Boletín Judicial del Estado de Baja California del 24/3/2023

Version en texte Qu'est-ce que c'est?Dateas est un site Web indépendant, non affilié à un organisme gouvernemental. La source des documents PDF que nous publions est l'agence officielle indiquée dans chacun d'eux. Les versions en texte sont des transcriptions non officielles que nous faisons pour fournir de meilleurs outils d'accès et de recherche d'informations, mais peuvent contenir des erreurs ou peuvent ne pas être complètes.

Source: Boletín Judicial del Estado de Baja California

BOLETIN JUDICIAL DEL ESTADO DE
BAJA CALIFORNIA
ORGANO DE DIFUSIÓN DEL PODER JUDICIAL
DEL ESTADO
NO.- 14,503 MEXICALI, BAJA CALIFORNIA

VOL. LVIII

Viernes 24 de Marzo del 2023
JUZGADOS DE TURNO
MEXICALI: UNICO PENAL
TIJUANA: SEGUNDO PENAL
ENSENADA: UNICO PENAL
DIRECTOR:
LIC. FRANCISCO CASTRO MUÑOZ

ACUERDO DE PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL
ESTADO DE BAJA CALIFORNIA, MEDIANTE EL CUAL SE AMPLÍA LA
COMPETENCIA DE LAS JUEZAS Y JUECES DE CONTROL
ESPECIALIZADOS EN JUSTICIA PARA ADOLESCENTES DE LOS
PARTIDOS JUDICIALES DE TIJUANA Y MEXICALI
CONSIDERANDOS
PRIMERO. - De acuerdo con lo establecido en el numeral 63 fracción VII
de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California, es facultad del Pleno del Tribunal Superior de Justicia del Estado, la expedición de acuerdos para el mejor ejercicio de sus funciones.
SEGUNDO. - De conformidad con lo dispuesto en el artículo 39 fracción I
de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, corresponde al presidente del Tribunal Superior de Justicia del Estado, vigilar que la administración de Justicia sea pronta, completa e imparcial para cuyo efecto, dictará las providencias que fueren necesarias y oportunas.
TERCERO. - En términos del artículo 44 fracción V de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, es atribución del presidente del Tribunal Superior de Justicia, proponer al Pleno los acuerdos que juzgue conducentes para la mejor impartición de justicia.
CUARTO. - Conforme al artículo 53 fracciones VIII y IX de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, son Jueces de Primera Instancia del Poder Judicial del Estado, tanto los de Control, como los de Control Especializados para Adolescentes.
QUINTO. - En términos de lo dispuesto por el numeral 197 Bis-2, fracción XIII de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado, corresponde al presidente

Acerca de esta edición

Boletín Judicial del Estado de Baja California del 24/3/2023

TitreBoletín Judicial del Estado de Baja California

PaysMexique

Date24/03/2023

Page count80

Edition count2333

Première édition01/08/2005

Dernière édition22/05/2024

Télécharger cette édition