Periódico Oficial del Estado de México del día 08/01/2019 (Sección Quinta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

Página 4

8 de enero de 2019

Artículo 72.-
Artículo 73.- Por la expedición de los siguientes documentos se pagarán:
TARIFA
CONCEPTO
I.
Por la expedición de copias certificadas:
A.
Por la primera hoja.
B.
Por cada hoja subsecuente.
II.
Copias simples:
A.
Por la primera hoja.
B.
Por cada hoja subsecuente.
III.
Expedición de copias certificadas de testimonios de viviendas de interés social, social progresiva y popular.
IV.
Por la expedición de información en medios magnéticos.
V.
Por la expedición de información en disco compacto.
VI.
Por el escaneo y digitalización de cada hoja relativa a los documentos que sean entregados por vía electrónica, en medio magnético o disco compacto.

$76
$37
$20
$2
$20
$20
$29

$0.60
Para los supuestos establecidos en las fracciones IV y V, el solicitante podrá, en ejercicio del derecho a la información pública, aportar el medio en el que se requiera le sea proporcionada la información, en cuyo caso no habrá costo que cubrir.
Sección Segunda De los Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría de Seguridad Artículo 74.- Las personas físicas y jurídicas colectivas que presten los servicios de seguridad privada, pagarán derechos conforme a la siguiente:
TARIFA
CONCEPTO
I.
Por la consulta de antecedentes policiales en el Registro Público correspondiente, respecto del personal operativo con que cuentan los prestadores de servicios, por elemento.
$468
II.
Por el estudio y evaluación de la solicitud para la prestación de servicios de seguridad privada, en los términos de ley, o su revalidación.
$2,340
III.
Por el estudio para determinar la legalidad de inscribir cada arma de fuego o equipo utilizado en la prestación de los servicios, por cada arma o equipo.
$468
IV.
Por el estudio para determinar la legalidad de inscribir en el Registro Público correspondiente, de cada uno de los elementos operativos de quienes la Secretaría haya efectuado la consulta previa de antecedentes policiales, por elemento.
$468
V.
Por la expedición de cédula de identificación a personal operativo, por cada elemento o su reposición.
$390
VI.
Por la modalidad de la prestación de los servicios de seguridad privada.
$780
VII.
Por el cambio de modalidad del servicio de seguridad privada o su ampliación.
$2,340
VIII.
Por inscripción de licencia colectiva de portación de arma de fuego por cada uno de los elementos $468
operativos.
Sección Segunda Bis De los Derechos por Servicios Prestados por la Secretaría General de Gobierno Artículo 75.- Por los servicios prestados por la Coordinación General de Protección Civil, se pagarán derechos conforme a la siguiente:
TARIFA
CONCEPTO
I.
Por la evaluación y dictamen anual de la capacidad técnica y práctica de las personas físicas o jurídicas colectivas que ejerzan actividades en materia de protección civil:
A.
Grupos voluntarios.
$4,542
B.
Prestadoras de servicios de consultoría o capacitación en materia de protección civil.
$5,307
II.
Derogada.
III.
Por la prestación de los servicios de asesoría técnica a personas físicas o jurídicas colectivas que así lo soliciten, para la elaboración de sus programas específicos de protección civil.
$4,092

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 08/01/2019 (Sección Quinta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaísMéxico

Fecha08/01/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones918

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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