Periódico Oficial del Estado de México del día 10/08/2018 (Sección Cuarta)

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Fuente: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

10 de agosto de 2018

Página 3

1. Promoción a la salud y medicina preventiva;
2. Atención de enfermedades no profesionales y maternidad;
3. Rehabilitación física y mental;
II. Seguro de riesgos del trabajo;
III. Seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez;
IV. Seguro de invalidez y vida;
V. Seguro por fallecimiento;
VI. Préstamos personales e hipotecarios, cuyo otorgamiento estará sujeto a la capacidad de los recursos del fondo para otorgar dicha prestación.
b Son prestaciones potestativas las prestaciones sociales, culturales y asistenciales, y su otorgamiento estará sujeto a los mecanismos que para tal efecto determine el Consejo Directivo.
Artículo 5. Para los efectos de esta Ley se entiende por:
I. Administradora, las administradoras de fondos para el retiro;
II. Afiliación, el procedimiento de registro ante el Instituto conforme a los requisitos establecidos en la reglamentación respectiva, para los servidores públicos, pensionados, pensionistas y beneficiarios;
III. Años de servicio, periodo o periodos de tiempo laborados en las Instituciones Públicas y cotizados al Instituto;
IV. Aportaciones, las contribuciones de seguridad social a cargo de las Instituciones Públicas, en cumplimiento de las obligaciones que respecto de sus servidores públicos, les impone la presente Ley;
V. Aseguradora, las instituciones de seguros autorizadas para operar los seguros de Pensiones derivado de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro;
VI. Beneficiarios, del Servidor Público o del pensionado:
1. El Cónyuge;
2. El Concubinario o concubina, para efectos de la presente Ley, será, a falta de cónyuge, el varón o la mujer con quien, la servidora pública o la pensionada con relación al primero, o el Servidor Público o el pensionado, con relación a la segunda hayan vivido como si fuera su cónyuge durante los últimos 5 años, o con quien tuviese uno o más hijos as, siempre que ambos permanezcan libres de matrimonio.
Si existen dos o más concubinas o concubinarios, según sea el caso, ninguno de ellas o ellos tendrá el carácter de beneficiario;
3. Las hijas o hijos menores de dieciocho años, siempre que no hayan contraído matrimonio, no vivan en concubinato y no tengan hijos a su vez;
4. Las hijas o hijos mayores de dieciocho años y hasta la edad de veinticinco, que además de cumplir con los requisitos establecidos en el numeral anterior, acrediten estar cursando estudios de nivel medio superior o superior en cualquier rama del conocimiento en planteles oficiales o reconocidos; que no tengan un trabajo; que no tengan por sí mismos derechos propios a las prestaciones y servicios previstos en esta Ley, o a otros similares en materia de servicios de salud, otorgados por cualquier régimen de seguridad social; y que dependen económicamente del Servidor Público o del pensionado;
5. Las hijas e hijos solteros, cuando no puedan mantenerse por su propio trabajo derivado de alguna discapacidad física o mental y que dependan económicamente del Servidor Público o pensionado, hasta en tanto no desaparezca la incapacidad que padecen, lo que se comprobará mediante dictamen médico expedido por el Instituto y por los medios legales procedentes;
6. A falta de cónyuge, concubina o concubinario, hijos o hijas, los ascendientes en línea recta en primer grado, que hayan dependido económicamente del Servidor Público o pensionado por un periodo no menor de 5 años inmediatos anteriores a la fecha de solicitud de registro como beneficiarios; que no tengan por sí mismos derechos propios a las prestaciones y servicios previstos en esta Ley, o a otros similares en materia de servicios de salud, otorgados por cualquier régimen de seguridad social;

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 10/08/2018 (Sección Cuarta)

TítuloPeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaísMéxico

Fecha10/08/2018

Nro. de páginas80

Nro. de ediciones1838

Primera edición05/01/2000

Ultima edición28/12/2023

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