Periódico Oficial de Puebla del día 06/05/2020 - Segunda Sección

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

6

Segunda Sección
Periódico Oficial del Estado de Puebla
Miércoles 6 de mayo de 2020

contribuciones durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre del Ejercicio Fiscal dos mil veinte, asimismo se considera conveniente otorgar la universalidad de contribuyentes el estímulo fiscal consistente en la condonación del 100% de multas y 60% en recargos de los adeudos generados por la omisión del pago de Impuesto Predial, así como los Derechos por Servicios de Recolección, Traslado y Disposición Final de Desechos y/o Residuos Sólidos, respecto de ejercicios anteriores y hasta el correspondiente ejercicios fiscal dos mil diecinueve, siempre que se pongan al corriente en el pago de las mismas, durante el periodo comprendido del uno de junio al treinta de septiembre de dos mil veinte, en los términos específicos que establezca la Tesorería Municipal, lo anterior como una política fiscal que sea solidaria con las necesidades de los contribuyentes, procurando así incrementar los ingresos públicos propios, que permitan fortalecer a la Hacienda Pública Municipal, para reforzar y ampliar los servicios públicos que presta el Municipio de Puebla.
XIX. Que el Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, además de buscar el incremento de la recaudación, así como de difundir una cultura de pago oportuno por parte de los contribuyentes y de un cobro seguro por parte de la Autoridad Fiscal, pretende evitar la imposición de sanciones a los contribuyentes que deseen participar en el desarrollo de nuestra Ciudad, regularizando su situación fiscal ante la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que cumplan de manera puntual con sus contribuciones, despertando así, la conciencia ciudadana en el cumplimiento de sus obligaciones.
XX. Que en mi carácter de Tesorero Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, y en términos de los artículos y considerandos citados, se emite el siguiente:

ACUERDO
PRIMERO. Se autoriza la ampliación de plazo que dispone la Ley como época de pago del Impuesto Predial y los Derechos por los Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos y/o Residuos Sólidos, del uno de junio al treinta de septiembre de dos mil veinte.
SEGUNDO. Como consecuencia de la ampliación de la época de pago, no se generarán recargos ni multas durante los meses de junio, julio, agosto y septiembre de dos mil veinte, misma que se causan por falta de pago oportuno del Impuesto Predial y los Derechos por los Servicios de Recolección, Transporte y Disposición Final de Desechos y/o Residuos Sólidos, correspondientes al Ejercicio Fiscal dos mil veinte.
TERCERO. Se otorga la universalidad de contribuyentes el estímulo fiscal consistente en la condonación del 100% de multas y 60% en recargos de los adeudos generados por la omisión del pago de Impuesto Predial, así como los Derechos por Servicios de Recolección, Traslado y Disposición Final de Desechos y/o Residuos Sólidos, respecto de ejercicios anteriores y hasta el correspondiente ejercicios fiscal dos mil diecinueve, siempre que se pongan al corriente en el pago de las mismas, durante el periodo comprendido del uno de junio al treinta de septiembre de dos mil veinte, en los términos específicos que establezca la Tesorería Municipal, lo anterior como una política fiscal que sea solidaria con las necesidades de los contribuyentes, procurando así incrementar los ingresos públicos propios, que permitan fortalecer a la Hacienda Pública Municipal, para reforzar y ampliar los servicios públicos que presta el Municipio de Puebla.
CUARTO. El presente Acuerdo surtirá efectos a partir del uno de junio al treinta de septiembre de dos mil veinte, plazo que es improrrogable.
QUINTO. Notifíquese el presente Acuerdo a las Titulares de la Dirección de Ingresos y de la Dirección de Catastro, ambas de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, para que, en el marco de sus respectivas competencias y atribuciones, tomen las medidas necesarias para la inmediata aplicación del presente Acuerdo.
SEXTO. Se instruye a la Directora Jurídica de la Tesorería Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla, lleve a cabo las acciones necesarias para publicar el contenido del presente Acuerdo, por una sola ocasión en el Periódico Oficial del Estado de Puebla y en la página electrónica del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla.
Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil veinte. El Tesorero Municipal del Honorable Ayuntamiento del Municipio de Puebla. C. ARMANDO MORALES APARICIO. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 06/05/2020 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha06/05/2020

Nro. de páginas5

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2020>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31