Boletin Judicial de Costa Rica del 11/4/2023

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Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 2 BOLETÍN JUDICIAL Nº 61

Martes 11 de abril del 2023

Confirmada la visita, la Administración informa al personal de seguridad del edificio para que, cuando llegue el personal de valores del banco, lo acompañen a retirar el dinero a la oficina o despacho que le tiene en custodia. A la vez se indica a la oficina o despacho que se retirará el dinero a una hora determinada.
El despacho u oficina introduce el dinero en una tula, lo cierran con un marchamo suministrado por el banco y llenan de la boleta del depósito del banco.
El personal del banco llega a la oficina o despacho, se le entrega la bolsa y a la vez se le pide que firme el depósito.
Lo anterior, a excepción de los juzgados de turno extraordinario, quienes deben informar y entregar -bajo los controles respectivosa la Administración Regional correspondiente, los dineros en custodia durante las primeras horas del día hábil siguiente; a partir de ese momento, será esa oficina quien lleve a cabo todo el procedimiento de custodia, coordinación del transporte con el banco, entrega de los dineros al camión remesero, y remisión de los documentos correspondientes al despacho que tramita el expediente de pensión alimentaria.
6. Las personas juzgadoras jefas de despachos que atienden disponibilidad, giran instrucciones al personal interno, a fin de que al recibir dineros en efectivo y la documentación relacionada con la Orden de Apremio Corporal, verifiquen que se estén depositando de manera oportuna -en las primeras horas del día hábil siguiente a la recepción en caso de disponibilidady se proceda a corroborar la realización oportuna del procedimiento establecido en la Circular N 1042023 de la Dirección Ejecutiva, a través de la documentación recibida y la fecha en que se realiza el depósito, para que se lleven a cabo las gestiones necesarias para evitar futuros retrasos.
7. Los despachos que reciben dineros en tiempos de disponibilidad deben llevar en un libro de actas en forma de columnas y debe considerar los datos que se detalla.
Requisitos por incluir en el libro de actas - Número único de expediente y las partes del proceso - Fecha en que se recibe el dinero.
- Monto exacto recibido.
- Nombre completo y firma de quien hace entrega del dinero Despacho.
- Fecha de entrega del dinero para depósito a los funcionarios de Transporte de Valores del Banco de Costa Rica.
En caso fortuito de imposibilidad del transporte mediante vehículo blindado, debe incluir los siguientes requisitos al libro de actas:
- Número único de expediente y las partes del proceso - Nombre completo y firma de la persona que realiza el depósito en el BCR.
- Fecha del depósito.
- Número de depósito.
- Fecha de entrega o remisión de la información al despacho que tramita el proceso.
Requisitos por incluir en el libro de actas por parte de los juzgados de turno extraordinario:
- Número único de expediente y las partes del proceso - Fecha en que se recibe el dinero.
- Monto exacto recibido.
- Nombre completo y firma de quien hace entrega del dinero Despacho.
- Fecha de entrega del dinero para depósito a los funcionarios de Transporte de Valores del Banco de Costa Rica.
- Nombre completo y firma de la persona del despacho que hace la entrega del dinero a la Administración.
- Nombre completo y firma de la persona que recibe el dinero en la Administración
8. La Administración Regional debe verificar en las visitas a los despachos judiciales lo siguiente:
- Que cumplan oportunamente con el depósito en el SDJ del dinero perteneciente a terceras personas y aún más cuando es población vulnerable, a través del uso del Contrato para el Servicio de Recolección y Trámite de Depósitos en Cuenta Corriente según se detalla supra.
- Verificar que la caja fuerte electrónica no mantenga dineros en su interior pendientes de depositar en la cuenta del expediente.
- Corroborar que el uso que le da el despacho a la caja fuerte electrónica sea exclusivo para la custodia temporal de los dineros.
Se adjunta el contrato mencionado, y el documento que deben remitir al Banco de Costa Rica en caso de que la instancia jurisdiccional o administrativa no se encuentre dentro de la ruta de los camiones remeseros a la cuenta de correo electrónico coordinaciontransportevalores@bancobcr.com.

Finalmente, se les insta a hacer uso de los beneficios, sobre todo en materia de seguridad, que brinda el Contrato para el Servicio de Recolección y Trámite de Depósitos en Cuenta Corriente, aprobado por el Consejo Superior en la sesión N 49-12 celebrada el 15 de mayo del 2012, en el artículo XXXIII, mediante el cual la institución cuenta con el respaldo de un transporte seguro de los recursos económicos pertenecientes a las personas usuarias de la administración de justicia.
La presente circular deja sin efectos las circulares, N
121-2013, N 14 y N 18 del 2014, de la Secretaría General de la Corte, y las circulares N 37-2010, 33-2018, 72-2021 y 85-2021 de la Dirección Ejecutiva.
De conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 21 de marzo del 2023.

Lic. Carlos T. Mora Rodríguez,
Subsecretario General interino 1 vez.O.C. Nº 364-12-2021C.Solicitud Nº 68-2017-JA.
IN2023734401 .
SALA SEGUNDA
EDICTO
Al señor Humberto Julián Solís Jurado, de domicilio ignorado, se hace saber: que en proceso de cooperación judicial internacional promovido por Carmen María Peñaranda Montero, tramitado bajo el expediente 10-000188-0004FA, se solicita el reconocimiento de una sentencia emitida por la Corte del Décimo Primer Circuito Judicial, condado de Dade, Florida, Estados Unidos de América, en proceso de divorcio seguido entre esas mismas partes. La petición se apoya en el artículo 99 del Código Procesal Civil, y la homologación tiene por objeto inscribir la sentencia en Costa Rica. La Sala procedió a nombrar un curador para que lo represente. Al efecto se ha dictado la resolución que dice:

Acerca de esta edición

Boletin Judicial de Costa Rica del 11/4/2023

TitreBoletín Judicial de Costa Rica

PaysCosta Rica

Date11/04/2023

Page count52

Edition count5055

Première édition01/01/2003

Dernière édition23/10/2023

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