Periódico Oficial del Estado de México del día 03/10/2018 (Sección Tercera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

3 de octubre de 2018

Página 3

1.2 Que el Lic. Christian Gerardo Gasca Droppert, Director General de Turismo cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente Convenio por virtud del Poder General para Actos de Administración que le fue otorgado por la Secretaria de Turismo en fecha 22 de noviembre de 2017 ante el Lic. Jorge Valdés Ramírez, titular de la Notaría Pública número 24 del Estado de México, y conforme a lo establecido en los artículos 3, 15, 19 fracción XII y 36 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 5 y 6 fracciones IX y XVIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo del Estado de México.
1.3 Que la Coordinación Administrativa es una Unidad Administrativa de esta Dependencia que en términos de lo establecido por los artículos 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 10 fracciones VI
y XVII del Reglamento Interior de la Secretaría de Turismo, así como el numeral 225002000 del Manual General de Organización de la Secretaría de Turismo, y su titular, Lic. Raúl Napoleón Lazcano Martínez cuenta con facultades para intervenir en la celebración del presente Convenio.
1.4 Que previamente gestionó lo relativo a la planeación, programación y presupuestación de LOS TRABAJOS objeto de este instrumento legal, acatando lo establecido en los ordenamientos legales que regulan la obra pública.
1.5 Que cuenta con la asignación de recurso estatal para la ejecución de LOS TRABAJOS descrito en la Cláusula Primera de EL CONVENIO DE COLABORACIÓN de conformidad con el oficio de asignación número 203200-APAD0278/18 emitido por la Subsecretaría de Planeación y Presupuesto de la Secretaría de Finanzas del Gobierno del Estado de México.
1.6 Que cuenta con el expediente técnico de LOS TRABAJOS y cuya ejecución es objeto de este Convenio, el cual se agrega como Anexo 2, y que fuera integrado para ingresarlo a la Dirección General de Planeación y Gasto Público de la Secretaría de Finanzas.
1.7 Que cuenta con el Proyecto Ejecutivo de LOS TRABAJOS, el cual cumple con los requisitos del Programa de Acciones para el Desarrollo; así como, copia de la documentación con que se acredita la propiedad, posesión y/o liberación de los predios donde se ejecutarán LOS TRABAJOS, los cuales se agregan dentro del Anexo 2; al igual que los estudios preliminares y de factibilidad para acreditar la viabilidad de la obra; por lo que respecta permisos y licencias necesarias para la ejecución de los mismos, el Municipio, deberá proporcionarlos previamente, a fin de que se integre debidamente el expediente.
1.8 Que tiene su domicilio en: Calle Robert Bosch esq. Primero de Mayo, 2º Piso, Zona Industrial, Toluca, Estado de México, C.P. 50071.
2.

DE LA SECRETARÍA DE OBRA PÚBLICA

2.1 Que tiene a su cargo el despacho de los asuntos que le encomienda el Libro Décimo Segundo del Código Administrativo del Estado de México y su Reglamento, así como lo dispuesto en los artículos 3, 15, 19 fracción XV y 35
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.
2.2 Que el Ing. Gerardo Michel Cuen, en su carácter de Director General de Administración y Construcción de Obra Pública, suscribe el presente instrumento de conformidad con lo establecido en los artículos 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 1.38 fracción II, 12.1, 12.4, 12.8, 12.9, 12.8 y 12.9 del Código Administrativo del Estado de México, 15 fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, en relación con el artículo Cuarto Transitorio del Decreto de la H. LIX Legislatura del Estado de México, por el que se reforman, entre otras disposiciones la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, publicado en el periódico oficial Gaceta del Gobierno, el 13 de septiembre de 2017, y Primero del Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la aplicación de los artículos 12.8 y 12.9 del Código Administrativo del Estado de México, relativo al Libro Décimo Segundo de la Obra Públicaconforme a los cuales cuenta con las facultades suficientes y necesarias que le permiten suscribir el presente Convenio.
2.3 Que la Coordinación Jurídica es una Unidad Administrativa, de la Secretaría de Obra Pública, en términos de lo establecido por los artículos 3 fracción IX y 19 del Reglamento Interior de la Secretaría de Infraestructura, así como en el numeral 229060000 del Manual General de Organización de la Secretaría de Infraestructura en relación con el Artículo Cuarto Transitorio del Decreto de la H. LIX Legislatura del Estado de México, por el que se reforman, entre otras disposiciones la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, publicado en el periódico oficial Gaceta del Gobierno, el 13 de septiembre de 2017,por lo que su titular, Lic. Anabel Dávila Salas cuenta con facultades para intervenir en la celebración del presente Convenio.
2.4 Que conoce las Reglas de Operación del Programa de Acciones para el Desarrolloy que son precisamente las que regulan la ejecución de LOS TRABAJOS a realizar, por virtud de este.
2.5 Que señala como domicilio el ubicado en: Planta baja del edificio B, Conjunto SEDAGRO, Rancho San Lorenzo S/N, Metepec, Estado de México, C.P. 52140.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 03/10/2018 (Sección Tercera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PaísMéxico

Fecha03/10/2018

Nro. de páginas48

Nro. de ediciones3227

Primera edición05/01/2000

Ultima edición16/02/2024

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