Periódico Oficial del Estado de México del día 08/01/2019 (Sección Quinta)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

8 de enero de 2019

Página 3

ACUERDO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS CUOTAS Y TARIFAS ACTUALIZADAS PARA EL EJERCICIO
FISCAL DE 2019, PREVISTAS EN LOS ARTÍCULOS 60 E Y 60 G DEL CAPÍTULO PRIMERO DE LOS IMPUESTOS, ASÍ COMO LAS ESTABLECIDAS EN LOS ARTÍCULOS 73 AL 104 DEL CAPÍTULO SEGUNDO, DE LOS DERECHOS, DEL TÍTULO TERCERO DE LOS INGRESOS DEL ESTADO, DEL CÓDIGO FINANCIERO DEL ESTADO DE MÉXICO Y
MUNICIPIOS, Y EN LOS ARTÍCULOS SEXTO TRANSITORIO DEL DECRETO NÚMERO 394, PUBLICADO EN LA
GACETA DEL GOBIERNO DEL 16 DE DICIEMBRE DE 2011, Y CUARTO TRANSITORIO DEL DECRETO NÚMERO 27, PUBLICADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO DEL 19 DE NOVIEMBRE DE 2015.
TÍTULO TERCERO
DE LOS INGRESOS DEL ESTADO
CAPÍTULO PRIMERO
DE LOS IMPUESTOS
Sección Segunda Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos Subsección II
Del Cálculo del Impuesto Artículo 60 E.- Este impuesto se calculará como a continuación se indica:
I.

A. a B.
C. Al resultado obtenido en el inciso anterior, se le aplicará la tarifa siguiente:
TARIFA
Valor total del Vehículo Límite inferior $
Límite superior $
0.01
719,208.02
719,208.03
1,384,075.89
1,384,075.90
1,860,351.44
1,860,351.45
2,336,626.97
2,336,626.98
En adelante
Cuota fija $
0.00
21,576.23
79,419.74
142,764.38
222,778.66

Tasa para aplicarse sobre el excedente del límite inferior %
3 8.7
13.3
16.8
19.1

II.

a III.

Artículo 60 G.- Tratándose de aeronaves nuevas, el impuesto será la cantidad que resulte de multiplicar el peso máximo, incluyendo la capacidad de carga de la aeronave, expresado en toneladas, por la cantidad de $13,051.65 para aeronaves de pistón, turbohélice y helicópteros, y por la cantidad de $14,058.24 para aeronaves de reacción.
CAPÍTULO SEGUNDO
DE LOS DERECHOS
Sección Primera Disposiciones Generales Artículo 70.-


Artículo 71.-

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 08/01/2019 (Sección Quinta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaísMéxico

Fecha08/01/2019

Nro. de páginas32

Nro. de ediciones918

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Enero 2019>>>
DLMMJVS
12345
6789101112
13141516171819
20212223242526
2728293031