Periódico Oficial de Puebla del día 27/12/2017 - Segunda Sección

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Fuente: Periódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

Miércoles 27 de diciembre de 2017

Periódico Oficial del Estado de Puebla
Segunda Sección
31

VALORES CATASTRALES DE CONSTRUCCIÓN POR M2
PARA EL MUNICIPIO DE TEPETZINTLA, PUEBLA
H. Ayuntamiento del Municipio de Tepetzintla Valores catastrales unitarios por m2 para las construcciónes. Año 2018
Código
Tipo de Construcción
Valor
Código
ANTIGUO HISTÓRICA
01
02
03

Especial Superior Media
04
05
06

Superior Media Económica
Tipo de Construcción
Valor
INDUSTRIAL MEDIANA
$ 6,425.00
$ 4,280.00
$ 2,995.00

31
32

Media Económica
$ $

3,735.00
2,985.00

33
34

Económica Baja
$ $

1,815.00
1,380.00

35
36
37
38

Lujo Superior Media Económica
$ $
$ $

12,820.00
9,860.00
8,030.00
5,125.00

39
40
41
42

Superior Media Económica Precaria
$ $
$ $

6,605.00
4,535.00
3,280.00
1,640.00

43
44
45
46

SERVICIOS AUDITORIO-GIMNASIO
Especial Superior Media Económica
$ $
$ $

5,380.00
4,485.00
3,580.00
2,180.00

47
48
49
50

Lujo Superior Media Económica
51
52

Concreto Tabique
53
54
55

Concreto/Adoquín Asfalto Revestimiento
$ 6,540.00
$ 4,945.00

56
57
58
59

Laguna con Digestor Completo $
Laguna Primaria sin Digestor $
Movimiento de tierras con revestimiento $
Movimiento de tierras sin revestimiento$

Código
Factor
1 2
3

1.00
0.75
0.60

60
61
62

Medio Regional Económico
$ $
$

1,350.00
1,065.00
935.00

63
64
65

$
Prefabricadas Con Acabados $
Sin Acabados $
Consideraciones Generales
1,360.00
1,060.00
555.00

INDUSTRIAL LIGERA
ANTIGUO REGIONAL
$ 4,335.00
$ 3,615.00
$ 2,530.00

MODERNO REGIONAL
07
08
09

Superior Media Económica
10
11
12
13
14
15
16

Lujo Superior Media Económica Interés Social Progresiva Precaria
17
18
19
20
21

Lujo Superior Media Económica Progresiva
22
23
24

Superior Media Económica
25
26
27
28

Lujo Superior Media Económica
29
30

Superior Media
$ 4,675.00
$ 4,295.00
$ 3,490.00

SERVICIOS HOTEL-HOSPITAL

SERVICIOS EDUCACIÓN
MODERNO HABITACIONAL
$ $
$ $
$ $
$

8,270.00
6,895.00
6,295.00
4,795.00
4,255.00
3,455.00
1,035.00

$
$ $
$ $

7,785.00
5,990.00
4,775.00
4,350.00
3,360.00

COMERCIAL PLAZA

OBRA COMPLEMENTARIA: ALBERCAS
$ $
$ $

5,640.00
3,780.00
2,565.00
2,125.00

COMERCIAL ESTACIONAMIENTO
$ 3,990.00
$ 3,050.00
$ 2,490.00

OBRA COMPLEMENTARIA: CISTERNA

COMERCIAL OFICINA

$
$

2,160.00
1,180.00

OBRA COMPLEMENTARIA: PAVIMENTOS
$ $
$ $

9,015.00
7,565.00
6,335.00
4,890.00

$
$ $

445.00
355.00
265.00

OBRA COMPLEMENTARIA: LAGUNA DE EVAPORACIÓN
INDUSTRIAL PESADA

475.00
420.00
260.00
195.00

Factores de ajuste
OBRA COMPLEMENTARIA: COBERTIZO
Estado de conservación Concepto Bueno Regular Malo
Avance de obra Concepto Terminada Ocupada S/Terminar Obra Negra
Edad Concepto 1-10 Años 11-20 Años 21-30 Años 31-40 Años 41-50 Años 51-En adelante
Código
Factor
1 2
3

1.00
0.80
0.60

Código
Factor
1 2
3 4
5 6

1.00
0.80
0.70
0.60
0.55
0.50

OBRA COMPLEMENTARIA: BARDAS

1. Cuando en la inspección catastral se identifique una construcción que no corresponda con los tipos indicados en la presente tabla, se asignará un tipo de construcción provisional, se efectuará el análisis de costos correspondientes a valores de reposición, y se utilizará como el valor provisional, en tanto se incluye en esta tabla.
2. Cuando una construcción tenga avance de obra esté terminada se podrán aplicar los factores de Estado de Conservación y Edad, correspondientes. Si califica como ocupada sin terminar no se demeritara por Estado de Conservación. Si Califica como Obra Negra, no se demeritara por Edad. En ningún caso el factor resultante podrá ser menor 0.50.
3. En el campo de edad se anotará el año en el que terminó u ocupó la construcción.
4. Para el caso de las edificaciones clasificadas como antigua histórica y antigua regional, no aplicará el demérito por edad.

TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto deberá publicarse en el Periódico Oficial del Estado y regirá del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil dieciocho, o hasta en tanto entre en vigor el que regirá para el siguiente Ejercicio Fiscal.
EL GOBERNADOR hará publicar y cumplir la presente disposición. Dada en el Palacio del Poder Legislativo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los trece días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.
Diputado Presidente. CUPERTINO ALEJO DOMÍNGUEZ. Rúbrica. Diputada Vicepresidenta. CAROLINA
BEAUREGARD MARTÍNEZ. Rúbrica. Diputado Secretario. FRANCISCO JAVIER JIMÉNEZ HUERTA.
Rúbrica. Diputado Secretario. CARLOS IGNACIO MIER BAÑUELOS. Rúbrica.
Por lo tanto mando se imprima, publique y circule para sus efectos. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Cuatro Veces Heroica Puebla de Zaragoza, a los catorce días del mes de diciembre de dos mil diecisiete.
El Gobernador Constitucional del Estado. C. JOSÉ ANTONIO GALI FAYAD. Rúbrica. El Secretario General de Gobierno. C. DIÓDORO HUMBERTO CARRASCO ALTAMIRANO. Rúbrica.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Puebla del día 27/12/2017 - Segunda Sección

TítuloPeriódico Oficial de Puebla - Segunda Sección

PaísMéxico

Fecha27/12/2017

Nro. de páginas31

Nro. de ediciones679

Primera edición02/02/2015

Ultima edición06/02/2024

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