Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 2/7/2022 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Viernes, 1 de julio de 2022

Página 56

provincia de Málaga, pudiéndose premiar cualquier proyecto cultural de carácter individual o colectivo realizado en la provincia de Málaga, de naturaleza pública o privada, y resulte merecedora del reconocimiento y apoyo público de la Diputación Provincial de Málaga.
En caso de que los candidatos sean colectivos o entidades deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que se refiere a la necesidad de nombrar un representante o apoderado único de la agrupación.
Las candidaturas al premio podrán ser presentadas por ayuntamientos, asociaciones o fundaciones culturales sin ánimo de lucro de la provincia de Málaga, constituidas conforme a la legislación vigente, mediante propuesta suficientemente razonada.
Cada ayuntamiento o entidad de las mencionadas en el párrafo anterior podrá presentar una única candidatura, conforme al anexo I.
No podrán participar en el presente concurso aquellos proyectos o actuaciones que en anteriores convocatorias de este premio hayan sido galardonados con algún premio o accésit, salvo que se trate de nuevos proyectos culturales con respecto a la edición en la que fueron premiados.
Las instituciones cuyos representantes formen parte del jurado no podrán presentar candidaturas ni propias ni de terceros, ni ser candidatos a dicho premio.
5. Plazo y modo de presentación de candidaturas El plazo de presentación de candidaturas será desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga hasta el 30 de septiembre de 2022.
Las propuestas a la candidatura al premio se acompañarán del anexo I, que deberá firmarse con firma digital, y tendrán que ser presentadas por el presidente o titular de la entidad identificándose en la sede electrónica mediante certificado digital de representante artículo 14.2 de la Ley 39/2015, PACAP. En el caso de que no se cumplan estas dos condiciones, las propuestas serán rechazadas.
Las propuestas se remitirán a través de los siguientes medios:
a Del Registro Electrónico de la Diputación de Málaga, accesible a través de la sede electrónica en el vínculo https sede.malaga.es/registro-electronico/.
b Del Registro Electrónico Común, accesible en la página web https rec.redsara.es/
registro/action/are/acceso.do, seleccionando después de iniciar el trámite, a través del buscador, la unidad correspondiente a la que, de conformidad con lo establecido en esta convocatoria, debe dirigirse dentro de la Diputación Provincial la documentación Delegación de Cultura.
c Y en cualquiera de los registros electrónicos a los que se refiere el artículo 2.1 de la Ley 39/2015 Administración General del Estado https rec.redsara.es/ Administración de las comunidades autónomas, entidades que integran la Administración Local, organismos públicos y entidades integrantes del sector público institucional.
Los anexos serán descargables desde la web de la Delegación de Cultura https www.
malaga.es/delegacioncultura/ y/o en la web de Culturama https www.malaga.es/culturama.
6. Jurado. Composición, criterios de valoración y fallo Los miembros del jurado serán nombrados por el Diputado Delegado de Cultura, respetando el principio de paridad entre hombres y mujeres. Su composición será la siguiente:
Presidencia: Diputado/a Delegado de Cultura.
Vicepresidencia: Director/a de Cultura.
Vocalías:
La persona o entidad premiada en la convocatoria anterior, o en su caso, un representante de la misma libremente designado por esta.

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Número 126

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 2/7/2022 (Suplemento 1)

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaysEspagne

Date02/07/2022

Page count16

Edition count4109

Première édition20/02/2001

Dernière édition04/05/2024

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