Periódico Oficial del Estado de México del día 09/05/2019 (Sección Primera)

Versión en texto ¿Qué es?Dateas es un sitio independiente no afiliado a entidades gubernamentales. La fuente de los documentos PDF aquí publicados es la entidad gubernamental indicada en cada uno de ellos. Las versiones en texto son transcripciones no oficiales que realizamos para facilitar el acceso y la búsqueda de información, pero pueden contener errores o no estar completas.

Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

9 de mayo de 2019

Página 3
A C U E R D O

PRIMERO.

Se autoriza en favor de la sociedad denominada CONSORCIO DE INGENIERÍA INTEGRAL, S.A. DE C.V., representada por usted, la Relotificación Parcial del de los Lotes 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Manzana 9, en el Conjunto Urbano EL RISCO, conocido comercialmente como COLINAS DE SAN JOSE, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México, de conformidad con el Plano UNO DE DOS anexo, el cual debidamente firmado y sellado, forma parte integral del presente Acuerdo para todos los efectos legales a que haya lugar.

SEGUNDO.

Se autoriza en favor de sociedad denominada CONSORCIO DE INGENIERÍA INTEGRAL, S.A. DE C.V., representada por usted, el desarrollo de Condominios en los Lotes 6, 7, 8, 9 y 11 de la Manzana 9, resultantes de la Relotificación Parcial que se autoriza en el PUNTO DE ACUERDO INMEDIATO anterior, de conformidad con el Plano DOS DE DOS anexo, el cual debidamente firmado y sellado, forma parte integral del presente Acuerdo para todos los efectos legales a que haya lugar.

TERCERO.

En acatamiento a los Artículos 5.38 Fracción X, Incisos b y e del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México y 56, 105 y 110 de su Reglamento, deberá realizar las siguientes obras de urbanización al interior de los Condominios, debiendo considerar como corresponda, en los proyectos ejecutivos y su construcción, las previsiones correspondientes a las personas con capacidades diferentes, conforme a las disposiciones aplicables del Libro Décimo Octavo del Código Administrativo del Estado de México, y Reglamento de la Protección e Integración al Desarrollo de las Personas con Capacidades Diferentes.
OBRAS DE URBANIZACIÓN.
A.

Red de distribución de agua potable y los sistemas para su ahorro.

B.

Red separada de drenaje pluvial y sanitario y los sistemas para su manejo y tratamiento, reúso o infiltración al subsuelo, según corresponda.

C.

Red de distribución de energía eléctrica.

D.

Red de alumbrado y sistemas de ahorro.

E.

Guarniciones y Banquetas.

F.

Pavimento en arroyo de calles y en estacionamientos.

G.

Jardinería y Forestación.

H.

Sistema de nomenclatura para las vías privadas.

I.

Señalamiento Vial.

Cada Condominio se delimitará con muros no menores a 2.20 metros de altura o con la propia edificación o con cualquier otra estructura acorde a la imagen del Conjunto Urbano; debiéndose contemplar asimismo la construcción de una caseta de vigilancia, contenedores de basura, tableros de control de energía eléctrica, gas y agua, entre otras.
Las áreas verdes y recreativas de uso común con pendiente de terreno deberán ser habilitadas para su mejor aprovechamiento.
Las citadas obras de urbanización deberán entregarse formalmente a su conclusión, previo cierre de la bitácora de supervisión, conforme hayan sido autorizadas y ofertadas, por medio de acta circunstanciada por el Titular de la Autorización al Comité de Administración de los Condominios, una vez constituido, debiéndose entregar asimismo copia de las Autorizaciones y Planos correspondientes. De no constituirse, se levantará el acta respectiva entre la autoridad municipal correspondiente y el desarrollador, quedando, sin mayor trámite el mantenimiento de las obras, bajo la responsabilidad de los Condóminos.
La operación y mantenimiento de la vías privadas y obras de urbanización, así como los servicios urbanos de referencia correrá a cargo de los propios condóminos, a partir de que dichas obras y servicios hayan sido entregadas a la asociación de condóminos, de conformidad con lo establecido por el Artículo 105 último párrafo, del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
CUARTO.

Con base en el Artículo 110 Fracción VI Inciso A del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México, se fija un plazo de 30 días hábiles siguientes a la notificación del presente Acuerdo por parte de su Titular, para ser publicado en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, debiéndolo informar a esta dependencia en el mismo término.
Asimismo se fija un plazo de 90 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de la presente Autorización, para presentar en esta Dirección General de Operación Urbana la documentación y proyectos técnicos ejecutivos de las obras aprobados por autoridad competente, debiendo acreditar a la solicitud de inicio de obras la fianza y el comprobante del pago de derechos de supervisión a que se refieren los puntos QUINTO Y SEXTO de este Acuerdo, conforme a los Artículos 110 Fracciones V Inciso E, Numeral 2; VI, incisos F y P, así como el Artículo 111 Fracción I, incisos A, B y C del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.
Para iniciar la ejecución de las obras de urbanización, deberá obtener de la Dirección General de Operación Urbana la Autorización correspondiente, en un plazo máximo de seis meses contados a partir de la publicación del Acuerdo de Autorización, en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno del Estado de México, en cumplimiento de los Artículos 65
Fracciones I, II, III y 110 Fracción VI Inciso I del Reglamento del Libro Quinto del Código Administrativo del Estado de México.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 09/05/2019 (Sección Primera)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Primera)

PaísMéxico

Fecha09/05/2019

Nro. de páginas64

Nro. de ediciones5162

Primera edición03/01/2000

Ultima edición23/04/2024

Descargar esta edición

Otras ediciones

<<<Mayo 2019>>>
DLMMJVS
1234
567891011
12131415161718
19202122232425
262728293031