Periódico Oficial de Puebla del día 14/08/2019 - Segunda Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Miércoles 14 de agosto de 2019

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
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a Por el Daño Patrimonial causado al Ayuntamiento de San Pedro Yeloixtlahuaca, Puebla, que asciende a la cantidad de $1128,074.78 un millón ciento veintiocho mil setenta y cuatro pesos 78/100 Moneda Nacional, derivado de Recursos Propios, de Participaciones, del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN, de Ramo 20 y de Otros Fondos; se impone sanción económica por la cantidad de $282,018.70 doscientos ochenta y dos mil dieciocho pesos 70/100
Moneda Nacional, equivalente a un cuarto de tanto del daño total causado al Erario del Ayuntamiento de San Pedro Yeloixtlahuaca, Puebla, lo que hace un total a restituir de $1410,093.48 un millón cuatrocientos diez mil noventa y tres pesos 48/100 Moneda Nacional, que deberá constituirse en crédito fiscal a favor del Erario del Ayuntamiento de San Pedro Yeloixtlahuaca, Puebla, Puebla, en términos de los artículos 58, fracción V, 60 y 62, fracción II de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla; y,-------------------------b Por las Deficiencias Administrativas provenientes de Recursos Propios, de Participaciones, del Fondo de Infraestructura Social Municipal FISM, del Fondo de Aportaciones para el Fortalecimiento de los Municipios FORTAMUN, del Fondo Estatales y de Ramo 20; que ascienden a la cantidad de $25085,999.09 veinticinco millones ochenta y cinco mil novecientos noventa y nueve pesos 09/100 Moneda Nacional, se impone la sanción administrativa de acuerdo al parámetro establecido por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Puebla, en su artículo 58, fracción VI, y con apego a las circunstancias establecidas en su artículo 59, INHABILITACIÓN POR UN TÉRMINO DE DOCE AÑOS, para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------II.- Mediante oficio número 3409/2018, de fecha tres de octubre de dos mil dieciocho, la LX Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, remitió al Diputado José Juan Espinosa Torres, Presidente de la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, escrito detallado en el punto I del presente. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------III. Que el trece de noviembre de dos mil dieciocho, se recibió en la oficialía de partes del Congreso del Estado de Puebla un escrito de misma fecha, que consta de once fojas útiles en su anverso, con una firma a nombre del C. Martín Rafael Martínez Ríos, Presidente Municipal del Ayuntamiento de San Pedro Yeloixtlahuaca, administración 2008-2011, el cual es un alcance y complemento al escrito de diecisiete de septiembre de dos mil dieciocho, por el cual el hoy recurrente interpone el Recurso de Revocación con número al rubro indicado. ----------IV.- Mediante oficio número 4120/2018, de catorce de noviembre de dos mil dieciocho, la LX Sexagésima Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Puebla, remitió al Diputado José Juan Espinosa Torres, Presidente de la Comisión General Inspectora de la Auditoría Superior del Estado, escrito detallado en el punto I del presente. -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------En el escrito de mérito la recurrente refiere como Acto recurrido lo que a la literalidad se transcribe: --------------ACTO RECURRIDO. vengo a interponer recurso de revocación en contra de la resolución de fecha treinta y uno de julio de dos mil dieciocho, misma que me fue notificada el día veintinueve de agosto del año en curso, dictada dentro del expediente al rubro citado P.A. 45/2013 sic . -------En el escrito de alcance y complemento al escrito de interposición de Recurso de Revocación, el recurrente refiere como Acto recurrido el siguiente: ----------------------------------------------------------------------------------------ACTO RECURRIDO. el Decreto de Resolución del Procedimiento Administrativo de Determinación de Responsabilidades con número de expediente al rubro indicado, de fecha treinta y

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 14/08/2019 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha14/08/2019

Nro. de páginas28

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

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