Periódico Oficial del Estado de México del día 04/05/2020 (Sección Tercera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

fracciones XV, XVI y XVII del artículo 7, las fracciones XVI, XVII y XVIII del artículo 9 y la fracción XII del artículo 15 y se derogan la fracción VIII al artículo 4, la fracción XVIII al artículo 16 y las fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII, IX y X al artículo 17, del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura, para quedar como sigue:
REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Artículo 1. El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento de la Secretaría de Cultura y Deporte.
Artículo 2. La Secretaría de Cultura y Deporte tiene a su cargo el despacho de los asuntos que le encomiendan la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México y otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y demás disposiciones que expida el Gobernador Constitucional del Estado de México, o aquellos que por razón de sus atribuciones le correspondan.
Artículo 3.
I. Gobernador del Estado: A la persona Titular del Ejecutivo Estatal;
II. Ley Orgánica: A la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México;
III. Reglamento: Al Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura y Deporte;
IV. Secretaría: A la Secretaría de Cultura y Deporte;
V. Secretario: A la persona Titular de la Secretaría de Cultura y Deporte, y VI. Servidor Público: A toda persona adscrita a la Secretaría que desempeña un empleo, cargo o comisión dentro de la misma.
Artículo 4. Para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría contará con un Secretario quién para el desahogo de los asuntos de su competencia se auxiliará de las unidades administrativas siguientes:
I. a V.
VI. Coordinación Jurídica y de Igualdad de Género;
VII.
VIII. Derogada.
La Secretaría contará con un Órgano Interno de Control, y las demás unidades administrativas que le sean autorizadas en su estructura de organización, cuyas funciones y líneas de autoridad se establecerán en el Manual General de Organización.
Asimismo, se auxiliará de los órganos técnicos y administrativos, y de las y los servidores públicos necesarios para el cumplimiento de sus atribuciones, en términos de la normatividad aplicable, estructura orgánica y del presupuesto autorizado.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/05/2020 (Sección Tercera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PaísMéxico

Fecha04/05/2020

Nro. de páginas40

Nro. de ediciones3227

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/02/2024

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