Boletín Oficial de Cantabria del 24/3/2020 - Ordinario
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Source: Boletín Oficial de Cantabria - Ordinario
MARTES, 24 DE MARZO DE 2020 - BOC NÚM. 58
condena o formalizar aval solidario de duración indefinida y pagadero a primer requerimiento emitido por entidad de crédito por esa cantidad en el que se haga constar la responsabilidad solidaria del avalista; y que al momento de anunciar el recurso de suplicación, deberá acompañar resguardo acreditativo de haber depositado la cantidad de 300 euros, en la cuenta de este órgano judicial abierta en la Entidad Bancaria SANTANDER, cuenta nº ES55 0049 3569
9200 0500 1274, agencia sita en Burgos, calle Madrid, incluyendo en el concepto los dígitos 1717.0000.65.0499.19.
Igualmente, y en cumplimiento de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses se deberá acompañar, en el momento de interposición del recurso de suplicación, el justificante de pago de la tasa, con arreglo al modelo oficial debidamente validado.
En caso de no acompañar dicho justificante, se requerirá a la parte recurrente para que lo aporte, no dando curso al escrito hasta tal omisión fuese subsanada.
Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a PRIURE CONSULTING S. L. y REPRESENTANTE LEGAL, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de PROVINCIA DE CANTABRIA.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina Judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
Burgos, 6 de marzo de 2020.
El letrado de la Administración de Justicia, Julio Lucas Moral.
CVE-2020-2444
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