Clase I serán pagados semestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión y Liquidación, en las siguientes fechas: 20 de enero de 2024, 20 de julio de 2024, 20 de enero de

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de La Rioja del 21/7/2023

TitreBoletín Oficial de la Provincia de La Rioja

PaysArgentine

Date21/07/2023

Page count12

Edition count2453

Première édition02/01/1998

Dernière édition22/03/2024

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