Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/06/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 30 de junio de 2022

momento de la acreditación que intentará una compra en comisión, habiendo denunciado el nombre del comisionista, y encontrarse ambos inscriptos en el Registro General de Subastas Judiciales comisionista y comitente. Atendiendo a las particularidades del bien cuyo remate se persigue, no se permite la cesión de los derechos emergentes del acta de adjudicación. arts. 34 y 36 del CPCC. Deuda: Arba al 1-03-22 - $35.730,20 - Municipalidad al 31-03-22 $70.838,88, AySA
al 2-03-22 - $416,43 - Expensas al 9-03-22 - $104.350,25. Expensas comunes -si las hubierehasta la toma de posesión:
Siendo una obligación "propter rem" son a cargo del adquirente art. 34, inc. 5º, CPC. Sin entenderse como una liberación en sentido estricto, exímase de pago de deudas por impuestos y tasas a favor del comprador, para que pueda adquirir el bien libre de todo gravamen y perfeccionar la transmisión dominial operada por ante el Registro pertinente. Se hace saber que la titular registral de la UF a subastarse resulta ser la demandada Worcester S.A., sin haberse procedido a la escrituración del bien. En consecuencia, se deja constancia que no existe escritura traslativa de dominio de la UF 25 a subastarse. Asimismo, se hace saber que conforme lo establecido por el art. 588 del CPCC, cualquier cuestión que se suscitare con motivo de la desocupación del inmueble, deberá sustanciarse a través el pertinente incidente de desocupación, el que deberá ser promovido por el adjudicatarioExhibición día 13/07/2022 en el horario de 14 a 15 horas.La inscripción a la presente subasta electrónica importa el conocimiento y aceptación de las condiciones de venta que surgen del proveído de subasta -el que podrá consultarse respecto al inmueble en cuestión en el sitio web http subastas.scba.gov.ar/ arts. 562 y 575 del CPCC. General San Martín, junio del 2022. Eliana Livia Perticone, Secretario.
jun. 28 v. jun. 30

EDICTOS
POR 5 DÍAS - El Señor Juez, Dr. Manuel Barreiro, a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora sito en la calle Larroque y Presidente Perón, 4to. piso, sector "D", Banfield, partido de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, cita y emplaza a VILLALBA MATIAS NAHUEL, poseedor del DNI N 34.196.348;
nacido el 19/09/1988 en Longchamps, hijo de Francisco Antonio y de Norma Estela Marecos, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado mencionado "supra" a estar a derecho en la causa nro. 0700-23741-21
Registro Interno Nº 9655, caratulada: "Villalba Matias Nahuel s/Tenencia Simple de Estupefacientes". Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de Zamora, 21 de junio de 2022. En atención a lo que surge de lo manifestado en el escrito de fecha 16 de junio de 2022 por el Sr. Defensor Oficial, Dr. Claudio Jesús Santagati y en razón de ignorarse el domicilio del encartado en autos, cíteselo por medio de edictos a los fines que comparezca a estar a derecho por el término de cinco días, los que se publicarán por el término y en la forma establecida por el Art. 129 del C.P.P. A dichos efectos líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental, dejándose constancia en el texto del edicto que de no presentarse dentro de los cinco días posteriores a la última publicación se declarará su Rebeldía Arts. 129 y 304 del Digesto Adjetivo. Fdo. Dr. Manuel Barreiro, Juez Correccional.
jun. 24 v. jun. 30
POR 5 DÍAS - En causa Nº 4475-00 sorteo n ME-2633-2021 seguida a: "Moyano Gil, Lucio Carlos Gastón s/Robo Simple Agravado por la Participación de un Menor de 18 Años de Edad, en Moreno", en tramite por ante el Tribunal en lo Criminal 4 del Departamento Judicial Mercedes a cargo de la Dra. Patricia V. Guerrieri se dispuso notificar a LUCIO
CARLOS GASTÓN MOYANO GIL, del auto que seguidamente se transcribe: cedes, de junio de 2022. Por recibido, téngase presente lo peticionado por el Ministerio Público Fiscal y previo a resolver cítese al encartado Moyano para el día 30 de junio próximo, a las 10:00 horas a efectos de estar a derecho y fijar domicilio en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo Rebelde. Notifíquese por edictos a publicarse durante cinco días en el Boletín Oficial Arts. 129
y 303 del C.P.P.. Notifíquese". Fdo. Dra. Patricia V. Guerrieri, Jueza del Tribunal en lo Criminal Nº 4 Departamental Mercedes. Mercedes B, a los 21 del mes de junio de dos mil veintidós.
jun. 24 v. jun. 30
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a las víctimas de autos 1.- La Sra. GOÑI DAIANA GISELLA, con último Domicilio conocido en calle 578 nro. 1721 de Quequén, 2.- El Sr. LAUTARO DE ESTEBAN BAUSTISTA, con último domicilio en calle 584 nro.
1415 de Quequén, 3.- JUAN RIVERO, quien no pudo ser notificado por no residir más en el domicilio que posee el ministerio de Seguridad. 4.- La Sra. FERNÁNDEZ ROCÍO CECILIA, con último domicilio conocido en calle 554 nro. 610 de Necochea, en causa nro. 18031 seguida a -Alem Cedrez Axel Yamil por el delito de Incidente de Unificación de pena-, la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 2 de mayo de 2022. 9.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla que conforme dispone la Ley 15232, La víctima tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión ante todo lo que estime conveniente ante el/la Juez/a de Ejecución o Juez/a competente, aun cuando no se haya constituido como particular damnificado, en los casos en que se sustancien las solicitudes de salidas transitorias, régimen de semilibertad, libertad condicional, prisión domiciliaria, prisión discontinua o semidetención, libertad asistida y régimen preparatorio para la liberación de la persona condenada. II. Con posterioridad a la sentencia, la víctima tendrá derecho a interponer observaciones o quejas ante el Ministerio Público Fiscal o Juez/a de Ejecución, aun cuando no se hubiese constituido como particular damnificado, cuando considere que se están vulnerando sus derechos, exista inacción de los actores judiciales o abogados/as de la víctima u observe que no se cumplen correctamente las medidas de condena. Estas deberán plantearse bajo argumentación fundada Durante la Ejecución de la Pena la víctima tiene derecho a ser informada y a ser oída, en audiencia especial ante el/la Juez/a competente en la etapa procesal correspondiente, previo a la decisión de excarcelaciones, morigeraciones o cesación de la prisión preventiva previo a la decisión de: a Salidas transitorias. b Régimen de semilibertad. c Libertad condicional. d Prisión domiciliaria. e Prisión discontinua o semidetención. f Libertad asistida. g Cese de una medida de seguridad. Cuando la víctima, en su primera intervención en el proceso expresamente manifieste su voluntad de ser informada de las resoluciones referidas en los Artículos 11, 12 y 13, el Juzgado interviniente deberá notificarla. A tal efecto, la víctima deberá constituir y mantener
SECCIÓN JUDICIAL > página 2

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/06/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date30/06/2022

Page count59

Edition count3356

Première édition02/07/2010

Dernière édition26/04/2024

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