Boletín Oficial de la Provincia de Chaco del 19/11/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Chaco
Viernes 19 de Noviembre de 2021
EDICION Nº 10.737
PROVINCIA DEL CHACO
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
SUBSECRETARIA DE LEGAL Y TECNICA
DIRECCION BOLETIN OFICIAL
Subsecretario: ESC. CRISTIAN W. ROLÓN MOTTER
Director: Dr. VICTOR HUGO MARTEL
Viernes 19 de Noviembre de 2021
EDICION Nº 10.737
LEGISLACION, NORMATIVA
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3452-E
ADHESIÓN A LA LEY NACIONAL 27.539 - CUPO FEMENINO Y ACCESO DE
ARTISTAS MUJERES A EVENTOS MUSICALESARTÍCULO 1: Adhiérese la Provincia del Chaco a la ley nacional 27.539 -Cupo Femenino y Acceso de Artistas Mujeres a Eventos Musicales-.
ARTÍCULO 2: A los efectos de la presente ley, se entiende por artista mujer o integrante femenino, a la persona humana dedicada a la actividad musical de género femenino o de identidad de género autopercibida conforme los términos de la ley nacional 26.743.
ARTÍCULO 3: Será autoridad de aplicación de la presente el Instituto de Cultura de la Provincia o el organismo que en el futuro la reemplace.
ARTÍCULO 4: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones de la Cámara de Diputados de la Provincia del Chaco, a los veintisiete días del mes de octubre del año dos mil veintiuno.
Rubén Darío GAMARRA
Hugo Abel SAGER
Secretario Presidente DECRETO Nº 2503
RESISTENCIA, 12 de noviembre de 2021
VISTO:
La sanción legislativa N 3.452-E; y CONSIDERANDO:
Que conforme a las disposiciones constitucionales, las emanadas de la Ley N 1.024-B, y no habiendo observaciones que formular, procede su promulgación;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DEL CHACO
DECRETA:
Artículo 1: Promúlgase y téngase por Ley de la Provincia del Chaco, la sanción legislativa N 3.452-E cuya fotocopia autenticada forma parte integrante del presente Decreto.
Artículo 2: Comuníquese, dése al Registro Provincial, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
Chapo - Capitanich s/c E:19/11/2021
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LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DEL CHACO
SANCIONA CON FUERZA DE LEY NRO. 3455-V
PRÓRROGA POR UN AÑO DE LA LEY 3139-V
ARTÍCULO 1: Prorrógase la vigencia de la ley 3139-V -Emergencia Socioeconómica de Clubes Deportivos de la Provincia del Chacopor el lapso comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO 2: Regístrese y comuníquese al Poder Ejecutivo.
Oficina: Av. Rivadavia Nº 322 Resistencia Chaco - http chaco.gov.ar/boficial/boletin 0362 4453520 - CTX 53520 CP 3500
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