Periódico Oficial del Estado de México del día 22/05/2019 (Sección Primera)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

Página 2

22 de mayo de 2019

PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DE FINANZAS
Oficina del Gobernador Oficina del Gobernador RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DEL PRODUCTO DENOMINADO "PRONTUARIO DE LEGISLACIÓN FINANCIERA 2019", PROPORCIONADO POR LA PROCURADURÍA FISCAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL
DEL AÑO 2019.
José Arturo Lozano Enríquez, Subsecretario de Ingresos, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 1, 3, 15, 19 fracción III, 23 y 24
fracción III de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México; 5, 7 y 10 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, y 3 fracción I, 4 fracción II, 6, 8 fracción XII y 10 fracción V del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, en relación con el artículo 17 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2019, y con el "Acuerdo del C. Secretario de Finanzas mediante el cual autoriza al Titular de la Subsecretaría de Ingresos a suscribir las Reglas de Carácter General que señalan aquellos productos y aprovechamientos que no requieren autorización para su cobro en el ejercicio fiscal del año 2019, así como para emitir las Resoluciones de Carácter Particular que fijen o modifiquen los productos o aprovechamientos que sean solicitados por las dependencias para autorización de la Secretaría de Finanzas", publicado en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno" de fecha 29 de marzo de 2019; y, CONSIDERANDO
Que en términos del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas, corresponde a la Procuraduría Fiscal compilar, glosar y sistematizar las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y demás disposiciones relacionadas con las atribuciones de la Secretaría de Finanzas, así como tramitar la publicación de las disposiciones jurídico financieras estatales y municipales y difundirlas, Que en ejercicio de dicha atribución, esa unidad administrativa llevó a cabo la codificación de diversos ordenamientos legales y reglamentarios del Estado de México, dentro del volumen denominado "Prontuario de la Legislación Financiera 2019", para su difusión mediante la venta al público en general.
Que de acuerdo con el artículo 10 del Código Financiero del Estado de México y Municipios, se consideran productos las contraprestaciones que tanto el Estado como los Municipios reciben por los servicios que presten en sus actividades de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento y enajenación de sus bienes de dominio privado, previstos en la Ley de Ingresos.
Que el artículo 17 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal 2019 autoriza al Ejecutivo del Estado para que por conducto de la Secretaría de Finanzas, fije o modifique los montos de los productos que se cobren en el ejercicio fiscal de 2019, previa solicitud de las dependencias interesadas.
Que identificada la venta del "Prontuario de Legislación Financiera 2019" como una función de derecho privado, y toda vez que no existe una cuota de recuperación definida para el presente ejercicio que permita resarcir en parte el gasto a la autoridad por la producción del bien respectivo, se emite la siguiente:
RESOLUCIÓN QUE FIJA LA CUOTA DEL PRODUCTO DENOMINADO "PRONTUARIO DE LEGISLACIÓN FINANCIERA 2019"
PROPORCIONADO POR LA PROCURADURÍA FISCAL DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO, PARA EL EJERCICIO FISCAL
DEL AÑO 2019.
Primero.- En ejercicio de la facultad que se desprende del artículo 17 de la Ley de Ingresos del Estado de México para el ejercicio fiscal del año 2019, se autoriza la cuota del producto por la venta del "Prontuario de Legislación Financiera 2019" en medio magnético CD, en los términos siguientes:
Prontuario de Legislación Financiera 2019 en medio magnético CD
Concepto Precio de venta al público
Cuota por CD
$50.00

Segundo.- Para los efectos del pago de la contraprestación, la Procuraduría Fiscal del Gobierno del Estado de México tendrá a su cargo la emisión de la respectiva orden de pago.
Tercero.- Los ingresos provenientes de los productos antes indicados deberán ser recaudados por la Secretaría de Finanzas a través de las instituciones del Sistema Financiero Mexicano, o de establecimientos autorizados para tal efecto, para su concentración correspondiente.
TRANSITORIOS
Primero.- Esta Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "Gaceta del Gobierno".
Segundo.- La cuota contenida en la presente Resolución estará vigente durante el ejercicio fiscal 2019, y las disposiciones fiscales y administrativas de igual o menor jerarquía que se opongan a la presente quedarán sin efectos.
Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo, en la Ciudad de Toluca de Lerdo, Estado de México, a los dieciséis días del mes de mayo del año dos mil diecinueve.
SUBSECRETARIO DE INGRESOS
JOSÉ ARTURO LOZANO ENRÍQUEZ
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 22/05/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha22/05/2019

Nro. de páginas76

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

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