Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/06/2022 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 15 de junio de 2022

se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente edicto: rón, 2 de junio de 2022. Por recibido el escrito electrónico que antecede y no habiéndose dado con el paradero del encausado de autos hasta el día de la fecha, cítese y emplácese mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Franco Ezequiel Suarez el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a regularizar su situación procesal en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, bajo apercibimiento de decretar su Rebeldía y Comparendo Compulsivo Arts. 129, 303
y ccs. del Código Procesal Penal. A tal fín, líbrese edicto y oficio electrónico". Dr. Antonio Claudio Mele, Juez. Secretaría, 2
de junio de 2022.
jun. 9 v. jun. 15
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Jueza a cargo por disposición superior del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Morón, Dra. Graciela Angriman, en el marco de la causa correccional Nro. 4550 I.P.P. n 10-01010381-19/00, registro de Cámara n 2573/2019 y su acollarada N 4634 I.P.P. N 10-01-010847-19, seguida a Mansilla José Eduardo por los delitos de Lesiones Graves y Amenazas Simples ambos en concurso real entre sí I.P.P. n 10-01-010381-19/00 y Lesiones Leves Agravadas por ser Cometidas por un Hombre Contra Una Mujer I.P.P. N 10-01010847-19-, del registro de la Secretaría Única, cítese y emplácese, por el términos de cinco 5 días, a JOSÉ EDUARDO
MANSILLA quien resulta ser: de nacionalidad argentina, DNI 28.478.588, nacido el día 16 de abril de 1971, de estado civil soltero, con domicilio en la calle Magallanes 1767, localidad Libertad, Partido de Merlo, a fin que en el plazo de diez 10
días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón N 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sección "A" de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su Comparendo Compulsivo Artículos 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: "Tiénese presente el contenido de lo manifestado por la Defensa Oficial de José Eduardo Mansilla y habida cuenta lo que surge de las actuaciones policiales y de los informes actuariales, y toda vez que el causante no fue habido en el domicilio denunciado, desconociéndose su paradero actual, cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a Mansilla, por el término de cinco 5
días, a fin que comparezca a esta Magistratura a regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su Comparendo Compulsivo Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P Graciela Angriman, Jueza en lo Correccional. PDS. Secretaría, junio de 2022.
jun. 9 v. jun. 15
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Morón, en causa correccional Nº 3.430 seguida a -Sebastián Vera por el delito de Violación de Domicilio-, del registro de esta Secretaría Única, notifíquese a SEBASTIÁN VERA, sin sobrenombre o apodo, titular del DNI Nro.
40.145.206 de estado civil soltero, desempleado, argentino, nacido en la localidad y partido de Merlo, instruído, hijo de padre Ana María Alí, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días de la resolución que a continuación se transcribe en su parte pertinente: "Autos Y Vistos: Los de la presente causa correccional Nro. 3.430 seguida a "Sebastián Vera y Otro por el delito de Violación de domicilio". Y Considerando: Que los presentes actuados llegaron a este Juzgado en virtud del sorteo practicado por la Presidencia de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental. Que recibidos que fueron, mediante el decreto de fecha 26 de mayo de 2021, se citó a las partes con el objeto que interpongan las recusaciones, ofrezcan las pruebas que pretendan utilizar en el debate, y para que manifiesten por escrito las cuestiones que podrían plantearse en la audiencia prevista por el Art. 338 del C.P.P., líbrándose a tales fines las correspondientes notificaciones. Que habiéndose librado el oficio a efectos de notificar al encausado Sebastián Vera de lo señalado en el párrafo que antecede, se obtuvo como resultado el acta policial labrada en fecha 10 de agosto de 2021, de la cual se desprende que habiéndose constituido personal policial en el domicilio sito en la calle Alberdi 635 de la localidad de San Antonio de Padua, partido de Merlo, se obtuvo como resultado que el numeral resultaba ser inexistente, siendo Vera ser una persona desconocida en el barrio. Ante ello, y en virtud de la marcada contradicción existente entre las actuaciones policiales mencionadas en el párrafo precedente y aquéllas realizadas el día 24 de diciembre de 2020 por personal de la Seccional Merlo I -las que daban cuenta que Sebastián Vera se domiciliaba en la ya citada finca-, ordené librar oficios tanto a la Seccional Merlo Primera como a la Comisaría San Antonio de Padua, a fin que se practiquen informes tendientes a determinar tal cirucunstancia. Es así que mediante las diligencias recibidas en fecha 20 de diciembre de 2021, se obtuvo idéntico resultado, es decir que el numeral 635 de la calle Alberdi de la localidad de San Antonio de Padua no existía, y que Sebastián Vera resultaba ser una persona desconocida en el lugar. En el estado descripto, se procedió entonces a publicar edictos en el Boletín Oficial, por el término de ley, ello bajo apercibimiento de declarar rebelde a Sebastián Vera y de ordenar su comparendo, diligencia que se cumplimentó conforme la constancia glosada en el informe actuarial practicado en fecha 6 de abril de 2022. Ahora bien, toda vez que el causante no se encuentra habido y desde que se desconoce su actual paradero, conforme lo establecido por el Art. 304 del C.P.P., he de declararlo rebelde y disponer su comparendo. Por todo lo expuesto; Resuelvo: I.- Declarar Rebelde a Sebastián Vera, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en la presente causa correccional Nro. 3.430 del registro de la Secretaría Única. Rige el Art. 304 del C.P.P.P.B.A. II.- Disponer el comparendo de Sebastián Vera. III. Notifíquese, y líbrese el correspondiente edicto a publicarse en el Boletín Oficial de ésta Provincia, por el plazo de cinco días, a los efectos de anoticiar al encausado de lo decidido en los puntos I y II de la presente". Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Dra. Silvia L.
Caparelli, Secretaría, 2 de junio de 2022. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente: "Autos Y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I.- Declarar Rebelde a Sebastián Vera, cuyas demás circunstancias personales obran en autos, en la presente causa correccional Nro. 3.430 del registro de la Secretaría Única. Rige el Art. 304 del C.P.P.P.B.A. II.- Disponer el comparendo de Sebastián Vera. III. Notifíquese, y líbrese el correspondiente edicto a publicarse en el Boletín Oficial de ésta Provincia, por el plazo de cinco días, a los efectos de anoticiar al encausado de lo decidido en los puntos I y II de la presente". Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez; Dra. Silvia L.
Caparelli, Secretaría, 2 de junio de 2.022".
jun. 9 v. jun. 15
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 15 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, a cargo del Dr. Calandroni Pablo Javier, Juez, hace saber que con fecha 03/08/2021, se ha decretado la Quiebra de Sr. CORTES CARLOS LEONARDO, DNI 38.969.834, señalándose el día 12/10/2022 como fecha hasta la cual los
SECCIÓN JUDICIAL > página 3

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/06/2022 - Sección Judicial

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaysArgentine

Date15/06/2022

Page count81

Edition count3362

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Dernière édition07/05/2024

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