Periódico Oficial del Estado de México del día 23/03/2018 (Sección Quinta)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

23 de marzo de 2018

Página 3

Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, considerando que a LA SECRETARÍA, como dependencia del Ejecutivo Estatal, le corresponde suscribir convenios de coordinación con los gobiernos municipales con relación al ejercicio de las atribuciones que tiene conferidas, contando con el nombramiento expedido a su favor por el Gobernador Constitucional del Estado de México, Lic. Alfredo del Mazo Maza, de fecha 16 de septiembre de 2017, el cual se integra en copia fotostática al presente instrumento como ANEXO
A.
I.4.

II.

Que señala como domicilio para los efectos del presente Convenio, el ubicado en la calle de Lerdo Poniente número 300, primer piso, puerta 250, Palacio del Poder Ejecutivo, Colonia Centro, Código Postal 50000, Toluca, Estado de México.

De EL MUNICIPIO
II.1.

Que es la base de la división territorial y de la organización política y administrativa del Estado, investido de personalidad jurídica propia, con capacidad para celebrar convenios con el Estado para que éste se haga cargo de algunas de las funciones relacionadas con la administración de las contribuciones establecidas sobre la propiedad inmobiliaria de conformidad con lo establecido en los artículos 115 fracciones II párrafo primero y IV párrafo primero inciso a de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1, 112 y 125 fracción I último párrafo de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 31 fracción II
de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

II.2.

Que en términos de lo que establece el primer párrafo del artículo 125 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, los municipios administran libremente su hacienda, la cual se forma de los rendimientos de los bienes que les pertenezcan.

II.3.

Que mediante acuerdo del punto número octavo tomado en la sesión ordinaria de Cabildo número 108, celebrada en fecha 16 de marzo del dos mil dieciocho, de la que se agrega certificación al presente como ANEXO B, se autorizó al Presidente Municipal Constitucional, C. Armando Levi Torres Aranguren, para celebrar el presente Convenio de Colaboración Administrativa a nombre y representación de EL
MUNICIPIO, conforme a las atribuciones previstas en los artículos 128 fracciones II y V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México; 31 fracciones II y XLVI y 48 fracciones II y XXIII y 50 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y 17 párrafo primero del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

II.4.

Que el Secretario del Ayuntamiento, Lic. Erick Gómez Andrade, en términos de lo que establece el artículo 91 fracción V de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México, tiene la atribución de validar con su firma, los documentos oficiales emanados del H. Ayuntamiento y de cualquiera de sus integrantes.

II.5.

Que el Tesorero Municipal, C.P. Antonio Trinidad Otheo Díaz, autoridad encargada de administrar la hacienda pública municipal, de recaudar los ingresos municipales y de aplicar el procedimiento administrativo de ejecución; asimismo, participa en la formulación de convenios fiscales que suscriba EL MUNICIPIO, lo anterior en términos de lo dispuesto en los artículos 93 y 95 fracciones I, II y VIII de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México y 16 del Código Financiero del Estado de México y Municipios.

II.6.

Que acreditan su cargo a través de los siguientes documentos jurídicos, mismos que se integran en copia certificada al presente como ANEXO C.

II.7

III.

a
Presidente Municipal Constitucional, C. Armando Levi Torres Aranguren, constancia de Mayoría de fecha, 10 de junio de dos mil quince, expedida por el Instituto Electoral del Estado de México.

b
Secretario del Ayuntamiento, Lic. Erick Gómez Andrade, nombramiento de fecha 31 de agosto de dos mil diecisiete, expedido por el Presidente Municipal Constitucional C. Armando Levi Torres Aranguren.

c
Tesorero Municipal, C.P. Antonio Trinidad Otheo Díaz, nombramiento de fecha 18 de abril de dos mil diecisiete, expedido por el Presidente Municipal Constitucional, Armando Levi Torres Aranguren.

Que tiene su domicilio en: Jardín Enrique Carneado número 1, Palacio Municipal, Colonia Centro, Calimaya, Estado de México, C.P. 52200.

De LAS PARTES
III.1.

Que a petición de EL MUNICIPIO el Gobierno del Estado de México realizará las funciones de administración y fiscalización del Impuesto Predial que se convienen en el presente instrumento jurídico con la finalidad de emprender un amplio y concentrado programa de colaboración, asunción de funciones y servicios, procurando nuevas formas y técnicas de acercar los servicios a la comunidad que favorezcan su eficiencia y eficacia, a partir de una colaboración intergubernamental para la adecuada recaudación del Impuesto Predial y sus accesorios, por ende LA SECRETARÍA será considerada en el ejercicio de las facultades a que se refiere el presente convenio, como autoridad fiscal municipal.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 23/03/2018 (Sección Quinta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Quinta)

PaísMéxico

Fecha23/03/2018

Nro. de páginas16

Nro. de ediciones918

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Marzo 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031