Boletín Oficial de Castilla y León del 2/7/2021
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Source: Boletín Oficial de Castilla y León
Boletín Oficial de Castilla y León Núm. 127
Viernes, 2 de julio de 2021
Pág. 34717
g Mención viñedos propios o similares.
Podrá utilizarse si el vino procede de viñedos titularidad de la bodega o propiedad del grupo empresarial que ostente la de las instalaciones donde se realice el etiquetado.
h Mención cosecha.
Podrá utilizarse si se acompaña de la añada.
i Menciones madurado sobre lías o similares.
Las menciones madurado sobre lías, fermentado en hormigón, macerado en tinaja de barro o similares, podrán utilizarse si el vino ha sido elaborado según el literal de las menciones.
j Otras menciones.
Si son veraces, se podrán utilizar las siguientes menciones o similares relativas al lugar donde tiene lugar el embotellado, en sustitución o complemento de Embotellado por, Embotellado para o Embotellado en origen:
Embotellado en la explotación agraria.
Embotellado por el productor.
Embotellado por la cooperativa.
Embotellado en la propiedad.
La expresión Embotellado en la propiedad solo se podrá utilizar cuando la marca usada sea propiedad de la bodega o del grupo empresarial que ostente la titularidad de las instalaciones donde se realice el embotellado y por tanto esté inscrito en el registro equivalente del Consejo Regulador.
Si son veraces, se podrán utilizar las siguientes menciones o similares que hacen referencia a una explotación vitícola:
Cosecha propia.
Obtenido en la explotación vitícola.
Cosechado en la propiedad.
Procedente de viñedos propios.
Vendimia manual.
En aplicación de la normativa vigente, no resulta admisible el uso de denominaciones de venta de fantasía, tales como vino de autor, vino de alta expresión, vino de páramo.
CV: BOCYL-D-02072021-42